Tema canónico · arts. 3
CAPÍTULO II. LOS ÓRGANOS RECTORES DEL I.F.B.S.
Ficha y tests de CAPÍTULO II. LOS ÓRGANOS RECTORES DEL I.F.B.S.
Lo piden IFBS Infancia (tema 1) · IFBS Monitor (tema 4) · IFBS TS (tema 5). La ficha y el test son los mismos para todos esos objetivos.
El mapa del tema
La estructura rectora indicada por el artículo se compone de dos denominaciones: Consejo de Administración y Dirección-Gerencia. Ambas aparecen integradas bajo la categoría de órganos rectores del Instituto Foral de Bienestar Social. (art. 3)
Artículo 3: objeto de la enumeración
El artículo 3 regula la enumeración de los órganos rectores del Instituto Foral de Bienestar Social, identificándolos expresamente como tales antes de relacionar sus denominaciones. (art. 3)
El artículo 3 relaciona el Consejo de Administración y la Dirección-Gerencia como los órganos rectores del Instituto Foral de Bienestar Social, sin añadir otras denominaciones en su enumeración. (art. 3)
Trampas de examen
- No debe incorporarse a la enumeración ningún órgano distinto de los expresamente mencionados. El artículo nombra únicamente el Consejo de Administración y la Dirección-Gerencia como órganos rectores. (art. 3)
- Es incorrecto recordar solamente el Consejo de Administración. La Dirección-Gerencia también aparece incluida de forma expresa en la relación de órganos rectores del Instituto Foral de Bienestar Social. (art. 3)
- Es incorrecto recordar solamente la Dirección-Gerencia. El Consejo de Administración también aparece incluido de forma expresa en la relación de órganos rectores del Instituto Foral de Bienestar Social. (art. 3)
- La denominación literal del segundo órgano es Dirección-Gerencia, con ambos términos unidos por guion. Para una respuesta ajustada al artículo debe conservarse esa formulación expresa. (art. 3)
- La enumeración no se presenta aislada: el artículo indica que se realiza de conformidad con lo dispuesto en la Norma Foral 21/1988, de 20 de junio. (art. 3)
Chuleta final
- Para memorizar el artículo, retén que los órganos rectores enumerados son dos: Consejo de Administración y Dirección-Gerencia, ambos bajo la misma categoría institucional. (art. 3)
- El primer nombre que debe recordarse en la enumeración de órganos rectores es el Consejo de Administración, expresamente incluido por el artículo. (art. 3)
- El segundo nombre que debe recordarse en la enumeración de órganos rectores es la Dirección-Gerencia, expresamente incluida por el artículo. (art. 3)
- La enumeración del artículo se refiere específicamente al Instituto Foral de Bienestar Social; por tanto, los órganos citados se califican como rectores de esa institución. (art. 3)
- Una respuesta literal breve puede comenzar indicando que los órganos rectores del Instituto Foral de Bienestar Social serán los siguientes y, después, citar sus dos denominaciones. (art. 3)
- El artículo vincula expresamente la enumeración de órganos rectores con la Norma Foral 21/1988, de 20 de junio, mediante la fórmula de conformidad con lo dispuesto. (art. 3)
- La expresión Consejo de Administración debe mantenerse completa al reproducir el primer órgano rector, pues esa es la denominación literal incluida en la enumeración del artículo. (art. 3)
- Consejo de Administración y Dirección-Gerencia no se presentan como categorías diferentes: el artículo los reúne expresamente dentro de la categoría común de órganos rectores. (art. 3)
Preguntas frecuentes
¿Qué órganos rectores enumera el artículo 3?
El artículo 3 enumera dos órganos rectores del Instituto Foral de Bienestar Social: el Consejo de Administración y la Dirección-Gerencia. (art. 3)
¿A qué institución se refiere la enumeración?
La enumeración se refiere al Instituto Foral de Bienestar Social, pues el artículo identifica expresamente que sus órganos rectores serán los que seguidamente relaciona. (art. 3)
¿Con qué norma se formula la enumeración?
El artículo señala que la determinación de los órganos rectores se efectúa de conformidad con lo dispuesto en la Norma Foral 21/1988, de 20 de junio. (art. 3)