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Tema canónico · arts. 9-10

SECCIÓN 2ª: LA DIRECCIÓN-GERENCIA.

Ficha y test de estudio oficial: SECCIÓN 2ª: LA DIRECCIÓN-GERENCIA..

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El mapa del tema

El artículo 10 organiza las competencias en ejecución y planificación, impulso y control, coordinación y personal, funciones económicas y contractuales, secretaría del Consejo, resolución denuncia-administrativa" data-glossary="denuncia-administrativa" title="Acto por el que cualquier persona, en cumplimiento o no de una obligación legal, pone en conocimiento de un órgano administrativo un hecho que pudiera justificar la iniciación de o">administrativa y representación judicial o notarial. (art. 10)

Naturaleza funcional del órgano

La Dirección-Gerencia es responsable de planificar, ejecutar y controlar las actividades del Instituto Foral de Bienestar Social. Sin perjuicio de las atribuciones del Consejo de Administración, también ejerce la representación legal ordinaria y asume la gestión ejecutiva. (art. 9)

La persona titular de la Dirección-Gerencia puede ser nombrada y separada libremente conforme al artículo 7.1 de la Norma Foral 21/1988. Su relación jurídica con el Organismo Autónomo queda sometida a la normativa foral vigente sobre Altos Cargos y cese son libres y cesa, en todo caso, cuando cesa ">Personal Eventual. (art. 9)

Competencias de ejecución y planificación

La Dirección-Gerencia ejecuta y desarrolla los acuerdos, planes y programas aprobados por el Consejo de Administración. Asimismo, confecciona el Anteproyecto de Presupuesto y la Memoria Anual de Actividades, elevando ambos documentos al Consejo de Administración. (art. 10)

La Dirección-Gerencia resuelve en primera instancia determinadas solicitudes de acceso a recursos sociales y reclamaciones administrativas previas, cuando proceda. También comparece judicial o notarialmente para otorgar poderes de representación necesarios para ejercer acciones judiciales. (art. 10)

Trampas de examen

  • La representación legal ordinaria y la gestión ejecutiva corresponden a la Dirección-Gerencia, pero el artículo 9 las formula sin perjuicio de las atribuciones del Consejo de Administración. Por tanto, el precepto no elimina las competencias propias de ese órgano colegiado. (art. 9)
  • Las competencias enumeradas en el artículo 10 no se ejercen con autonomía orgánica frente al Consejo de Administración. El propio artículo establece expresamente que la Dirección-Gerencia actuará bajo la dependencia directa de dicho órgano. (art. 10)
  • Cuando la Dirección-Gerencia ejerce las funciones de Secretaría del Consejo de Administración, participa con voz pero sin voto en el seno del órgano colegiado. La función secretarial no le atribuye voto por sí misma. (art. 10)
  • La Dirección-Gerencia resuelve solicitudes de acceso a recursos sociales dependientes del Instituto únicamente cuando la competencia no corresponda a los órganos del Departamento de Servicios Sociales de la Diputación Foral de Álava. (art. 10)
  • La competencia para resolver reclamaciones administrativas previas se limita a las que tengan su origen en actos o resoluciones de la propia Dirección-Gerencia del Organismo Autónomo, conforme a la legislación procesal vigente. (art. 10)

Chuleta final

  • La planificación de las actividades del Instituto Foral de Bienestar Social corresponde a la Dirección-Gerencia cuando se orienta al cumplimiento de los fines señalados en el artículo 2 del Estatuto. (art. 9)
  • La Dirección-Gerencia tiene la condición funcional de órgano responsable de la gestión ejecutiva del Instituto Foral de Bienestar Social, además de ejercer su representación legal ordinaria. (art. 9)
  • La persona que ocupa la Dirección-Gerencia puede ser separada libremente de su cargo, según la regla expresa del artículo 9 y con la remisión normativa que el propio precepto realiza. (art. 9)
  • Una competencia específica de la Dirección-Gerencia consiste en controlar la gestión de los servicios que dependen del Instituto Foral de Bienestar Social. (art. 10)
  • La Dirección-Gerencia debe coordinar toda la estructura orgánica del Instituto Foral de Bienestar Social, según la competencia expresamente incluida en el artículo 10. (art. 10)
  • La Dirección-Gerencia aplica la política de personal y ejerce su jefatura inmediata, sin perjuicio de la regulación específica que el artículo 10 menciona en materia de función pública. (art. 10)
  • La Dirección-Gerencia puede ejercer las funciones que le sean delegadas por el Consejo de Administración, por su Presidencia o por su Vicepresidencia. (art. 10)
  • Entre las competencias de la Dirección-Gerencia figuran dos actuaciones de gestión económica y contractual: expedir órdenes de pago y realizar cobros, así como formalizar las contrataciones. (art. 10)

Preguntas frecuentes

¿Quién confecciona el Anteproyecto de Presupuesto?

La Dirección-Gerencia confecciona el Anteproyecto de Presupuesto del Instituto Foral de Bienestar Social y debe elevarlo al Consejo de Administración, conforme a la competencia prevista expresamente en el artículo 10. (art. 10)

¿Quién ejerce la Secretaría del Consejo?

La Dirección-Gerencia ejerce las funciones de Secretaría del Consejo de Administración. En el seno de ese órgano colegiado interviene con voz, pero el artículo 10 establece expresamente que lo hace sin voto. (art. 10)

¿Qué relación jurídica tiene la persona titular?

La relación jurídica entre la persona que ocupa la Dirección-Gerencia y el Organismo Autónomo está sometida a la normativa foral vigente que regula el régimen de los Altos Cargos y Personal Eventual de la Diputación. (art. 9)

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