Tema canónico · arts. 43-46
CAPÍTULO II · SECCIÓN SEGUNDA · ESTRUCTURA
Ficha y tests de CAPÍTULO II · SECCIÓN SEGUNDA · ESTRUCTURA
Lo piden IFAS (tema 29). La ficha y el test son los mismos para todos esos objetivos.
El mapa del tema
La estructura parte de criterios generales fijados por Hacienda y Finanzas; los estados de gastos e ingresos se ordenan mediante clasificaciones posteriores. La clasificación económica distingue operaciones, la programática ordena créditos por finalidad y la orgánica los presenta por centros gestores. (art. 43)
Artículo 43: criterios para determinar la estructura
El Departamento de Hacienda y Finanzas determina la estructura de los Presupuestos Generales conforme a la Norma Foral. Al hacerlo debe considerar simultáneamente la organización del sector público foral, la naturaleza económica de ingresos y gastos y las finalidades u objetivos perseguidos con los gastos. (art. 43)
En materia de estructura presupuestaria, Hacienda y Finanzas debe considerar criterios homogéneos con los utilizados por las Instituciones Comunes autonómicas. Además, la estructura debe facilitar la aplicación de la normativa contable vigente y una presentación clara y fiable de los resultados. (art. 43)
Artículo 44: categorías de ingresos
La clasificación económica de ingresos separa previsiones de operaciones corrientes, de capital y financieras. Las corrientes incluyen impuestos directos e indirectos, tasas y otros ingresos, transferencias y subvenciones corrientes e ingresos patrimoniales; las restantes comprenden las categorías previstas para capital y financiación. (art. 44)
La clasificación económica de gastos distingue créditos corrientes, de capital, financieros y el fondo de crédito de pago global. Los gastos corrientes incluyen personal, bienes y servicios, gastos financieros y transferencias y subvenciones corrientes; el fondo recoge la dotación regulada en el artículo 53. (art. 44)
Artículo 45: contenido de los programas
Cada programa presupuestario integra los objetivos que la entidad pública desea alcanzar, los créditos necesarios y la información sobre objetivos, medios humanos y financieros, actividades y responsables. Los objetivos han de concretarse en términos cuantificables o, si no lo son, mediante indicadores adecuados. (art. 45)
Todo proyecto de gasto, tenga o no financiación afectada, debe disponer de un código único e invariable durante toda su vida. La clasificación y el registro de esos proyectos corresponden al Departamento de Hacienda y Finanzas. (art. 45)
Artículo 46: destinatarios de los créditos
La clasificación orgánica presenta los créditos asignados a los distintos centros gestores de gastos. Por tanto, su eje de presentación es organizativo y se concreta con el nivel de especificación que se determine para identificar dichos centros gestores. (art. 46)
El artículo 46 se limita a ordenar la presentación de créditos asignados a centros gestores de gastos. No establece categorías económicas de ingresos ni define programas o proyectos de gasto, materias reguladas por los artículos anteriores. (art. 46)
Trampas de examen
- No debe reducirse la función del Departamento de Hacienda y Finanzas a la estructura del gasto. El artículo atribuye la determinación de la estructura de los Presupuestos Generales y ordena considerar expresamente tanto ingresos como gastos. (art. 43)
- El fondo de crédito de pago global no figura como categoría de ingreso ni como operación financiera autónoma. El precepto lo incorpora específicamente dentro de la clasificación económica del presupuesto de gastos, junto a los créditos corrientes, de capital y financieros. (art. 44)
- No es correcto afirmar que todos los objetivos de programa deban expresarse necesariamente mediante cifras. Cuando no sean cuantificables, el artículo exige adoptar los indicadores más adecuados para controlar el grado de consecución de los objetivos propuestos. (art. 45)
- Un proyecto de gasto no queda limitado a un único ejercicio presupuestario. La definición legal prevé que su ejecución se extienda a uno o más ejercicios, siempre con cargo a créditos de una o varias aplicaciones presupuestarias. (art. 45)
- La clasificación orgánica no agrupa créditos conforme a su finalidad. Su función es presentar los créditos asignados a centros gestores de gastos, mientras la agrupación según finalidad corresponde a la clasificación por programas. (art. 45, art. 46)
Chuleta final
- Para memorizar ingresos: corrientes, capital y financieras. Dentro de corrientes aparecen directos, indirectos, tasas, transferencias corrientes y patrimoniales; capital reúne enajenación y transferencias de capital; financieras contiene activos y pasivos financieros. (art. 44)
- Para gastos recuerda cuatro bloques: corrientes, capital, financieras y fondo global. En corrientes están personal, bienes y servicios, financieros y transferencias corrientes; capital y financieras se dividen respectivamente entre inversiones o transferencias, y activos o pasivos. (art. 44)
- La ficha mental de cada programa reúne cuatro elementos expresos: objetivos perseguidos, medios humanos y financieros, actividades a realizar y responsables de ejecución. Añade que los objetivos se siguen mediante cuantificación o indicadores adecuados cuando no puedan cuantificarse. (art. 45)
- Para recordar el proyecto de gasto, une tres rasgos: es una unidad perfectamente identificable, puede extenderse a uno o más ejercicios y requiere control individualizado. Durante toda su vida mantiene un código único e invariable. (art. 45)
- La asociación esencial es directa: clasificación orgánica significa créditos asignados a centros gestores de gastos. El nivel de detalle organizativo no viene cuantificado en el artículo, pues se deja al nivel de especificación que se determine. (art. 46)
- La estructura presupuestaria se recuerda por dos referencias: la determina Hacienda y Finanzas y debe atender a criterios homogéneos con las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma. Ambas ideas aparecen expresamente en el artículo 43. (art. 43)
- La finalidad técnica de la estructura no es solo ordenar partidas. Debe facilitar la correcta aplicación de la normativa contable vigente y permitir presentar los resultados del ejercicio de manera clara y fiable. (art. 43)
- Un programa puede incluir información sobre ingresos, pero únicamente en su caso y cuando deriven de su realización. Esos ingresos se recogen en el estado de ingresos del presupuesto respectivo. (art. 45)
Preguntas frecuentes
¿Quién determina la estructura de los Presupuestos Generales?
La determina el Departamento de Hacienda y Finanzas, conforme a lo establecido en la Norma Foral. Para ello debe considerar la organización del sector público foral, la naturaleza económica de ingresos y gastos y las finalidades u objetivos de los gastos. (art. 43)
¿Qué operaciones distingue la clasificación económica de ingresos?
Distingue previsiones para operaciones corrientes, de capital y financieras. El artículo desarrolla después las partidas propias de cada bloque: cinco tipos en corrientes, dos en capital y dos en financieras. (art. 44)
¿Qué órgano es competente para clasificar y registrar proyectos de gasto?
La competencia para la clasificación y el registro de proyectos de gasto corresponde al Departamento de Hacienda y Finanzas. Esta atribución acompaña a la exigencia de código único e invariable para todo proyecto, con financiación afectada o no. (art. 45)