Tema canónico · arts. 29-33
Del Gobierno Vasco y del Presidente o Lendakari
Ficha y test de estudio oficial: Del Gobierno Vasco y del Presidente o Lendakari.
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El mapa del tema
Los artículos 29 a 33 regulan sucesivamente la naturaleza del Gobierno Vasco, su organización, su cese, su responsabilidad y la designación, funciones y atribuciones de su Presidente. (art. 29, art. 33)
Artículo 29: naturaleza del Gobierno
El Gobierno Vasco se configura como un órgano colegiado y ostenta las funciones ejecutivas y administrativas correspondientes al País Vasco. (art. 29)
La atribución funcional expresamente mencionada para el Gobierno Vasco comprende dos ámbitos: las funciones ejecutivas y las funciones administrativas del País Vasco. (art. 29)
Artículo 30: organización
El artículo 30 establece que la organización del Gobierno se basa en dos elementos personales expresamente identificados: un Presidente y los Consejeros. (art. 30)
Corresponde al Parlamento regular las atribuciones del Gobierno, su organización y el Estatuto de sus miembros, según la previsión del artículo 30. (art. 30)
Artículo 31: causas de cese
El Gobierno Vasco cesa después de las elecciones del Parlamento, cuando pierde la confianza parlamentaria, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente. (art. 31)
Aunque haya cesado, el Gobierno continúa en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno, manteniéndose así una continuidad temporal expresa. (art. 31)
Artículo 32: responsabilidad política
El Gobierno responde políticamente de sus actos solidariamente ante el Parlamento Vasco, sin excluir la responsabilidad directa de cada miembro por su gestión respectiva. (art. 32)
Durante su mandato, el Presidente y los miembros del Gobierno tienen el régimen penal territorial descrito, con reglas diferenciadas para el País Vasco y fuera de él. (art. 32)
Artículo 33: designación
El Presidente del Gobierno es designado por el Parlamento Vasco entre sus miembros y posteriormente nombrado por el Rey, conforme al artículo 33. (art. 33)
El Presidente designa y separa Consejeros, dirige la acción del Gobierno y ostenta la más alta representación del País Vasco y la ordinaria del Estado en ese territorio. (art. 33)
No confundir
- El artículo 31 diferencia entre el cese del Gobierno Vasco, producido por causas concretas, y su continuidad posterior en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno. (art. 31)
Trampas de examen
- El Gobierno Vasco no aparece definido como un órgano unipersonal: el artículo 29 lo identifica expresamente como órgano colegiado con funciones ejecutivas y administrativas. (art. 29)
- La organización del Gobierno se basa en un Presidente y Consejeros; por tanto, el artículo 30 no menciona una organización basada únicamente en el Presidente. (art. 30)
- El artículo 31 no limita el cese a la pérdida de confianza parlamentaria, pues también incluye las elecciones del Parlamento y la dimisión o fallecimiento del Presidente. (art. 31)
- La responsabilidad política solidaria del Gobierno ante el Parlamento Vasco no elimina la responsabilidad directa de cada miembro por su gestión respectiva. (art. 32)
- El Presidente no es únicamente designado por el Parlamento Vasco: el artículo 33 añade expresamente que debe ser nombrado por el Rey. (art. 33)
Chuleta final
- Para recordar el artículo 29, asocia Gobierno Vasco, órgano colegiado y funciones ejecutivas y administrativas del País Vasco en una misma definición. (art. 29)
- Para recordar el artículo 30, vincula Presidente y Consejeros con la organización del Gobierno y con la regulación atribuida al Parlamento. (art. 30)
- La clave memorística del artículo 31 son cuatro situaciones: elecciones del Parlamento, pérdida de confianza parlamentaria, dimisión del Presidente y fallecimiento del Presidente. (art. 31)
- La consecuencia del cese no es la desaparición inmediata de toda actuación gubernamental: el Gobierno cesante continúa en funciones hasta la toma de posesión. (art. 31)
- El artículo 32 combina responsabilidad política solidaria del Gobierno con responsabilidad directa individual de cada miembro por su gestión respectiva. (art. 32)
- En materia penal, el artículo 32 distingue el ámbito territorial del País Vasco, atribuido al Tribunal Superior de Justicia, y el exterior, atribuido al Tribunal Supremo. (art. 32)
- La secuencia presidencial del artículo 33 comienza con la designación parlamentaria entre los miembros del Gobierno y termina con el nombramiento por el Rey. (art. 33)
- El Presidente designa y separa Consejeros, dirige la acción gubernamental y reúne simultáneamente representación máxima del País Vasco y representación ordinaria del Estado. (art. 33)
Preguntas frecuentes
¿Qué funciones ostenta el Gobierno Vasco?
El Gobierno Vasco ostenta las funciones ejecutivas y administrativas del País Vasco, y el artículo 29 lo define como el órgano colegiado encargado de ellas. (art. 29)
¿Cuándo cesa el Gobierno Vasco?
Cesa tras las elecciones del Parlamento, por pérdida de la confianza parlamentaria o por dimisión o fallecimiento de su Presidente, según enumera el artículo 31. (art. 31)
¿Quién designa y nombra al Presidente?
El Parlamento Vasco designa al Presidente de entre los miembros del Gobierno, mientras que el Rey realiza su nombramiento, conforme a la regla expresa del artículo 33. (art. 33)