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Tema canónico · arts. 47-51

Derecho a la jornada de trabajo, permisos y vacaciones

Ficha y test de estudio oficial: Derecho a la jornada de trabajo, permisos y vacaciones.

6 min de lectura

Lo piden Bilbao (tema 20) · Donostia TS (tema 7) · Getxo (tema 21) · DFA / AFA (tema 23) · DFG / GFA (tema 8) · GV / IVAP (tema 9) · IFAS (tema 31) · IFBS Infancia (tema 2) · IFBS Monitor (tema 5) · IFBS TS (tema 6). La ficha y el test son los mismos para todos esos objetivos.

El mapa del tema

El bloque normativo distribuye su contenido así: teletrabajo en el artículo 47; permisos ordinarios en el 48; permisos de conciliación y protección en el 49; vacaciones funcionariales en el 50; y régimen del personal laboral en el 51. (art. 47, art. 48, art. 49, art. 50, art. 51)

Autorización y carácter del teletrabajo

La prestación mediante teletrabajo exige autorización expresa. Su régimen debe coexistir con la modalidad presencial y, como regla, tiene carácter voluntario y reversible, salvo supuestos excepcionales debidamente justificados. (art. 47)

Quien trabaja mediante teletrabajo mantiene los deberes y derechos individuales y colectivos del personal presencial, con la salvedad de los inherentes a la presencia. La Administración debe proporcionar y mantener los medios tecnológicos necesarios. (art. 47)

Permiso por enfermedad grave o fallecimiento

El artículo 48 distingue la duración del permiso según la causa, el grado de parentesco y, para el fallecimiento, la localidad donde se produzca el suceso. (art. 48)

El permiso por lactancia reconoce una hora de ausencia, divisible en dos fracciones, y permite alternativas de reducción o acumulación retribuida en jornadas completas bajo las condiciones previstas. (art. 48)

Nacimiento para la madre biológica

El permiso por nacimiento para la madre biológica dura diecinueve semanas. Se estructura en seis semanas obligatorias posteriores al parto, once semanas ordinarias y dos semanas para cuidado hasta los ocho años. (art. 49)

El permiso parental para cuidado de hijo, hija o menor acogido durante más de un año puede alcanzar ocho semanas, continuas o discontinuas, hasta que el menor cumpla ocho años, y carece de carácter retribuido. (art. 49)

Duración ordinaria de las vacaciones

El personal funcionario tiene derecho, en cada año natural, a veintidós días hábiles de vacaciones retribuidas. Si el tiempo de servicio del año es menor, corresponden los días proporcionales. (art. 50)

Las vacaciones anuales retribuidas no pueden sustituirse por dinero. Sin embargo, si concluye la relación de servicios por causas ajenas a la voluntad del funcionario, puede solicitarse compensación por vacaciones devengadas y no disfrutadas. (art. 50)

Régimen aplicable al personal laboral

Para jornada de trabajo, permisos y vacaciones del personal laboral, el artículo 51 remite tanto a las reglas contenidas en este capítulo como a la legislación laboral correspondiente. (art. 51)

La regulación del personal laboral no queda limitada al capítulo analizado: el artículo 51 dispone expresamente que también se atenderá a la legislación laboral correspondiente para jornada, permisos y vacaciones. (art. 51)

Trampas de examen

  • Es incorrecto afirmar que basta la voluntad de la persona empleada para teletrabajar. La prestación mediante esta modalidad debe ser expresamente autorizada, aunque el artículo también la califica como voluntaria y reversible con excepciones justificadas. (art. 47)
  • No debe computarse automáticamente el sábado como día hábil a efectos de las vacaciones reguladas en el artículo 50. La norma lo excluye, sin perjuicio de las adaptaciones previstas para horarios especiales. (art. 50)
  • Es erróneo tratar el permiso parental del artículo 49 como retribuido. Su regulación declara expresamente que no tiene carácter retribuido, aunque admite disfrute continuo o discontinuo y con el límite temporal establecido. (art. 49)
  • No es correcto sostener que el permiso de lactancia puede transferirse libremente al otro progenitor. El artículo 48 lo configura como derecho individual de los funcionarios y excluye expresamente la transferencia de su ejercicio. (art. 48)
  • No procede sustituir ordinariamente las vacaciones retribuidas por una cuantía económica. La excepción indicada se vincula a la conclusión de la relación de servicios por causas ajenas a la voluntad del funcionario. (art. 50)

Chuleta final

  • Para memorizar la finalidad organizativa del teletrabajo, asóciala a dos elementos expresos: identificación de objetivos y evaluación de su cumplimiento. (art. 47)
  • El permiso por asuntos particulares del artículo 48 se fija en seis días al año. Es un dato numérico directo para distinguirlo de los permisos vinculados a causas familiares o personales concretas. (art. 48)
  • El permiso por matrimonio o por registro o constitución formalizada mediante documento público de pareja de hecho tiene una duración de quince días. (art. 48)
  • Para el cuidado de familiar de primer grado por enfermedad muy grave, puede solicitarse una reducción de hasta el cincuenta por ciento de la jornada, con carácter retribuido y por un máximo de un mes. (art. 48)
  • El permiso por adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento tiene una duración de diecinueve semanas para cada adoptante, guardador o acogedor. (art. 49)
  • La reducción por cuidado de menor con cáncer u otra enfermedad grave exige, entre otras condiciones descritas, una reducción de jornada de al menos la mitad de su duración y contempla retribuciones íntegras. (art. 49)
  • Cuando determinadas situaciones impidan iniciar o continuar las vacaciones, pueden disfrutarse tras el año natural correspondiente, siempre que no transcurran más de dieciocho meses desde el final del año de origen. (art. 50)
  • La regla de estudio para el personal laboral es recordar la doble referencia: este capítulo y la legislación laboral correspondiente. Ambas fuentes aparecen expresamente en el artículo 51. (art. 51)

Preguntas frecuentes

¿El teletrabajo conserva los derechos del personal presencial?

Sí. El personal que presta servicios mediante teletrabajo conserva los deberes y derechos individuales y colectivos recogidos en el Estatuto, salvo aquellos que sean inherentes a la realización presencial de la prestación. (art. 47)

¿Cuánto dura el permiso por traslado de domicilio sin cambio de residencia?

El permiso por traslado de domicilio sin cambio de residencia tiene una duración de un día, según la relación de permisos de los funcionarios públicos contenida en el artículo 48. (art. 48)

¿Puede disfrutarse el permiso parental a tiempo parcial?

Sí, el permiso parental puede disfrutarse a tiempo completo o en régimen de jornada a tiempo parcial, cuando las necesidades del servicio lo permitan y conforme a los términos reglamentariamente establecidos. (art. 49)

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