Tema canónico · arts. 55-62
Acceso al empleo público y adquisición de la relación de servicio
Ficha y test de estudio oficial: Acceso al empleo público y adquisición de la relación de servicio.
Lo piden Getxo (tema 22) · Vitoria (tema 8) · Vitoria TS (tema 9) · DFA / AFA (tema 22) · GV / IVAP (tema 18) · IFBS Infancia (tema 2) · IFBS Monitor (tema 5) · IFBS TS (tema 6). La ficha y el test son los mismos para todos esos objetivos.
El mapa del tema
Los artículos siguen una secuencia: principios y requisitos generales; acceso de extranjeros y funcionarios españoles de organismos internacionales; discapacidad; órganos y sistemas selectivos; finalmente, adquisición de la condición de funcionario de carrera. (art. 62)
Artículo 55: principios constitucionales
El acceso al empleo público corresponde a todos los ciudadanos conforme a igualdad, mérito y capacidad, de acuerdo con el Estatuto y el resto del ordenamiento jurídico. La regla funciona como fundamento general del acceso público. (art. 55)
La selección de personal funcionario y laboral debe garantizar publicidad, transparencia, imparcialidad, profesionalidad, independencia, discrecionalidad técnica, adecuación entre pruebas y funciones, y agilidad compatible con la objetividad. (art. 55)
Artículo 56: requisitos básicos
La participación en procesos selectivos exige nacionalidad española, capacidad funcional, edad de dieciséis años y no superar la jubilación forzosa, ausencia de separación o inhabilitación, y titulación exigida. (art. 56)
Las Administraciones deben prever personal capacitado para puestos en Comunidades Autónomas con dos lenguas oficiales. También pueden exigir requisitos específicos vinculados objetiva y proporcionalmente a las funciones, establecidos de manera abstracta y general. (art. 56)
Artículo 57: nacionales de la Unión Europea
Los nacionales de Estados miembros de la Unión Europea pueden acceder como funcionarios en igualdad con los españoles, excepto en empleos que impliquen participación en el poder público o salvaguardia de intereses estatales o administrativos. (art. 57)
Los extranjeros comprendidos en las previsiones anteriores y quienes tengan residencia legal en España pueden acceder a las Administraciones Públicas como personal laboral en igualdad de condiciones que los españoles. (art. 57)
Artículo 58: funcionarios de organismos internacionales
Las Administraciones Públicas deben establecer requisitos y condiciones para el acceso de funcionarios españoles de Organismos Internacionales, siempre que tengan la titulación exigida y superen los procesos selectivos correspondientes. (art. 58)
Los funcionarios españoles de Organismos Internacionales podrán quedar exentos de pruebas destinadas a acreditar conocimientos que ya se les exigieron para desempeñar su puesto en el organismo internacional correspondiente. (art. 58)
Artículo 59: reserva para discapacidad
Las ofertas de empleo público deben reservar un cupo no inferior al siete por ciento de las vacantes para personas con discapacidad que superen los procesos selectivos y acrediten discapacidad y compatibilidad funcional. (art. 59)
La reserva mínima del siete por ciento debe organizarse destinando al menos el dos por ciento de las plazas ofertadas a personas con discapacidad intelectual, y el resto a cualquier otro tipo de discapacidad. (art. 59)
Artículo 60: composición de órganos
Los órganos de selección son colegiados y su composición debe ajustarse a imparcialidad y profesionalidad, tendiendo también a la paridad entre mujer y hombre. (art. 60)
El personal de elección o designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no pueden formar parte de los órganos de selección. La pertenencia es individual y no representativa. (art. 60)
Artículo 61: contenido de las pruebas
Las pruebas deben mantener conexión con las tareas de los puestos convocados y pueden comprobar conocimientos, capacidad analítica, habilidades, destrezas, lenguas extranjeras o aptitudes físicas. (art. 61)
La oposición y el concurso-oposicion" title="Sistema selectivo con dos fases: la méritos, y turno al que puede presentarse cualquiera que cumpla los requisitos, a diferencia de la promoción interna.">oposición (exámenes eliminatorios) y el concurso (suma de méritos según baremo). La nota final combina ambas en la proporción que digan las base">concurso-oposición son los sistemas selectivos de funcionarios de carrera y deben incluir pruebas de capacidad para determinarla y establecer el orden de prelación. El concurso puro solo cabe excepcionalmente por ley. (art. 61)
Artículo 62: requisitos sucesivos
La adquisición de la condición de funcionario de carrera exige sucesivamente superar el proceso selectivo, obtener nombramiento del órgano competente, realizar el acatamiento constitucional y jurídico, y tomar posesión dentro del plazo. (art. 62)
Tras superar el proceso selectivo, quien no acredite reunir los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria no podrá ser funcionario y verá sin efecto las actuaciones relativas a su acceso. (art. 62)
Trampas de examen
- No debe confundirse el concurso-oposición con el concurso puro: para funcionarios de carrera, el concurso únicamente puede aplicarse con carácter excepcional y en virtud de ley, porque consiste solo en valorar méritos. (art. 61)
- La reserva para personas con discapacidad no es inferior al siete por ciento de las vacantes. Además, al menos el dos por ciento de las plazas ofertadas debe dirigirse a personas con discapacidad intelectual. (art. 59)
- La pertenencia a un órgano de selección no puede ejercerse en representación de una organización o persona. Es siempre a título individual, aunque el órgano tenga composición colegiada. (art. 60)
- Como regla, los órganos de selección no pueden proponer más aprobados que plazas convocadas. La excepción solo existe cuando la propia convocatoria la prevea, sin convertirla en regla general. (art. 61)
- La edad mínima general es dieciséis años y no debe excederse, en su caso, la edad máxima de jubilación forzosa. Una edad máxima distinta solo puede establecerse por ley. (art. 56)
Chuleta final
- Recuerda los requisitos generales mediante esta secuencia: nacionalidad, capacidad funcional, edad, ausencia de separación o inhabilitación y titulación. El artículo los enumera expresamente como condiciones de participación. (art. 56)
- Para el personal laboral, el artículo 57 extiende la igualdad de condiciones a los extranjeros mencionados en sus apartados anteriores y a los extranjeros con residencia legal en España. (art. 57)
- La composición de los órganos de selección debe respetar imparcialidad y profesionalidad, y además se tenderá a la paridad entre mujer y hombre. La paridad aparece como una orientación adicional. (art. 60)
- Para asegurar objetividad y racionalidad, las pruebas pueden completarse con cursos, periodos de prácticas, exposición curricular, pruebas psicotécnicas, entrevistas o reconocimientos médicos. (art. 61)
- Los sistemas selectivos del personal laboral fijo son oposición, concurso-oposición o concurso de valoración de méritos, con las características indicadas para los dos primeros en el apartado anterior. (art. 61)
- Si se producen renuncias antes del nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante puede requerir una relación complementaria de aspirantes cuando se haya propuesto inicialmente igual número que plazas convocadas. (art. 61)
- Cada Administración Pública debe adoptar medidas para adaptar tiempos y medios durante el proceso selectivo y, después, adaptar el puesto de trabajo a las necesidades de las personas con discapacidad. (art. 59)
- Las previsiones de acceso funcionarial de nacionales de Estados miembros se aplican también, cualquiera que sea su nacionalidad, a determinados cónyuges y descendientes dependientes o menores de veintiún años. (art. 57)
Preguntas frecuentes
¿Qué debe publicarse tras el nombramiento?
El nombramiento del funcionario de carrera debe ser realizado por el órgano o autoridad competente y publicado en el Diario Oficial correspondiente. Esta publicación forma parte del segundo requisito de adquisición de la condición. (art. 62)
¿Pueden exigirse requisitos adicionales?
Sí. Las Administraciones Públicas pueden exigir otros requisitos específicos, pero deben guardar relación objetiva y proporcionada con las funciones asumidas y las tareas a desempeñar, y establecerse de manera abstracta y general. (art. 56)
¿Qué ocurre si no se toma posesión?
La toma de posesión debe realizarse dentro del plazo establecido, porque forma parte de los requisitos sucesivos para adquirir la condición de funcionario de carrera junto con la superación, el nombramiento y el acatamiento. (art. 62)