Tema canónico · arts. 70-75
Principios y requisitos de acceso al empleo en el sector público vasco
Ficha y test de estudio oficial: Principios y requisitos de acceso al empleo en el sector público vasco.
Lo piden Bilbao (tema 22) · Getxo (tema 23) · Leioa (tema 22) · DFG / GFA (tema 27). La ficha y el test son los mismos para todos esos objetivos.
El mapa del tema
El régimen se articula en cuatro bloques: principios de selección, requisitos de acceso, reglas especiales para nacionalidad y personal internacional, y medidas de reserva y adaptación para personas con discapacidad. (art. 70, art. 75)
Principios rectores de la selección
Los procesos selectivos deben respetar igualdad, mérito, capacidad y publicidad, además de desarrollarse conforme a la ley y sus normas de desarrollo. Estos principios constituyen el marco general del acceso al empleo público vasco. (art. 70)
La selección debe garantizar publicidad, libre concurrencia, transparencia, abstención y la recusación son sus dos gara">imparcialidad, profesionalidad, independencia y discrecionalidad técnica, junto con instrumentos pertinentes y adecuados a las tareas convocadas. (art. 70)
Requisitos de participación
Entre los requisitos de acceso figuran la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea, la capacidad funcional, la edad exigida, la titulación oficial y otros requisitos específicos previstos en la convocatoria. (art. 71)
Finalizado el proceso selectivo, los destinos se adjudican entre quienes cumplen los requisitos exigidos, atendiendo al orden de puntuación y a las preferencias manifestadas, sin que un requisito limite la elección de otros puestos compatibles. (art. 71)
Acceso de nacionales comunitarios
Las personas nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea pueden acceder como personal funcionario, salvo en empleos vinculados al ejercicio del poder público o a la salvaguardia de los intereses administrativos. (art. 72)
Las personas extranjeras con residencia legal en España pueden acceder a un empleo en el sector público vasco como personal laboral, siempre que cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria correspondiente. (art. 72)
Personal funcionario de organismos internacionales
Las administraciones públicas vascas deben establecer los requisitos y condiciones de acceso del personal funcionario español perteneciente a organizaciones internacionales, siempre que tenga la titulación adecuada y supere los procesos selectivos. (art. 73)
En las bases de convocatoria puede determinarse de qué pruebas queda exento el personal funcionario internacional cuando sus conocimientos ya se consideren suficientemente acreditados en el procedimiento de acceso al organismo internacional. (art. 73)
Reserva mínima para discapacidad
Las ofertas de empleo público del sector público vasco deben reservar un cupo no inferior al siete por ciento de las vacantes para personas con discapacidad, condicionado a superar el proceso y acreditar compatibilidad funcional. (art. 74)
La reserva del siete por ciento se distribuye con una reserva mínima del dos por ciento de las plazas ofertadas para personas con discapacidad intelectual o mental, destinándose el resto a otros tipos de discapacidad. (art. 74)
Sistema general de discapacidad
El sistema general de acceso de personas con discapacidad consiste en reservar un cupo de plazas dentro de las convocatorias derivadas de la oferta de empleo público, aplicando las reglas de la convocatoria correspondiente. (art. 75)
El sistema específico consiste en procesos selectivos independientes dirigidos exclusivamente a personas con un grado de limitaciones en la actividad intelectual o mental de, al menos, un treinta y tres por ciento. (art. 75)
Trampas de examen
- La reserva de plazas para personas con discapacidad no implica acceso automático: las personas aspirantes deben superar los procesos selectivos y acreditar tanto la discapacidad como su compatibilidad con las tareas del puesto. (art. 74)
- El acceso de personas con discapacidad mediante el sistema general se somete a las bases, reglas y niveles de exigencia aplicables al resto de participantes en la misma convocatoria. (art. 75)
- La residencia legal en España permite acceder como personal laboral cuando se cumplen los requisitos de la convocatoria, pero el artículo la regula expresamente para el empleo público como personal laboral. (art. 72)
- Las personas nacionales de otros Estados miembros pueden acceder como personal funcionario, pero quedan exceptuados los empleos que impliquen participación en el poder público o salvaguardia de intereses administrativos. (art. 72)
- La discapacidad intelectual o mental no se integra únicamente en el sistema general: la ley prevé procesos selectivos independientes y limita la participación a quienes alcancen el grado mínimo establecido. (art. 75)
Chuleta final
- Memoriza la cifra principal: las ofertas de empleo público reservan un cupo no inferior al siete por ciento de las vacantes para personas con discapacidad. (art. 74)
- Dentro de la reserva del siete por ciento, al menos el dos por ciento de las plazas ofertadas debe cubrirse por personas con discapacidad intelectual o mental. (art. 74)
- El sistema específico para discapacidad intelectual o mental exige un grado de limitaciones en la actividad intelectual o mental de, al menos, el treinta y tres por ciento. (art. 75)
- La edad mínima ordinaria de participación es dieciséis años y no debe superarse la edad de jubilación ordinaria legalmente establecida, salvo las especificidades previstas para determinados cuerpos, escalas, especialidades o agrupaciones. (art. 71)
- Cuando el puesto tenga perfil lingüístico preceptivo, acreditar la competencia lingüística exigida constituye un requisito imprescindible para acceder a ese puesto convocado. (art. 71)
- Los destinos adjudicados tras el proceso selectivo tienen carácter definitivo y se consideran obtenidos, a todos los efectos, por el sistema al que estuviera reservada su provisión. (art. 71)
- Las administraciones deben establecer adaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios durante los procesos selectivos y adaptar posteriormente los puestos de trabajo cuando sea necesario. (art. 74)
- Las pruebas del sistema específico deben dirigirse fundamentalmente a acreditar los repertorios básicos de conducta necesarios para realizar las tareas o funciones propias del puesto. (art. 75)
Preguntas frecuentes
¿Qué principios deben regir la selección?
La selección debe respetar los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, además de los principios específicos enumerados para los procedimientos selectivos del sector público vasco. (art. 70)
¿Quién puede acceder como personal laboral?
Las ciudadanas y ciudadanos extranjeros con residencia legal en España pueden acceder como personal laboral al empleo en el sector público vasco, siempre que cumplan los requisitos exigidos en cada convocatoria. (art. 72)
¿Qué ocurre con el personal internacional?
El personal funcionario español perteneciente a organizaciones internacionales puede acceder si posee la titulación adecuada y supera los procesos selectivos; las bases pueden eximirle de pruebas ya acreditadas. (art. 73)