EuskadiOPE

Tema canónico · arts. 53-53

Garantías y derechos del interesado (Art. 53 LPACAP)

Capítulo I del Título IV de la Ley 39/2015: los derechos generales del interesado en cualquier procedimiento administrativo y los derechos adicionales del presunto responsable en los procedimientos sancionadores.

Publicado: 7 min de lectura

Lo piden Bilbao (tema 13) · Bilbao TS (tema 5) · Donostia (tema 23) · Donostia TS (tema 3) · Getxo (tema 13) · Vitoria (tema 20) · DFA / AFA (tema 11) · DFB / BFA (tema 4) · DFB Bomberos (tema 9) · DFG / GFA (tema 38) · DFG TS (tema 6) · Ertzaintza (tema 20) · GV / IVAP (tema 31) · IFAS (tema 17) · IFAS TS (tema 7) · Osakidetza (tema 22) · Policía Local (tema 20). La ficha y el test son los mismos para todos esos objetivos.

El mapa del tema

Qué Dónde Peso en test
Conocer el estado de tramitación, el silencio y acceder/copiar documentos Art. 53.1.a Muy alto
Identificar a autoridades y personal responsables Art. 53.1.b Medio
No presentar documentos originales, salvo excepción (con copia autenticada) Art. 53.1.c Alto
No presentar datos/documentos no exigidos o ya en poder de las AAPP Art. 53.1.d Muy alto
Formular alegaciones y aportar documentos antes del expediente, se pone de manifiesto al interesado para que lo examine y alegue lo que le convenga antes de que se redacte la propuesta de resolució">trámite de audiencia Art. 53.1.e Alto
Obtener información y orientación sobre requisitos jurídicos o técnicos Art. 53.1.f Medio
Actuar asistido de asesor Art. 53.1.g Alto
Cumplir obligaciones de pago por medios electrónicos Art. 53.1.h Medio
Cualesquiera otros que reconozcan la CE y las leyes Art. 53.1.i Medio
Derechos adicionales en sancionadores: información + presunción de no responsabilidad Art. 53.2 Muy alto

Texto oficial siempre a mano: Ley 39/2015 consolidada, Título IV, Capítulo I.

Los nueve derechos generales del interesado (art. 53.1)

Letra Derecho
a) Conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación, el sentido del silencio administrativo que corresponda, el órgano competente y los actos de trámite dictados; acceder y obtener copia de los documentos del procedimiento
b) Identificar a las autoridades y al personal bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos
c) No presentar documentos originales, salvo que excepcionalmente la normativa reguladora establezca lo contrario; si debe presentarlo, derecho a obtener copia autenticada
d) No presentar datos y documentos no exigidos por las normas aplicables o que ya obren en poder de las Administraciones Públicas o hayan sido elaborados por ellas
e) Formular alegaciones, utilizar los medios de defensa admitidos por el Ordenamiento Jurídico y aportar documentos en cualquier fase anterior al trámite de audiencia
f) Obtener información y orientación sobre los requisitos jurídicos o técnicos de los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar
g) Actuar asistido de asesor cuando lo considere conveniente en defensa de sus intereses
h) Cumplir las obligaciones de pago a través de los medios electrónicos previstos (art. 98.2)
i) Cualesquiera otros que les reconozcan la Constitución y las leyes

Los derechos adicionales en el procedimiento sancionador (art. 53.2)

Además de los derechos del apartado 1, en los procedimientos de naturaleza sancionadora, los presuntos responsables tienen dos derechos más:

Letra Derecho
a) Ser notificado de los hechos imputados, de las infracciones que puedan constituir, de las sanciones que se le pudieran imponer, y de la identidad del instructor, de la autoridad competente para sancionar y de la norma que le atribuye esa competencia
b) La presunción de no existencia de responsabilidad administrativa mientras no se demuestre lo contrario

Trampas de examen

  • «El acceso al expediente y la obtención de copia corresponden a cualquier ciudadano». Falso: el art. 53.1.a) los reserva al interesado; un tercero debe acudir al régimen de acceso a la información pública de la Ley 19/2013, con sus límites.
  • «El interesado debe presentar siempre documentos originales». Falso: la regla es no presentarlos, salvo excepción normativa expresa; y si excepcionalmente debe hacerlo, tiene derecho a copia autenticada.
  • «El derecho a no presentar documentos ya en poder de la Administración solo aplica si obran en poder de la misma Administración que tramita el procedimiento». Falso: el art. 53.1.d) habla de «las Administraciones Públicas» en general, sin limitarlo a la que tramita.
  • «El interesado solo puede alegar y aportar documentos con la solicitud inicial». Falso: puede hacerlo en cualquier fase anterior al trámite de audiencia (art. 53.1.e).
  • «Los derechos del art. 53.1 son una lista cerrada». Falso: la letra i) los amplía a cualesquiera otros que reconozcan la Constitución y las leyes.
  • «En el procedimiento sancionador se presume la responsabilidad del imputado mientras no se demuestre su inocencia». Falso: es justo al revés — se presume la no responsabilidad (art. 53.2.b).
  • «Los derechos del art. 53.2 sustituyen a los del art. 53.1 en los procedimientos sancionadores». Falso: se añaden («además de los derechos previstos en el apartado anterior»).
  • «El derecho a conocer el sentido del silencio solo aplica si la Administración dicta resolución expresa». Falso: aplica precisamente en caso de que no dicte ni notifique resolución expresa en plazo.
  • «La asistencia de asesor en vía administrativa es obligatoria, como la de abogado en el proceso judicial». Falso: es voluntaria, «cuando lo considere conveniente».
  • «El derecho a identificar a las autoridades se limita al máximo responsable del organismo». Falso: se extiende a todo el personal bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos.

Chuleta final

  • Art. 53 = Capítulo I del Título IV, «Garantías del procedimiento».
  • 53.1 = 9 derechos generales (a-i) de todo interesado.
  • a) estado + silencio + acceso y copia (Punto de Acceso General si es electrónico).
  • b) identificar autoridades y personal responsables.
  • c) no originales salvo excepción → copia autenticada.
  • d) no datos/documentos no exigidos o ya en poder de las AAPP.
  • e) alegar y aportar documentos antes del trámite de audiencia.
  • f) información y orientación sobre requisitos.
  • g) asistido de asesor (voluntario).
  • h) pago por medios electrónicos.
  • i) cláusula abierta: cualesquiera otros de la CE y las leyes.
  • 53.2 = 2 derechos adicionales en sancionadores: (a) información completa de hechos/instructor/autoridad; (b) presunción de no responsabilidad.

Preguntas frecuentes

¿Puede cualquier persona acceder al expediente de un procedimiento administrativo invocando el art. 53?

No. El art. 53.1.a) reconoce ese derecho al interesado en ese procedimiento concreto, no a cualquier ciudadano. Quien no sea interesado debe acudir, en su caso, al régimen general de acceso a la información pública de la Ley 19/2013, sujeto a sus propios límites y a la protección de datos.

¿Qué añade el art. 53.2 a los derechos del interesado en un procedimiento sancionador?

Dos derechos adicionales a los del art. 53.1: ser notificado de los hechos imputados, las infracciones que puedan constituir, las sanciones posibles y la identidad del instructor y la autoridad competente (53.2.a); y la presunción de no existencia de responsabilidad administrativa mientras no se demuestre lo contrario (53.2.b), equivalente administrativo de la presunción de inocencia.

¿Hasta qué momento puede el interesado formular alegaciones y aportar documentos?

Según el art. 53.1.e), puede hacerlo en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia, y esas alegaciones y documentos deben ser tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la propuesta de resolución.

Bide, la mascota de EuskadiOPE

Kaixo, soy Bide

Estoy aquí para ayudarte a encontrar el camino.

Cuéntame tu duda, incidencia o sugerencia.

Nunca adjuntamos contraseñas, cookies ni respuestas.