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Tema canónico · arts. 298-299

Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro

Ficha y tests de Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro

4 min de lectura

Lo piden DFA / AFA (tema 21). La ficha y el test son los mismos para todos esos objetivos.

El mapa del tema

El artículo 298 regula arrendamiento, mantenimiento y separación del canon respecto del precio; el artículo 299 regula fabricación, aplicación de normas de obras y adaptación de publicidad y adjudicación al suministro. (art. 298, art. 299)

Obligación del arrendador

El arrendamiento atribuye al arrendador o empresario la obligación de mantener el objeto del contrato durante todo el plazo de vigencia contractual, conforme al artículo 298. (art. 298)

Cuando la Administración deba satisfacer cantidades por canon de mantenimiento, esas cantidades deben fijarse separadamente de las que constituyen el precio del arriendo. (art. 298)

Normas aplicables a fabricación

A los contratos de fabricación se aplican directamente las normas generales y especiales del contrato de obras que el órgano de contratación determine en el pliego de cláusulas administrativas particulares. (art. 299)

Las reglas relativas a publicidad y procedimiento de adjudicación quedan fuera de la aplicación del régimen de obras y deben acomodarse siempre al contrato de suministro. (art. 299)

Trampas de examen

  • El canon de mantenimiento no integra necesariamente las cantidades constitutivas del precio del arriendo: el artículo 298 exige que las cantidades correspondientes se fijen separadamente. (art. 298)
  • La obligación de mantenimiento del arrendador o empresario no se circunscribe a un momento concreto, porque el artículo 298 la sitúa durante todo el plazo de vigencia del contrato. (art. 298)
  • El artículo 298 identifica al arrendador o empresario como sujeto obligado al mantenimiento del objeto, por lo que no atribuye directamente esa obligación a la Administración. (art. 298)
  • Aunque los contratos de fabricación reciben normas del contrato de obras, el artículo 299 excluye expresamente de esa aplicación las reglas de publicidad y adjudicación. (art. 299)
  • En materia de publicidad y procedimiento de adjudicación, el contrato de fabricación debe acomodarse en todo caso al contrato de suministro, según la regla expresa del artículo 299. (art. 299)

Chuleta final

  • Regla rápida: en el arrendamiento, quien asume el mantenimiento del objeto durante la vigencia contractual es el arrendador o empresario, no otro sujeto mencionado en el artículo. (art. 298)
  • Para memorizar el artículo 298, la obligación recae sobre el objeto del contrato de arrendamiento y se mantiene durante el plazo de vigencia contractual indicado expresamente. (art. 298)
  • El canon de mantenimiento aparece como una cantidad que la Administración puede tener que satisfacer, pues el artículo utiliza la expresión que, en su caso, deba satisfacer. (art. 298)
  • La técnica económica del artículo 298 es la separación: las cantidades del canon de mantenimiento deben diferenciarse de las cantidades constitutivas del precio del arriendo. (art. 298)
  • En los contratos de fabricación, la aplicación de las normas generales y especiales del contrato de obras es directa, conforme al comienzo de la regulación contenida en el artículo 299. (art. 299)
  • El órgano de contratación determina qué normas generales y especiales del contrato de obras resultan aplicables mediante el correspondiente pliego de cláusulas administrativas particulares. (art. 299)
  • Las materias exceptuadas del régimen de obras son concretas: publicidad y procedimiento de adjudicación, que reciben un tratamiento específico en el artículo 299. (art. 299)
  • Las reglas exceptuadas deben acomodarse al contrato de suministro y el artículo 299 refuerza esta solución mediante la expresión en todo caso. (art. 299)

Preguntas frecuentes

¿Quién mantiene el objeto arrendado?

El objeto arrendado debe ser mantenido por el arrendador o empresario durante el plazo de vigencia del contrato, porque esa obligación aparece expresamente atribuida en el artículo 298. (art. 298)

¿Cómo se fija el canon de mantenimiento?

Si la Administración debe satisfacer un canon de mantenimiento, las cantidades correspondientes se fijan separadamente de las cantidades constitutivas del precio del arriendo, según dispone el artículo 298. (art. 298)

¿Qué régimen siguen publicidad y adjudicación?

En los contratos de fabricación, las reglas sobre publicidad y procedimiento de adjudicación se acomodan en todo caso al contrato de suministro, aunque se apliquen normas de obras en las demás materias. (art. 299)

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