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Tema canónico · arts. 321-322

Contratos de las entidades del sector público que no tengan el carácter de poderes adjudicadores

Ficha y test de estudio oficial: Contratos de las entidades del sector público que no tengan el carácter de poderes adjudicadores.

4 min de lectura

Lo piden . La ficha y el test son los mismos para todos esos objetivos.

El mapa del tema

El artículo 321 ordena la adjudicación, racionalización, control, impugnación y exclusión de ciertos contratos entre sociedades públicas no adjudicadoras. El artículo 322 regula los efectos, modificación y extinción conforme al derecho privado, junto con la responsabilidad por proyectos de obra. (art. 321, art. 322)

Instrucciones de contratación

Los órganos competentes deben aprobar instrucciones que regulen los procedimientos de contratación y garanticen los principios exigidos. Las instrucciones deben ponerse a disposición de los interesados y publicarse en el perfil de contratante de la entidad. (art. 321)

Pueden adjudicarse directamente los contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros en obras o a 15.000 euros en servicios y suministros, siempre que el empresario tenga capacidad de obrar y, cuando proceda, la habilitación necesaria. (art. 321)

Regulación de efectos contractuales

Los contratos de las entidades del Sector Público que no ostenten la condición de poder adjudicador se someten, en sus efectos, modificación y extinción, a las normas de derecho privado que sean aplicables. (art. 322)

En los contratos de servicios destinados a elaborar íntegramente un proyecto de obra, el contratista queda sujeto a responsabilidad por los defectos o errores del proyecto, según la remisión expresa al artículo 314. (art. 322)

Trampas de examen

  • La adjudicación directa no se establece para cualquier contrato de estas entidades. El artículo 321 limita esta posibilidad a valores estimados inferiores a 40.000 euros en obras y a 15.000 euros en servicios y suministros. (art. 321)
  • Los umbrales no son iguales para obras y para servicios o suministros. La cifra de 40.000 euros corresponde a obras, mientras que la de 15.000 euros corresponde conjuntamente a servicios y suministros. (art. 321)
  • En los procedimientos sujetos a las reglas mínimas del artículo 321, el plazo de presentación de ofertas no puede ser inferior a diez días desde la publicación del anuncio en el perfil de contratante. (art. 321)
  • La selección del contratista debe motivarse en todo caso y publicarse en el perfil de contratante. No basta, por tanto, con publicar el anuncio de licitación o la documentación contractual. (art. 321)
  • El sometimiento a normas de derecho privado se refiere a los efectos, modificación y extinción de los contratos del artículo 322. No sustituye las reglas de adjudicación previstas específicamente en el artículo 321. (art. 322)

Chuleta final

  • Las instrucciones de contratación tienen una doble exigencia de accesibilidad: deben ponerse a disposición de todos los interesados y publicarse en el perfil de contratante de la entidad. (art. 321)
  • En el sector público estatal, la aprobación de las instrucciones requiere informe previo del órgano al que corresponda el asesoramiento jurídico de la entidad. (art. 321)
  • La adjudicación debe recaer en la mejor oferta conforme al artículo 145. Excepcionalmente, puede atender a otros criterios objetivos, pero estos deben determinarse en la documentación contractual. (art. 321)
  • Toda la documentación necesaria para presentar ofertas debe estar disponible por medios electrónicos desde la publicación del anuncio de licitación. (art. 321)
  • Estas entidades pueden establecer acuerdos marco, sistemas dinámicos de adquisición u homologación de proveedores para las operaciones propias de su tráfico. (art. 321)
  • El procedimiento para ser incluido en los sistemas de racionalización debe ser transparente y no discriminatorio, y debe publicarse en el perfil de contratante. (art. 321)
  • Las actuaciones de preparación y adjudicación se impugnan en vía administrativa conforme a la Ley 39/2015 ante el órgano al que esté adscrita la entidad o que ejerza su tutela. (art. 321)
  • Para la exclusión de determinados contratos entre sociedades mercantiles públicas no adjudicadoras, debe solicitarse informe previo de la CNMC o de la autoridad autonómica de competencia correspondiente. (art. 321)

Preguntas frecuentes

¿Qué principios deben garantizar las instrucciones?

Deben garantizar publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación, y asegurar que los contratos se adjudiquen a quienes presenten la mejor oferta conforme al artículo 145. (art. 321)

¿Cuándo puede adjudicarse directamente?

Cuando el valor estimado sea inferior a 40.000 euros en contratos de obras o inferior a 15.000 euros en contratos de servicios y suministros, siempre que el empresario tenga capacidad de obrar y la habilitación necesaria, si procede. (art. 321)

¿Qué responsabilidad tiene el contratista por un proyecto?

En los contratos de servicios que consistan en la elaboración íntegra de un proyecto de obra, se exige responsabilidad al contratista por los defectos o errores del proyecto, conforme al artículo 314. (art. 322)

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