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Tema canónico · arts. 1-2

Objeto y ámbito de la Ley

Ficha y tests de Objeto y ámbito de la Ley

5 min de lectura

Lo piden DFA / AFA (tema 8). La ficha y el test son los mismos para todos esos objetivos.

El mapa del tema

El artículo 1 define el objeto material y las herramientas de la Ley: igualdad efectiva, eliminación de la discriminación, principios, derechos, deberes y medidas correctoras. El artículo 2 concreta el ámbito subjetivo y territorial: todas las personas son titulares de los derechos y las obligaciones alcanzan a quienes se encuentren o actúen en España. (art. 1, art. 2)

Igualdad en dignidad, derechos y deberes

El artículo 1 comienza reconociendo que mujeres y hombres son iguales en dignidad humana, así como en derechos y deberes. Esta afirmación constituye el presupuesto del objeto legal, orientado a hacer efectiva la igualdad de trato y de oportunidades entre ambos. (art. 1)

El artículo 1 atribuye a la Ley un contenido operativo: fija principios de actuación de los Poderes Públicos, regula derechos y deberes de personas físicas y jurídicas, públicas y privadas, y establece medidas para eliminar y corregir toda discriminación por razón de sexo. (art. 1)

Titularidad universal de derechos

El artículo 2.1 dispone que todas las personas gozarán de los derechos derivados del principio de igualdad de trato y de la prohibición de discriminación por razón de sexo. La titularidad se formula sin limitarla por nacionalidad, domicilio o residencia. (art. 2)

El artículo 2.2 extiende las obligaciones establecidas en la Ley a toda persona física o jurídica que se encuentre o actúe en territorio español. La regla se aplica con independencia de la nacionalidad, el domicilio o la residencia de la persona obligada. (art. 2)

No confundir

  • El artículo 2 diferencia dos planos: los derechos derivados de la igualdad y de la prohibición de discriminación corresponden a todas las personas; las obligaciones legales se aplican a toda persona física o jurídica que se encuentre o actúe en territorio español. (art. 2)

Trampas de examen

  • Es incorrecto reducir el objeto de la Ley a una declaración de igualdad. El artículo 1 exige hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades y contempla la eliminación de la discriminación de la mujer en cualesquiera ámbitos de la vida. (art. 1)
  • La Ley no circunscribe la eliminación de la discriminación a un único sector. El artículo 1 menciona cualesquiera ámbitos de la vida y, singularmente, las esferas política, civil, laboral, económica, social y cultural. (art. 1)
  • No es correcto afirmar que las medidas previstas se dirigen exclusivamente a los Poderes Públicos. El artículo 1 regula personas y entidades públicas y privadas, y prevé medidas destinadas a eliminar y corregir la discriminación en los sectores público y privado. (art. 1)
  • El ámbito de aplicación no depende de la nacionalidad española. Conforme al artículo 2.2, las obligaciones alcanzan a quien se encuentre o actúe en territorio español cualquiera que fuese su nacionalidad, domicilio o residencia. (art. 2)
  • Las obligaciones de la Ley no recaen únicamente sobre personas físicas. El artículo 2.2 incluye expresamente a toda persona física o jurídica que se encuentre o actúe en territorio español. (art. 2)

Chuleta final

  • Regla para memorizar: mujeres y hombres son iguales en dignidad humana, derechos y deberes. Esta proclamación aparece al inicio del artículo 1 y sirve de base al objeto general de la Ley. (art. 1)
  • La expresión clave del objeto legal es hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres. Debe recordarse como la finalidad principal, no como una consecuencia secundaria. (art. 1)
  • La eliminación de la discriminación de la mujer constituye una actuación particular dentro del objeto de la Ley. El texto añade que esa eliminación debe producirse sea cual fuere la circunstancia o condición. (art. 1)
  • Los ámbitos expresamente destacados por la Ley son seis: política, civil, laboral, económica, social y cultural. El artículo 1 los presenta como esferas singulares dentro de cualesquiera ámbitos de la vida. (art. 1)
  • Una función de la Ley es establecer principios de actuación de los Poderes Públicos. Esta previsión forma parte del contenido regulador indicado en el artículo 1.2. (art. 1)
  • La Ley regula derechos y deberes de personas físicas y jurídicas, tanto públicas como privadas. Esta fórmula identifica simultáneamente la naturaleza de los sujetos y su posible carácter público o privado. (art. 1)
  • El artículo 2.1 vincula los derechos de todas las personas con dos referentes: el principio de igualdad de trato y la prohibición de discriminación por razón de sexo. (art. 2)
  • Para las obligaciones, el criterio decisivo del artículo 2.2 es encontrarse o actuar en territorio español. El precepto no condiciona su aplicación a nacionalidad, domicilio o residencia determinados. (art. 2)

Preguntas frecuentes

¿Qué igualdad pretende hacer efectiva la Ley?

Pretende hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres. El objetivo se formula en el artículo 1 como finalidad central de la Ley y se relaciona con la eliminación de la discriminación de la mujer. (art. 1)

¿A quién se aplican las obligaciones?

Las obligaciones se aplican a toda persona física o jurídica que se encuentre o actúe en territorio español. El artículo 2.2 añade que esta aplicación opera cualquiera que sea su nacionalidad, domicilio o residencia. (art. 2)

¿Qué sociedad quiere alcanzar la Ley?

La Ley pretende alcanzar una sociedad más democrática, más justa y más solidaria. El artículo 1 conecta esta finalidad con el desarrollo de los artículos 9.2 y 14 de la Constitución. (art. 1)

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