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Tema canónico · arts. 42-43

Igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral

Ficha y tests de Igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral

4 min de lectura

Lo piden . La ficha y el test son los mismos para todos esos objetivos.

El mapa del tema

El artículo 42 regula objetivos de las políticas de empleo y contenido de los programas de inserción laboral activa; el artículo 43 conecta la negociación colectiva con medidas de acción positiva, acceso de las mujeres al empleo e igualdad de trato y no discriminación en las condiciones de trabajo. (art. 42, art. 43)

Artículo 42: objetivos de las políticas de empleo

El artículo 42.1 establece que las políticas de empleo tienen como objetivo prioritario incrementar la participación de las mujeres en el mercado de trabajo y progresar en la igualdad efectiva entre mujeres y hombres. (art. 42)

El artículo 42.2 dispone que los Programas de inserción laboral activa pueden dirigirse prioritariamente a colectivos específicos de mujeres o contemplar una determinada proporción de mujeres, cuando se dirigen a personas en desempleo. (art. 42)

Artículo 43: acción positiva en la negociación colectiva

El artículo 43 permite que, de acuerdo con lo establecido legalmente, la negociación colectiva establezca medidas de acción positiva destinadas a favorecer el acceso de las mujeres al empleo. (art. 43)

El artículo 43 vincula la negociación colectiva con la aplicación efectiva del principio de igualdad de trato y no discriminación en las condiciones de trabajo entre mujeres y hombres. (art. 43)

Trampas de examen

  • El artículo 42 no limita la actuación a facilitar la entrada de las mujeres en el mercado laboral, porque también contempla mejorar su empleabilidad y permanencia en el empleo. (art. 42)
  • Los Programas de inserción laboral activa no se restringen a un nivel educativo concreto, ya que el artículo 42 menciona expresamente todos los niveles educativos y edad de las mujeres. (art. 42)
  • El artículo 42 no impone que todos los programas contemplen una determinada proporción de mujeres, pues también permite destinarlos prioritariamente a colectivos específicos de mujeres. (art. 42)
  • El artículo 43 no presenta la acción positiva como una medida unilateral de cualquier sujeto, sino como una posibilidad establecida mediante la negociación colectiva y conforme a la legalidad. (art. 43)
  • El artículo 43 no circunscribe la igualdad a acceder al empleo, porque también exige considerar la igualdad de trato y la no discriminación en las condiciones de trabajo. (art. 43)

Chuleta final

  • Recuerda que el artículo 42 identifica como objetivo prioritario aumentar la participación de las mujeres en el mercado de trabajo y avanzar en la igualdad efectiva entre mujeres y hombres. (art. 42)
  • La actuación prevista en el artículo 42 comprende dos dimensiones expresas respecto de las mujeres: mejorar su empleabilidad y favorecer su permanencia en el empleo. (art. 42)
  • Para lograr esas mejoras, el artículo 42 menciona dos instrumentos concretos: potenciar el nivel formativo de las mujeres y su adaptabilidad a los requerimientos del mercado de trabajo. (art. 42)
  • Los Programas de inserción laboral activa del artículo 42 se dirigen a personas en desempleo, dentro de un contenido que comprende todos los niveles educativos y edad de las mujeres. (art. 42)
  • Entre los ámbitos formativos incluidos expresamente en los Programas de inserción laboral activa figuran la Formación Profesional, las Escuelas Taller y las Casas de Oficios. (art. 42)
  • El artículo 42 permite dos configuraciones para los programas respecto de las mujeres: priorizar colectivos específicos o contemplar una determinada proporción de mujeres. (art. 42)
  • El artículo 43 sitúa las medidas de acción positiva en la negociación colectiva y las condiciona a lo establecido legalmente, antes de señalar sus finalidades laborales. (art. 43)
  • Las medidas de acción positiva previstas en el artículo 43 persiguen favorecer el acceso de las mujeres al empleo y aplicar efectivamente la igualdad en el trabajo. (art. 43)

Preguntas frecuentes

¿Qué deben priorizar las políticas de empleo?

Deben priorizar el aumento de la participación de las mujeres en el mercado de trabajo y el avance en la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, según el artículo 42. (art. 42)

¿Qué pueden establecer los convenios mediante negociación colectiva?

Pueden establecer medidas de acción positiva para favorecer el acceso de las mujeres al empleo y aplicar efectivamente la igualdad de trato y la no discriminación en las condiciones de trabajo. (art. 43)

¿A quién pueden dirigirse prioritariamente los programas?

Los Programas de inserción laboral activa pueden destinarse prioritariamente a colectivos específicos de mujeres o contemplar una determinada proporción de mujeres, y se dirigen a personas en desempleo. (art. 42)

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