Tema canónico · arts. 1-4
Disposiciones generales
Ficha y test de estudio oficial: Disposiciones generales.
Lo piden Bilbao (tema 40) · Getxo (tema 20) · Leioa (tema 13). La ficha y el test son los mismos para todos esos objetivos.
El mapa del tema
La asistencia de las Administraciones Públicas para acceder a servicios electrónicos puede prestarse por seis grupos de canales: oficinas presenciales, portales y sedes, redes sociales, teléfono, correo electrónico y cualquier otro canal previsto conforme a la Ley 39/2015. (art. 4)
Artículo 1: objeto material
El artículo 1 delimita el objeto del Reglamento: desarrollar la Ley 39/2015 y la Ley 40/2015 respecto de la actuación y el funcionamiento electrónico del sector público. (art. 1)
El ámbito subjetivo no se define autónomamente en el artículo 1. La disposición remite para determinarlo a los artículos 2 de la Ley 39/2015 y de la Ley 40/2015. (art. 1)
Artículo 2: neutralidad tecnológica
La neutralidad tecnológica y la adaptabilidad al progreso exigen garantizar independencia en la elección de alternativas tecnológicas, libertad para implantar avances y utilización de estándares abiertos, junto con estándares generalizados cuando proceda. (art. 2)
La accesibilidad exige diseñar, construir, mantener y actualizar servicios electrónicos para asegurar igualdad y no discriminación. La facilidad de uso impone que el diseño esté centrado en las personas usuarias y reduzca el conocimiento necesario. (art. 2)
Artículo 3: sujetos obligados
El artículo 3 establece que los sujetos mencionados en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 deben relacionarse por medios electrónicos con las Administraciones Públicas para cualquier trámite de un procedimiento administrativo. (art. 3)
Las Administraciones Públicas pueden establecer reglamentariamente la obligatoriedad electrónica para determinados procedimientos y colectivos de personas físicas cuando se acredite su acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios. (art. 3)
Artículo 4: deber de asistencia
El artículo 4 obliga a las Administraciones Públicas a prestar la asistencia necesaria para facilitar que las personas interesadas accedan a los servicios electrónicos proporcionados dentro de su ámbito competencial. (art. 4)
La enumeración de canales de asistencia incluye expresamente la posibilidad de establecer otros canales, siempre de acuerdo con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 39/2015. (art. 4)
No confundir
- La relación electrónica es obligatoria para los sujetos remitidos al artículo 14.2 de la Ley 39/2015. En cambio, las personas físicas no obligadas pueden ejercer el derecho de relacionarse electrónicamente comunicando su decisión. (art. 3)
Trampas de examen
- La comunicación de la voluntad de relacionarse electrónicamente, o de dejar de hacerlo, no produce efectos desde su mera presentación. El artículo fija un plazo concreto contado desde que el órgano competente tiene constancia. (art. 3)
- La neutralidad tecnológica no supone que solo puedan emplearse estándares abiertos. El artículo prevé estándares abiertos y admite complementariamente estándares de uso generalizado cuando corresponda. (art. 2)
- La asistencia para acceder a servicios electrónicos no queda limitada a las oficinas de asistencia. El artículo incluye, entre otros canales, portales de internet, sedes electrónicas, redes sociales, teléfono y correo electrónico. (art. 4)
- El principio de proporcionalidad no exige idénticas garantías y medidas de seguridad para todos los trámites electrónicos. Solo han de exigirse las adecuadas a la naturaleza y circunstancias de cada actuación. (art. 2)
- El artículo 1 no enumera por sí mismo los sujetos incluidos en el ámbito subjetivo de aplicación. Para esa delimitación remite a los artículos 2 de las leyes 39/2015 y 40/2015. (art. 1)
Chuleta final
- Para recordar el artículo 1, asocia el objeto con el desarrollo de las Leyes 39/2015 y 40/2015 en materia de actuación y funcionamiento electrónico del sector público. (art. 1)
- La clave del ámbito subjetivo es la remisión doble: el artículo 1 dirige al artículo 2 de la Ley 39/2015 y al artículo 2 de la Ley 40/2015. (art. 1)
- Para identificar accesibilidad, recuerda que protege la igualdad y la no discriminación en el acceso, con mención particular a personas con discapacidad y personas mayores. (art. 2)
- Interoperabilidad equivale a la capacidad de los sistemas de información y de los procedimientos que soportan para compartir datos y permitir el intercambio de información entre ellos. (art. 2)
- La decisión de relacionarse electrónicamente, o de dejar de hacerlo, puede adoptarse después del inicio del procedimiento. La condición es comunicarla al órgano competente dejando constancia. (art. 3)
- La obligatoriedad reglamentaria para ciertos colectivos de personas físicas requiere acreditar que disponen de acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios, atendiendo a las razones indicadas en el artículo. (art. 3)
- El canal presencial de asistencia se presta a través de las oficinas de asistencia que se determinen. Es uno de los canales posibles para facilitar el acceso a servicios electrónicos. (art. 4)
- El correo electrónico figura expresamente entre los canales de asistencia que las Administraciones Públicas pueden emplear para facilitar el acceso a los servicios electrónicos de su ámbito competencial. (art. 4)
Preguntas frecuentes
¿Cuándo produce efectos la comunicación de relacionarse electrónicamente?
Produce efectos a partir del quinto día hábil siguiente a aquel en que el órgano competente para tramitar el procedimiento haya tenido constancia de la comunicación realizada. (art. 3)
¿Qué exige el principio de facilidad de uso?
Exige que el diseño de los servicios electrónicos esté centrado en las personas usuarias, de modo que se minimice el grado de conocimiento necesario para utilizar el servicio. (art. 2)
¿Puede prestarse asistencia por redes sociales?
Sí. Las redes sociales están incluidas expresamente entre los canales mediante los que las Administraciones Públicas pueden facilitar el acceso de las personas interesadas a servicios electrónicos. (art. 4)