EuskadiOPE

Tema canónico · arts. 61-65

Autorizaciones para conducir

Ficha y tests de Autorizaciones para conducir

5 min de lectura

Lo piden Ertzaintza (tema 35) · Policía Local (tema 35). La ficha y el test son los mismos para todos esos objetivos.

El mapa del tema

Los artículos 61 y 62 regulan permisos, licencias y centros; los artículos 63 y 64 establecen asignación y pérdida de puntos; el artículo 65 regula su recuperación. (art. 63, art. 64)

Exigencia de autorización

Para conducir vehículos a motor y ciclomotores es necesario haber obtenido previamente el permiso o licencia de conducción preceptivo. Esta autorización verifica que el conductor reúne los requisitos necesarios de capacidad, conocimientos y habilidad, conforme a los términos reglamentarios. (art. 61)

La vigencia del permiso o licencia puede estar limitada temporalmente y sus plazos pueden revisarse reglamentariamente. Además, la vigencia queda condicionada a que el titular conserve el crédito de puntos que tenga asignado. (art. 61)

Centros de formación

La enseñanza de los conocimientos y técnicas necesarios para conducir, junto con el perfeccionamiento y la renovación de conocimientos, se ejerce por centros de formación. Estos centros pueden constituir secciones o sucursales con la misma titularidad y denominación. (art. 62)

Los centros de formación necesitan autorización previa. Cuando establezcan secciones o sucursales, dicha autorización tiene validez en todo el territorio español, según establece expresamente el artículo 62. (art. 62)

Crédito excepcional de ocho puntos

El crédito inicial de ocho puntos se asigna excepcionalmente al titular con permiso o licencia de antigüedad no superior a tres años, salvo determinada titularidad previa, y a quien obtiene nuevamente la autorización tras perder todos sus puntos. (art. 63)

El crédito de puntos no se distribuye separadamente entre las distintas autorizaciones administrativas del conductor. El artículo 63 lo configura como un crédito único para todas las autorizaciones de las que sea titular. (art. 63)

Detracción por sanción firme

La reducción de puntos se produce por cada sanción firme en vía administrativa impuesta por infracciones graves o muy graves que lleven aparejada pérdida de puntos, conforme al baremo de los anexos II y IV. (art. 64)

Como regla general, los conductores no pierden más de ocho puntos por acumulación de infracciones en un solo día. La excepción opera cuando concurre alguna de las infracciones muy graves enumeradas en el propio apartado. (art. 64)

Recuperación total ordinaria

Quien haya sufrido una pérdida parcial de puntos recupera la totalidad del crédito inicial de doce puntos tras dos años sin sanción firme por infracciones que lleven aparejada pérdida de puntos. (art. 65)

El titular que haya perdido parte del crédito inicial puede recuperar parcialmente hasta seis puntos, por una sola vez cada dos años, mediante un curso superado con aprovechamiento. Los conductores profesionales pueden realizarlo anualmente. (art. 65)

Trampas de examen

  • No es suficiente conducir para estar habilitado: la norma exige haber obtenido previamente el permiso o licencia preceptivo. La exigencia se refiere expresamente a vehículos a motor y ciclomotores. (art. 61)
  • El crédito inicial ordinario es de doce puntos, pero el artículo 63 prevé excepcionalmente ocho puntos para dos supuestos concretos. Por tanto, no debe afirmarse que siempre se asignan doce puntos inicialmente. (art. 63)
  • El sistema no asigna un crédito independiente a cada permiso o licencia. El crédito es único para todas las autorizaciones administrativas de las que sea titular el conductor. (art. 63)
  • La regla de pérdida máxima de ocho puntos por día no es absoluta. Si concurre alguna de las infracciones muy graves específicamente citadas, se pierden todos los puntos que correspondan. (art. 64)
  • El curso de sensibilización y reeducación vial permite recuperar parcialmente hasta seis puntos, no la totalidad del crédito. Además, solo puede realizarse con la frecuencia indicada por el artículo 65. (art. 65)

Chuleta final

  • Memoriza la estructura inicial: doce puntos como regla general y ocho puntos excepcionalmente para los supuestos expresamente previstos en el artículo 63. (art. 63)
  • La conservación de todos los puntos permite bonificaciones sucesivas de dos y un punto, con un máximo de quince puntos, en lugar de los doce iniciales. (art. 63)
  • Los cursos de conducción segura y eficiente pueden compensar con dos puntos adicionales, siempre que se cumplan los requisitos y exista saldo positivo, hasta quince puntos y con frecuencia limitada. (art. 63)
  • Cuando se notifica una resolución sancionadora con pérdida de puntos, la Administración debe indicar expresamente los puntos restados y cómo conocer el saldo disponible. (art. 64)
  • En las infracciones relacionadas en los anexos II y IV, los puntos se descuentan automáticamente cuando se anota la infracción en el registro correspondiente, dejando constancia del crédito total. (art. 64)
  • Si transcurre un año desde la firmeza de la sanción sin anotarse la infracción que origina la detracción, no procede descontar los puntos correspondientes. (art. 64)
  • La pérdida de puntos solo se produce si el hecho que la origina ocurre con ocasión de conducir un vehículo para el que se exige permiso o licencia de conducción. (art. 65)
  • Los cursos de recuperación parcial previstos en el artículo 65 tienen una duración máxima de quince horas, límite que debe distinguirse de la frecuencia permitida para realizarlos. (art. 65)

Preguntas frecuentes

¿Quién autoriza los centros de reconocimiento?

Los centros que constatan las aptitudes psicofísicas de los conductores necesitan autorización previa de la autoridad competente para desarrollar su actividad. Su funcionamiento y sus medios personales y materiales mínimos se regulan reglamentariamente. (art. 62)

¿Cuándo se recuperan doce puntos?

El titular afectado por una pérdida parcial recupera la totalidad del crédito inicial de doce puntos después de dos años sin sanciones firmes por infracciones que lleven aparejada pérdida de puntos. Para ciertos titulares inicialmente situados en ocho puntos, también se prevé pasar a doce. (art. 65)

¿Cuántos puntos recupera el curso?

El curso de sensibilización y reeducación vial permite recuperar parcialmente hasta un máximo de seis puntos, una sola vez cada dos años. Los conductores profesionales pueden realizarlo anualmente, y la duración máxima es de quince horas. (art. 65)

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