Tema canónico · arts. 7-46
CAPÍTULO I
Ficha y tests de CAPÍTULO I
Lo piden IFAS Educ. (tema 7) · IFAS Integración (tema 7). La ficha y el test son los mismos para todos esos objetivos.
El mapa del tema
El IFAS se organiza jerárquicamente desde la Gerencia hasta los mandos intermedios de centro, pasando por las Direcciones de Servicios Asistenciales y Generales, la Subdirección de Recursos Humanos y las Jefaturas de Área, estructurándose los Servicios Centrales y Descentralizados conforme a los artículos correspondientes del Reglamento del Instituto. (art. 7)
Estructura directiva del IFAS
El Reglamento fija la estructura de dirección y mando del IFAS, encabezada por la Gerencia, de la que dependen la Dirección de Servicios Asistenciales y la Dirección de Servicios Generales, cada una con sus jefaturas de área, direcciones de centros y mandos intermedios correspondientes. (art. 7)
Dentro de la Dirección de Servicios Generales se integra la Subdirección de Recursos Humanos, que junto con las Jefaturas de Área conforma el segundo nivel de la estructura de dirección y mando prevista para los Servicios Generales del Instituto. (art. 7)
Figuras de dirección enumeradas
El artículo 8 enumera taxativamente las figuras de dirección del IFAS: Gerencia, Dirección de Servicios Asistenciales, Dirección de Servicios Generales, Subdirección de Recursos Humanos, Jefaturas de Área y Direcciones de centros, quedando excluidas de esta categoría el resto de puestos de la estructura. (art. 8)
El resto de puestos de la estructura de dirección y mando del artículo 7, salvo excepción expresa, tienen la consideración de figuras de mando y no de dirección, conforme dispone este precepto del Reglamento del IFAS. (art. 8)
Planificar como parte de dirigir
Dirigir, conforme al artículo 9, implica planificar decidiendo qué se quiere lograr y desarrollando las estrategias necesarias para conseguirlo, extendiéndose esta función a todas las figuras de dirección y mando enumeradas en el artículo 7 del Reglamento. (art. 9)
La función directiva también exige evaluar a personas y equipos, lograr los resultados previstos y gestionar los valores de la organización, desarrollando su cultura, entre las tareas que el artículo 9 atribuye al ejercicio directivo. (art. 9)
Dirigir y gestionar el ámbito a cargo
Las figuras de dirección y mando tienen, en materia de dirección, la competencia de dirigir y gestionar el ámbito a su cargo, bajo dependencia directa de su inmediato superior y sin perjuicio de las competencias de otros órganos del Instituto. (art. 10)
En materia de dirección, corresponde también a estas figuras proponer los criterios generales, la planificación y la organización general del ámbito de su competencia, conforme establece el artículo 10 del Reglamento del IFAS. (art. 10)
Ejecutar la estrategia del Instituto
Las figuras de dirección y mando son responsables de ejecutar, en su ámbito, la estrategia del Instituto, conforme a las responsabilidades en materia de dirección recogidas en el artículo 11 del Reglamento. (art. 11)
Asimismo deben garantizar la consecución de los objetivos del ámbito a su cargo, responsabilidad que se suma a las demás obligaciones en materia de organización, servicio, personas, recursos y normativa establecidas en el artículo 11. (art. 11)
Regla general de sustitución por superior jerárquico
En caso de vacante, ausencia o enfermedad del titular de un puesto de dirección o mando, sus competencias y responsabilidades corresponden, con carácter general, a su superior jerárquico inmediato, según dispone el artículo 12 del Reglamento. (art. 12)
No obstante, las competencias y responsabilidades propias de jefaturas de área y direcciones de centro pueden atribuirse circunstancialmente a sus homólogos respectivos, en lugar de al superior jerárquico, según prevé el artículo 12. (art. 12)
Atribuciones de la Gerencia según Norma Foral 4/2001
La Gerencia del IFAS ejerce, en las materias de su competencia, las atribuciones que le encomienda la Norma Foral 4/2001, de 30 de mayo, sobre modificación de los Estatutos del Instituto, conforme al artículo 13. (art. 13)
Dicha Norma Foral 4/2001 es la que modifica los Estatutos del Instituto Foral de Asistencia Social de Bizkaia, sirviendo de marco de referencia para las atribuciones específicas de la Gerencia mencionadas en el artículo 13. (art. 13)
Dirección y administración del IFAS
Corresponde a la Gerencia la dirección y administración del IFAS, bajo la dependencia de la Presidencia y de la Junta de Gobierno, en el ámbito de sus respectivas competencias, conforme al artículo 14 del Reglamento. (art. 14)
La Gerencia debe elaborar y someter a la Junta de Gobierno el anteproyecto de presupuestos del IFAS, entre otras competencias que le atribuye el artículo 14 del Reglamento del Instituto. (art. 14)
Sustitución de la Gerencia por las Direcciones de Servicios
Las Direcciones de Servicios Asistenciales y Generales pueden sustituir a la Gerencia en caso de ausencia, en las funciones que les asigne la propia Gerencia, la Presidencia o la Junta de Gobierno, según el artículo 15. (art. 15)
Entre sus competencias figura proponer los objetivos de los programas, servicios y centros de su competencia, conforme al artículo 15 del Reglamento del IFAS aplicable a las Direcciones de Servicios. (art. 15)
Participación en la estrategia del Instituto
Las Direcciones de Servicios deben participar en la definición y revisión de la estrategia del Instituto, como responsabilidad añadida a las generales establecidas en el artículo 11 del Reglamento del IFAS. (art. 16)
También son responsables de la investigación, desarrollo e innovación en lo referente a los ámbitos a su cargo, según establece el artículo 16 respecto de las Direcciones de Servicios. (art. 16)
Dependencia de la Subdirección de Recursos Humanos
La Subdirección de Recursos Humanos ocupa puesto de dirección y mando bajo dependencia directa de la Dirección de Servicios Generales, con competencias adicionales a las generales del artículo 10 del Reglamento. (art. 17)
Entre sus competencias en materia de recursos, la Subdirección puede proponer los expedientes de contratación administrativa en el área de su incumbencia, conforme al artículo 17 del Reglamento. (art. 17)
Estrategia de las Áreas de RRHH
La Subdirección de Recursos Humanos debe participar en la definición y revisión de la estrategia de las Áreas de su competencia, como responsabilidad propia de su cargo según el artículo 18. (art. 18)
Asimismo debe liderar la investigación, desarrollo e innovación en el ámbito de su actuación, conforme a las responsabilidades adicionales que el artículo 18 atribuye a la Subdirección de RRHH. (art. 18)
Dependencia de la Jefatura de Área
El Jefe o la Jefa de Área ocupa puesto de dirección y mando bajo dependencia directa de la Subdirección y/o Dirección de Servicios correspondiente, según establece el artículo 19 del Reglamento. (art. 19)
En materia de personas, la Jefatura de Área puede proponer la sustitución del personal a su cargo conforme a las determinaciones del Instituto en dicha materia, según el artículo 19. (art. 19)
Participación en la estrategia del Área
La Jefatura de Área debe participar en la definición y revisión de la estrategia de su Área, como responsabilidad adicional a las del artículo 11 del Reglamento del IFAS. (art. 20)
En materia de personas, la Jefatura de Área tiene la responsabilidad de emitir informe de hechos susceptibles de reproche disciplinario, conforme al artículo 20 del Reglamento. (art. 20)
Dependencia de la Dirección de Centro
El Director o la Directora de Centro ocupa puesto de dirección y mando bajo dependencia directa de la Dirección de Servicios Asistenciales, según dispone el artículo 21 del Reglamento. (art. 21)
En materia de personas, la Dirección de Centro puede proponer, si hubiera lugar, la apertura de expedientes disciplinarios frente a las personas de su plantilla, conforme al artículo 21. (art. 21)
Participación en el Plan de Centro
La Dirección de Centro debe participar en la definición y revisión de la estrategia del Centro, plasmada en el correspondiente Plan de Centro, según establece el artículo 22 del Reglamento. (art. 22)
En materia de recursos, la Dirección de Centro es responsable de emitir informe acerca de las necesidades presupuestarias del centro, conforme a lo previsto en el artículo 22. (art. 22)
Definición de mando intermedio
Se entiende por mando intermedio quien ocupa puesto que ha de gestionar personas, existiendo esta figura en los centros del IFAS según su dimensión, conforme al artículo 23 del Reglamento. (art. 23)
Los centros del IFAS disponen de mandos intermedios en función de su dimensión, estructurándose y dependiendo según se detalla en el artículo 23, que exige aplicar el artículo 12 si faltan figuras. (art. 23)
Dependencia de los mandos intermedios de centro
Los mandos intermedios de los centros ocupan su puesto bajo dependencia directa de la Dirección o responsable del centro o servicio correspondiente, conforme al artículo 24 del Reglamento. (art. 24)
En materia de organización, los mandos intermedios pueden proponer a la Dirección del Centro la necesidad de creación, extinción o modificación de programas o servicios de su competencia, según el artículo 24. (art. 24)
Participación de mandos intermedios en el Plan de Centro
Los mandos intermedios deben participar en la definición y revisión de la estrategia del centro, reflejada en el Plan de Centro, como responsabilidad establecida en el artículo 25 del Reglamento. (art. 25)
En materia de personas, los mandos intermedios pueden disponer y autorizar, de forma motivada, la movilidad interna del personal a su cargo, según prevé el artículo 25 del Reglamento. (art. 25)
Doble estructura del IFAS
El IFAS se estructura en Servicios Centrales y Servicios Descentralizados, conforme establece el artículo 26 del Reglamento, sirviendo esta distinción como base organizativa general para el resto del articulado del Título Tercero. (art. 26)
Tras enunciar esta doble estructura, el Reglamento dedica una Sección Primera a regular específicamente los Servicios Centrales del Instituto, antes de abordar en secciones posteriores los servicios descentralizados. (art. 26)
Estructura de los Servicios Centrales
Los Servicios Centrales del IFAS se estructuran en Gerencia, Dirección de Servicios Asistenciales y Dirección de Servicios Generales, con sus respectivas dependencias, conforme al detalle del artículo 27 del Reglamento. (art. 27)
Dentro de la Dirección de Servicios Generales se integra la Subdirección de Recursos Humanos, con sus áreas de selección, gestión administrativa, formación, prevención y nóminas, según detalla el artículo 27. (art. 27)
Estructura funcional de los centros descentralizados
Los centros de Servicios Descentralizados se estructuran funcionalmente según la tipología de usuario, la dimensión del centro y los perfiles profesionales existentes, conforme establece el artículo 28 del Reglamento. (art. 28)
La estructura funcional descrita para los centros no precisa de puestos de responsabilidad que integren la titularidad de cada una de las áreas, según aclara expresamente el artículo 28. (art. 28)
Hogares convivenciales para infancia y adolescencia
Los centros de Servicios Descentralizados para la Infancia y la Adolescencia adoptan la forma de Hogares convivenciales conforme a lo previsto en el artículo 29 del Reglamento del IFAS. (art. 29)
Estos Hogares convivenciales se estructuran bajo la dependencia de la dirección de acogimiento residencial, según establece este artículo, sin que se prevea una dirección de centro independiente para ellos. (art. 29)
Misión de la Gerencia
La Gerencia tiene como misión gestionar el Instituto para ejecutar programas específicos y actividades de fomento, prestacionales o de gestión de servicios públicos, encomendadas por los órganos del Territorio Histórico de Bizkaia. (art. 30)
Entre sus objetivos figura disponer de modelos de atención avanzados, eficientes, innovadores e integrados en la comunidad, que promuevan la calidad de vida de las personas usuarias, conforme al artículo 30. (art. 30)
Misión de la Asesoría Jurídica
La Asesoría Jurídica, bajo responsabilidad del Letrado o Letrada Asesora, tiene como misión ejercer de órgano consultivo y asesor general del IFAS en materia de Derecho, conforme al artículo 31. (art. 31)
Entre sus funciones se encuentra el asesoramiento jurídico, verbal y por escrito, de todos los Órganos, Direcciones y centros del IFAS, tal como recoge el artículo 31 del Reglamento. (art. 31)
Misión de la Oficina Técnica
El Área de la Oficina Técnica tiene como misión gestionar infraestructuras, equipamientos, bienes y recursos tecnológicos para que el IFAS disponga de los medios adecuados para la prestación del servicio, según el artículo 32. (art. 32)
Entre sus objetivos está gestionar la conservación, mantenimiento y reparación de los inmuebles del Instituto y sus instalaciones, garantizando su adecuado estado de conservación y uso, conforme al artículo 32. (art. 32)
Misión del Área de Organización y Mejora
El Área de Organización y Mejora tiene como misión velar por la garantía de los derechos de las personas usuarias y proveer metodología de gestión de valor a la organización, conforme al artículo 33. (art. 33)
Entre sus objetivos figura disponer, implementar y apoyar la metodología adecuada para elaborar, desplegar, evaluar y revisar la política y estrategia del Instituto, según establece el artículo 33. (art. 33)
Misión de la Dirección de Servicios Asistenciales
La Dirección de Servicios Asistenciales tiene como misión satisfacer las necesidades sociales de las personas cuya atención le encomienda el Departamento de Acción Social, gestionando los centros y servicios de ella dependientes, conforme al artículo 34. (art. 34)
Entre sus objetivos está atender a cada persona usuaria conforme al plan individual de apoyos que tenga establecido, adaptando la atención a sus necesidades específicas, según el artículo 34. (art. 34)
Definición de modelos de atención por el Área técnica
El Área técnica de servicios asistenciales define y controla los modelos de atención de los centros y servicios del IFAS, entre otros objetivos recogidos en el artículo 35 del Reglamento. (art. 35)
Asimismo tiene por objeto investigar, desarrollar e innovar en lo referente a los servicios prestados por los centros y servicios dependientes de la Dirección, conforme al artículo 35. (art. 35)
Misión de la Unidad de Acogimiento Residencial
La Unidad de Acogimiento Residencial pertenece a la estructura orgánica del IFAS pero depende funcionalmente del Servicio de Infancia del Departamento de Acción Social, prestando el servicio de acogimiento residencial, según el artículo 36. (art. 36)
Entre sus objetivos está responder, en el ámbito de su competencia, a las necesidades sociales planteadas por el Departamento de Acción Social, conforme dispone el artículo 36 del Reglamento. (art. 36)
Misión de los centros de Servicios Asistenciales
Los centros de la Dirección de Servicios Asistenciales tienen como misión satisfacer las necesidades sociales de las personas cuya atención les encomienda el Departamento de Acción Social, según el artículo 37. (art. 37)
Entre sus objetivos está ser efectivos y eficientes en el cumplimiento de la encomienda de servicio realizada por la Diputación Foral de Bizkaia, conforme al artículo 37 del Reglamento. (art. 37)
Misión de la Dirección de Servicios Generales
La Dirección de Servicios Generales tiene como misión que el IFAS disponga de los medios humanos, económicos, patrimoniales, tecnológicos y archivísticos adecuados para prestar el servicio, conforme al artículo 38. (art. 38)
Entre sus objetivos está elaborar, para su aprobación, el presupuesto anual del IFAS, en coordinación con la Dirección de Servicios Asistenciales, conforme dispone el artículo 38 del Reglamento. (art. 38)
Misión de la Subdirección de Recursos Humanos
La Subdirección de Recursos Humanos tiene como misión proporcionar al IFAS profesionales altamente cualificados para la prestación del servicio, conforme a las políticas de personal establecidas, según el artículo 39. (art. 39)
Entre sus objetivos figura ejecutar eficaz y eficientemente las políticas de personal, régimen jurídico y retributivo, conforme a la normativa vigente en cada momento, según el artículo 39. (art. 39)
Misión del Área de Selección y Provisión
El Área de Selección y Provisión tiene como misión proveer al Instituto de profesionales adecuados para la realización del servicio, conforme establece el artículo 40 del Reglamento del IFAS. (art. 40)
Entre sus objetivos está satisfacer las necesidades del IFAS en cuanto a la selección y provisión de profesionales adecuados a los puestos de trabajo existentes en el Instituto. (art. 40)
Misión del Área de Gestión Administrativa
El Área de Gestión Administrativa tiene como misión gestionar los procedimientos administrativos relacionados con la gestión de personas del Instituto, conforme al artículo 41 del Reglamento. (art. 41)
Entre sus objetivos está sustanciar la tramitación de las licencias y permisos del personal hasta formalizar la propuesta correspondiente, dentro de la gestión administrativa de personas del artículo 41. (art. 41)
Misión del Área de Nóminas y Seguros Sociales
El Área de Nóminas y Seguros Sociales tiene como misión gestionar los procedimientos administrativos relacionados con la nómina y los seguros sociales de las personas de la organización, según el artículo 42. (art. 42)
Entre sus objetivos está realizar la gestión administrativa relacionada con la seguridad social de las personas contratadas por el Instituto, incluyendo las altas y bajas correspondientes, según el artículo 42. (art. 42)
Misión del Área de Formación, Euskera e Igualdad
El Área de Formación, Euskera e Igualdad tiene como misión garantizar que el conocimiento y aptitud de las personas de la organización sean adecuados para el servicio, conforme al artículo 43. (art. 43)
Entre sus objetivos figura elaborar, implementar y evaluar los Planes de Formación del Instituto, como instrumento para cualificar a las personas de la organización, según el artículo 43. (art. 43)
Misión del Área de Prevención de Riesgos Laborales
El Área de Prevención de Riesgos Laborales tiene como misión asegurar que los procesos, técnicas y equipamientos sean seguros para las personas del IFAS, conforme al artículo 44 del Reglamento. (art. 44)
Entre sus objetivos está la prevención, vigilancia, promoción, conservación y mejora de la salud de las personas del IFAS ante riesgos genéricos y específicos de sus trabajos, según el artículo 44. (art. 44)
Misión del Área de Contratación y Patrimonio
El Área de Contratación y Patrimonio tiene como misión gestionar los recursos patrimoniales, su documentación y archivo, entre otras materias del IFAS, conforme establece el artículo 45 del Reglamento. (art. 45)
Entre sus objetivos está gestionar los recursos patrimoniales del Instituto y gestionar el Registro general del IFAS, entre otras tareas de registro y archivo documental, según el artículo 45. (art. 45)
Misión del Área Económico-Presupuestaria
El Área Económico-presupuestaria tiene como misión gestionar los recursos económicos del IFAS para que disponga de los medios adecuados para la prestación del servicio, según el artículo 46 del Reglamento. (art. 46)
Entre sus objetivos está elaborar, para su aprobación, el presupuesto anual del IFAS, en coordinación con las personas responsables de la Dirección de Servicios Asistenciales, según el artículo 46. (art. 46)
Trampas de examen
- Aunque la regla general del artículo 12 atribuye las competencias de un puesto vacante, ausente o enfermo a su superior jerárquico, en el caso de jefaturas de área y direcciones de centro dichas competencias pueden atribuirse circunstancialmente a sus homólogos respectivos, rompiendo la regla general. (art. 12)
- Es un error frecuente asumir que todo puesto de la estructura del artículo 7 es una figura de dirección; el artículo 8 aclara que, salvo excepción expresa, el resto de la estructura, incluidos los mandos intermedios, se consideran figuras de mando, no de dirección. (art. 8)
- El artículo 10 distingue la Instrucción General, de naturaleza organizativa sobre criterios generales cuyo alcance puede ser todo o parte del Instituto, de la Instrucción de Servicio, que regula procesos de trabajo; ambas competen a Direcciones de Servicios y Subdirección de RRHH, pero con objetos distintos. (art. 10)
- Puede pensarse que la Unidad de Acogimiento Residencial depende jerárquicamente solo del IFAS, pero el artículo 36 precisa que, perteneciendo a su estructura orgánica, está dependiente funcionalmente del Servicio de Infancia del Departamento de Acción Social, lo que condiciona su funcionamiento. (art. 36)
- A diferencia de las Direcciones de Servicios, que dependen directamente de la Gerencia, el artículo 17 establece que la Subdirección de Recursos Humanos ocupa puesto de dirección y mando bajo la dependencia directa de la Dirección de Servicios Generales, no de la Gerencia. (art. 17)
Chuleta final
- El artículo 14 atribuye a la Gerencia una cláusula de cierre competencial: será competente para ejercer todas las atribuciones y competencias que no se hayan atribuido expresamente al resto de órganos del IFAS, actuando como órgano residual del sistema. (art. 14)
- Conviene recordar que, conforme al artículo 19, el Jefe o la Jefa de Área ocupa puesto de dirección y mando bajo la dependencia directa de la Subdirección y/o Dirección de Servicios correspondiente, nunca directamente de la Gerencia. (art. 19)
- El artículo 23 detalla los mandos intermedios posibles en un centro del IFAS: Supervisor o Supervisora, Gobernante o Gobernanta (con su Subgobernante), Jefe o Jefa de Cocina y Jefe o Jefa de Servicios Técnicos, cada uno en dependencia de la Dirección del Centro. (art. 23)
- Entre sus funciones, el artículo 31 atribuye a la Asesoría Jurídica ejercer la dirección jurídica del Instituto ante los Tribunales de Justicia, en todas sus instancias, sin perjuicio de la utilización de los servicios de Abogados y Procuradores cuando así se disponga. (art. 31)
- El artículo 32 encomienda al Área de la Oficina Técnica implementar y gestionar las NTIC necesarias para la prestación del servicio, junto con la gestión de infraestructuras, equipamientos y bienes del IFAS. (art. 32)
- Conforme al artículo 38, la Dirección de Servicios Generales debe gestionar el registro general del IFAS y también el archivo general del Instituto, entre sus objetivos relativos a documentación y archivo. (art. 38)
- El artículo 43 encomienda al Área de Formación, Euskera e Igualdad impulsar las exigencias legales de igualdad entre mujeres y hombres, además de elaborar los planes de formación y euskaldunización del Instituto. (art. 43)
- El artículo 44 atribuye al Área de Prevención de Riesgos Laborales hacer seguimiento de los planes de emergencia y evacuación, además de evaluar riesgos y formar a las personas del IFAS. (art. 44)
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre figuras de dirección y figuras de mando en el IFAS?
El artículo 8 distingue las figuras de dirección -Gerencia, Direcciones de Servicios, Subdirección de RRHH, Jefaturas de Área y Direcciones de centros- del resto de la estructura del artículo 7, que salvo excepción expresa tiene la consideración de figuras de mando. (art. 8)
¿Quién asume las competencias de un puesto directivo vacante, ausente o enfermo?
Conforme al artículo 12, en caso de vacante, ausencia o enfermedad del titular, sus competencias y responsabilidades corresponden con carácter general a su superior jerárquico, salvo que se trate de jefaturas de área o direcciones de centro, cuyas funciones pueden atribuirse a homólogos. (art. 12)
¿De qué depende funcionalmente la Unidad de Acogimiento Residencial?
Según el artículo 36, la Unidad de Acogimiento Residencial pertenece a la estructura orgánica del IFAS pero depende funcionalmente del Servicio de Infancia del Departamento de Acción Social, prestando el servicio de acogimiento residencial en toda la red de centros de Bizkaia. (art. 36)