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Ficha de estudio · material de estudio

Manual de gestión penitenciaria de Euskadi (Instrucción 1/2021) — A. PRINCIPIO DE INDIVIDUALIZACIÓN CIENTIFICA Y DE

Ficha de estudio sobre Manual de gestión penitenciaria de Euskadi (Instrucción 1/2021) — A. PRINCIPIO DE INDIVIDUALIZACIÓN CIENTIFICA Y DE. Basada en la edición 2021.

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Lectura de estudio basada en el documento de referencia. Los números de fragmento identifican unidades del corpus documental, no artículos de una ley.

Edición de referencia: 2021. Las denominaciones y menciones normativas se leen en el contexto de esa edición; no certifican su vigencia actual.

El mapa del tema

Visión general

La individualización exige valorar duración de la pena, personalidad, historial individual, familiar, social y delictivo, medio probable de retorno y recursos, facilidades y dificultades para el éxito del tratamiento. (fragmento documental 1)

Fragmento documental 1: clasificación inicial

El principio de individualización científica permite clasificar inicialmente a la persona penada en cualquier grado, incluido el tercero, dentro de un sistema de clasificación caracterizado por su flexibilidad. (fragmento documental 1)

No puede mantenerse a una persona interna en un grado inferior cuando la evolución de su tratamiento haga procedente su progresión, según la formulación expresa recogida en el texto. (fragmento documental 1)

Fragmento documental 2: presupuesto de la ejecución

La actividad de clasificación de las personas penadas constituye el presupuesto para ejecutar la pena y delimita el marco jurídico y regimental donde se desarrolla el tratamiento resocializador. (fragmento documental 2)

Tras asumir el Gobierno Vasco la competencia en ejecución penal y penitenciaria, el texto identifica la necesidad de revisar el sistema para ajustarlo más eficazmente a las necesidades de gestión. (fragmento documental 2)

Trampas de examen

  • Es incorrecto afirmar que la clasificación inicial deba situarse necesariamente en segundo grado: el texto establece que puede acordarse en cualquier grado, incluido expresamente el tercero. (fragmento documental 1)
  • Es incorrecto entender que el sistema persigue un tratamiento idéntico para todas las personas penadas: su finalidad declarada es individualizar el tratamiento de cada una de ellas. (fragmento documental 1)
  • La duración de la pena no es el único elemento a considerar en la clasificación, porque el texto exige atender también a las circunstancias concurrentes relativas a la persona penada. (fragmento documental 1)
  • Es incorrecto separar la clasificación de la ejecución penitenciaria: el texto la califica como presupuesto para llevar a efecto la propia ejecución penal. (fragmento documental 2)
  • No corresponde afirmar que el Centro Directivo adopte por sí solo todas las decisiones indicadas: el texto señala que son adoptadas por las Juntas de Tratamiento y requieren aprobación o autorización posterior. (fragmento documental 2)

Chuleta final

  • Memoriza la secuencia finalista: las penas privativas de libertad se orientan hacia reeducación y reinserción social, y esa orientación constituye el fin primordial de su ejecución. (fragmento documental 1)
  • Para recordar los fines institucionales, une la reeducación y reinserción social de personas sentenciadas con la función adicional de retención y custodia. (fragmento documental 1)
  • La clasificación toma en consideración personalidad e historial individual, familiar, social y delictivo; recuerda este bloque como variables propias de la persona penada. (fragmento documental 1)
  • Además de las circunstancias personales, la individualización valora el medio al que probablemente retornará la persona y los recursos, facilidades y dificultades disponibles para el tratamiento. (fragmento documental 1)
  • Asocia flexibilidad del sistema con posibilidad de clasificación inicial en cualquier grado: ambas ideas se presentan conjuntamente al explicar el principio de individualización científica. (fragmento documental 1)
  • El sistema incluye no solo asignación inicial, sino también revisión periódica de grado, modalidad, destino y programa de tratamiento de las personas penadas. (fragmento documental 2)
  • Retén cuatro notas del sistema descrito: normalizado, dinámico, unificado y flexible. Esas cualidades acompañan la formalización de las decisiones de clasificación y destino. (fragmento documental 2)
  • La secuencia operativa indicada es: las Juntas de Tratamiento adoptan las decisiones en los establecimientos y el Centro Directivo interviene mediante aprobación o autorización. (fragmento documental 2)

Preguntas frecuentes

¿Qué finalidad tiene la clasificación en grados de tratamiento?

La finalidad de la clasificación en grados es individualizar el tratamiento de cada persona penada, considerando los elementos que el texto exige valorar para el buen éxito del tratamiento. (fragmento documental 1)

¿Puede una persona interna permanecer en grado inferior si merece progresión?

No. El texto dispone que no se mantendrá a una persona interna en un grado inferior cuando, por la evolución de su tratamiento, resulte merecedora de progresión. (fragmento documental 1)

¿Qué decisiones formaliza el sistema mantenido?

El sistema formaliza las decisiones relativas a asignación y revisión periódica de grado, modalidad, destino y programa de tratamiento de las personas penadas. (fragmento documental 2)

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