Tema canónico · arts. 78-84
Provisión de puestos de trabajo y movilidad
Ficha de estudio para Provisión de puestos de trabajo y movilidad
Lo piden DFA / AFA (tema 25) · GV / IVAP (tema 18) · IFBS Infancia (tema 3) · IFBS TS (tema 7). La ficha y el test son los mismos para todos esos objetivos.
El mapa del tema
El sistema distingue provisión ordinaria mediante concurso o libre designación, movilidad funcionarial general, movilidad protegida por violencia, reglas laborales según convenio y movilidad voluntaria entre Administraciones Públicas. (art. 78)
Procedimientos de provisión
La provisión de puestos en cada Administración Pública se realiza mediante concurso y libre designación, ambos con convocatoria pública. Las leyes de Función Pública pueden añadir otros procedimientos en supuestos concretos de movilidad, permuta, salud, reingreso, cese, remoción o supresión. (art. 78)
Las leyes de Función Pública pueden establecer procedimientos adicionales para determinados supuestos, entre ellos movilidad, permutas, movilidad por salud o rehabilitación, reingreso al administrativa ordinaria en la que la persona funcionaria desempeña efectivamente un puesto o está válidamente adscrita a él con plenitud de derechos y deberes. El art. 1">servicio activo, cese, remoción y supresión de puestos. (art. 78)
Naturaleza del concurso
El concurso es el procedimiento normal de provisión y consiste en valorar méritos, capacidades y, cuando proceda, aptitudes de los candidatos mediante órganos colegiados técnicos. (art. 79)
Los órganos colegiados del concurso deben responder a profesionalidad y especialización, adecuarse a la paridad entre mujer y hombre y funcionar conforme a imparcialidad y objetividad. (art. 79)
Idoneidad en libre designación
La libre designación con convocatoria pública permite al órgano competente apreciar discrecionalmente la idoneidad de los candidatos en relación con los requisitos exigidos para el puesto. (art. 80)
Los titulares de puestos provistos por libre designación con convocatoria pública pueden ser cesados discrecionalmente, pero deben recibir otro puesto conforme al sistema de carrera profesional aplicable. (art. 80)
Movilidad voluntaria ordenada
Cada Administración puede establecer reglas para ordenar la movilidad voluntaria cuando, dentro de su planificación general de recursos humanos, existan sectores prioritarios con necesidades específicas de efectivos. (art. 81)
El traslado por necesidades de servicio o funcionales debe acordarse motivadamente y puede afectar a unidades, departamentos, organismos públicos o entidades distintos del destino del funcionario. (art. 81)
Movilidad por violencia
Las mujeres víctimas de violencia de género o sexual que deban abandonar su puesto tienen derecho a otro puesto análogo de su cuerpo, escala o categoría, sin necesidad de vacante de necesaria cobertura. (art. 82)
En actuaciones y procedimientos relacionados con violencia de género, sexual o terrorista debe protegerse la intimidad de las víctimas, incluidos sus datos personales y los de personas bajo su guarda o custodia. (art. 82)
Personal laboral
La provisión y movilidad del personal laboral se rigen por los convenios colectivos aplicables. Solo cuando estos no establezcan reglas propias se aplica el sistema correspondiente al personal funcionario de carrera. (art. 83)
A falta de regulación en los convenios colectivos, la provisión de puestos y movilidad del personal laboral se realizan conforme al sistema de provisión y movilidad del personal funcionario de carrera. (art. 83)
Finalidad interadministrativa
La Administración General del Estado, las comunidades autónomas y las entidades locales deben establecer medidas de movilidad interadministrativa para lograr un mejor aprovechamiento de los recursos humanos y garantizar la eficacia del servicio. (art. 84)
Cuando cesa el funcionario en un puesto obtenido por libre designación en otra Administración, esta puede adscribirlo a otro puesto durante el plazo máximo de un mes. (art. 84)
Trampas de examen
- El concurso no se define por una apreciación discrecional de idoneidad, sino por la valoración de méritos, capacidades y, en su caso, aptitudes mediante órganos colegiados técnicos. (art. 79)
- La libre designación con convocatoria pública no impide el cese discrecional de sus titulares; sin embargo, el cese lleva aparejada la asignación de un puesto conforme al sistema de carrera profesional. (art. 80)
- El traslado reconocido a víctimas de violencia de género o sexual tiene expresamente la consideración de traslado forzoso, aunque se conceda para hacer efectiva su protección o asistencia social integral. (art. 82)
- Para el personal laboral, el sistema funcionarial no es la regla inicial: primero se aplican los convenios colectivos y solo en defecto de estos opera el sistema de provisión y movilidad funcionarial. (art. 83)
- Tras el cese en un puesto obtenido por libre designación en otra Administración, si no se acuerda adscripción ni se comunica que no será efectiva, el funcionario debe solicitar el reingreso dentro del plazo máximo previsto. (art. 84)
Chuleta final
- Recuerda la secuencia básica: principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad; después, concurso o libre designación, siempre con convocatoria pública. (art. 78)
- La palabra clave del artículo 79 es “normal”: el concurso constituye el procedimiento normal de provisión y se apoya en la valoración de méritos, capacidades y aptitudes. (art. 79)
- Para recordar las garantías del concurso, une profesionalidad, especialización, paridad, imparcialidad y objetividad como características exigidas al órgano colegiado técnico. (art. 79)
- La libre designación se basa en una apreciación discrecional de idoneidad respecto de los requisitos del puesto y se reserva a puestos de especial responsabilidad y confianza. (art. 80)
- En una necesidad urgente e inaplazable, los puestos pueden proveerse provisionalmente, pero deben convocarse públicamente dentro del plazo fijado por las normas aplicables. (art. 81)
- En la movilidad por violencia de género o sexual no se exige que el puesto de destino sea una vacante de necesaria cobertura, siempre que sea propio y de características análogas. (art. 82)
- La regla mnemotécnica para personal laboral es convenio primero y sistema funcionarial después: el segundo solo se utiliza cuando falta regulación convencional aplicable. (art. 83)
- Tras determinadas situaciones derivadas del cese en destino interadministrativo, el funcionario debe solicitar el reingreso al servicio activo en su Administración de origen dentro del plazo máximo de un mes. (art. 84)
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el procedimiento normal de provisión?
El procedimiento normal de provisión de puestos de trabajo es el concurso, que consiste en valorar los méritos y capacidades y, en su caso, las aptitudes de los candidatos por órganos colegiados técnicos. (art. 79)
¿Puede cesarse discrecionalmente a quien ocupa un puesto de libre designación?
Sí. Los titulares de puestos provistos por libre designación con convocatoria pública pueden ser cesados discrecionalmente. En caso de cese, debe asignárseles un puesto conforme al sistema de carrera profesional propio de la Administración. (art. 80)
¿Qué ocurre si no se solicita el reingreso a tiempo?
Si el funcionario no solicita el reingreso al servicio activo en su Administración de origen dentro del plazo máximo de un mes, será declarado de oficio en situación de excedencia voluntaria por interés particular. (art. 84)