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Tema canónico · arts. 85-86

Concepto y modalidades de carrera profesional en las administraciones públicas vascas

Ficha de estudio para Concepto y modalidades de carrera profesional en las administraciones públicas vascas

4 min de lectura

Lo piden Bilbao (tema 23) · Leioa (tema 22) · DFG / GFA (tema 28). La ficha y el test son los mismos para todos esos objetivos.

El mapa del tema

El artículo 85 define la carrera profesional, sus finalidades, ámbito de desarrollo, negociación colectiva, formación y régimen del personal laboral. El artículo 86 enumera cuatro modalidades para el personal funcionario y permite sistemas verticales, horizontales o mixtos con perspectiva de género. (art. 85, art. 86)

Definición de carrera profesional

El artículo 85 configura la carrera profesional como un conjunto planificado de oportunidades de mejora, movilidad y expectativas de progreso profesional, regulado por los principios de igualdad, mérito y capacidad. (art. 85)

El artículo 85 atribuye a las administraciones públicas vascas el deber de proveer la formación necesaria para que el personal funcionario pueda progresar en su desempeño y expectativas profesionales, integrando la perspectiva de género en sus políticas de recursos humanos. (art. 85)

Modalidades enumeradas

El artículo 86.1 enumera cuatro modalidades mediante las que puede hacerse efectiva la carrera profesional del personal funcionario: carrera vertical, carrera horizontal, promoción interna vertical y promoción interna horizontal. (art. 86)

El artículo 86.2 permite a las administraciones públicas vascas establecer sistemas de carrera profesional verticales, horizontales o mixtos, incorporando en ellos la perspectiva de género. (art. 86)

Trampas de examen

  • Es incorrecto reducir la carrera profesional a la movilidad. El artículo 85 incluye conjuntamente oportunidades de mejora, oportunidades de movilidad y expectativas de progreso profesional, dentro de un conjunto planificado. (art. 85)
  • La carrera profesional no se circunscribe necesariamente al puesto de trabajo actual. El artículo 85 contempla la progresión en distintas administraciones públicas vascas, conforme a lo previsto en la ley. (art. 85)
  • No es correcto afirmar que la carrera profesional solo puede ser vertical. El artículo 86 contempla cuatro modalidades y permite, además, sistemas horizontales o mixtos. (art. 86)
  • Es incorrecto omitir la perspectiva de género en los sistemas de carrera que establezcan las administraciones públicas vascas, porque el artículo 86.2 exige integrarla en los sistemas verticales, horizontales o mixtos. (art. 86)
  • Las normas que fijen los criterios generales en materia de carrera profesional son objeto de negociación colectiva. Por tanto, no se trata de una materia excluida de dicha negociación. (art. 85)

Chuleta final

  • La carrera profesional se regula conforme a igualdad, mérito y capacidad. Estos tres principios aparecen expresamente vinculados a su configuración legal. (art. 85)
  • La carrera profesional sirve también como instrumento de gestión de personas en la administración pública, orientado a promover un desempeño eficaz, eficiente y productivo. (art. 85)
  • La progresión profesional del personal funcionario de carrera puede desarrollarse en las distintas administraciones públicas vascas, según lo previsto en la ley. (art. 85)
  • La formación debe permitir progresar tanto en el desempeño como en las expectativas de promoción y desarrollo profesional del personal funcionario de carrera. (art. 85)
  • La formación puede favorecer la progresión profesional en el puesto de trabajo o en agrupaciones de puestos de trabajo determinadas organizativamente. (art. 85)
  • La carrera profesional y la promoción interna del personal laboral se hacen efectivas mediante los procedimientos previstos en la legislación laboral y conforme a los convenios colectivos correspondientes. (art. 85)
  • Las administraciones públicas vascas pueden establecer sistemas mixtos de carrera profesional, además de sistemas verticales u horizontales, integrando la perspectiva de género. (art. 86)
  • La promoción interna vertical figura expresamente entre las modalidades mediante las que puede hacerse efectiva la carrera profesional del personal funcionario. (art. 86)

Preguntas frecuentes

¿Quién tiene derecho a la promoción profesional?

El derecho a la promoción profesional corresponde al personal funcionario de carrera. El artículo 85 lo reconoce expresamente al iniciar la regulación del concepto de carrera profesional. (art. 85)

¿Qué modalidades enumera el artículo 86?

El artículo 86 enumera carrera profesional vertical, carrera profesional horizontal, promoción interna vertical y promoción interna horizontal como modalidades de la carrera profesional del personal funcionario. (art. 86)

¿Qué sistemas pueden establecer las administraciones?

Las administraciones públicas vascas pueden establecer sistemas de carrera profesional verticales, horizontales o mixtos. En cualquiera de esos sistemas debe integrarse la perspectiva de género. (art. 86)

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