Tema canónico · arts. 42-54
Responsabilidades y sanciones
Ficha de estudio para Responsabilidades y sanciones
Lo piden Bilbao (tema 6) · Bilbao aux. (tema 8) · Bilbao TS (tema 8) · Getxo (tema 6). La ficha y el test son los mismos para todos esos objetivos.
El mapa del tema
El régimen conecta responsabilidades por incumplimientos, requerimientos de subsanación, paralización inmediata ante riesgo grave e inminente, medidas correctoras administrativas y límites para contratar con la Administración. (art. 42, art. 43, art. 44, art. 54)
Responsabilidades compatibles del artículo 42
Las responsabilidades administrativas procedentes del procedimiento sancionador son compatibles con indemnizaciones por daños y perjuicios y con el recargo de prestaciones económicas de la Seguridad Social. (art. 42)
El artículo 42 vincula las responsabilidades civiles a los daños y perjuicios que puedan derivarse del incumplimiento empresarial de obligaciones en prevención de riesgos laborales. (art. 42)
Regla de requerimiento del artículo 43
Si el Inspector comprueba una infracción preventiva, debe requerir al empresario la subsanación de las deficiencias observadas, sin perjuicio de la propuesta de sanción que corresponda. (art. 43)
El requerimiento inspector se comunica por escrito al empresario presuntamente responsable, identifica anomalías o deficiencias y señala un plazo de subsanación; también se comunica a los Delegados de Prevención. (art. 43)
Presupuesto de la paralización inmediata
El Inspector puede ordenar la paralización inmediata cuando considere que la inobservancia de la normativa preventiva implica un riesgo grave e inminente para seguridad y salud. (art. 44)
La empresa debe cumplir inmediatamente la decisión de paralización, aunque puede impugnarla ante la autoridad laboral dentro de tres días hábiles; la resolución dispone de un máximo de veinticuatro horas. (art. 44)
Personal civil de las Administraciones públicas
En las relaciones del personal civil al servicio de las Administraciones públicas, las infracciones generan responsabilidades mediante la imposición de medidas correctoras por resolución de la autoridad competente. (art. 45)
En la Administración General del Estado, el procedimiento se inicia por el órgano competente de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social por orden superior, propia iniciativa o petición representativa. (art. 45)
Autoridad competente para suspensión o cierre
El Gobierno o los órganos de gobierno autonómicos competentes pueden acordar la suspensión temporal de actividades laborales y, en caso extremo, el cierre del centro de trabajo. (art. 53)
La suspensión de actividades o el cierre del centro no perjudican el pago del salario ni las indemnizaciones procedentes, y pueden adoptarse medidas para garantizar tales obligaciones económicas. (art. 53)
Objeto de las limitaciones contractuales
El artículo 54 contempla limitaciones a la facultad de contratar con la Administración cuando se hayan cometido delitos o infracciones administrativas muy graves de seguridad y salud laboral. (art. 54)
Las limitaciones para contratar con la Administración previstas por delitos o infracciones administrativas muy graves en seguridad y salud laboral se rigen por la Ley 13/1995 indicada expresamente. (art. 54)
Trampas de examen
- No debe confundirse el requerimiento de subsanación con una alternativa excluyente a la sanción: el artículo preserva expresamente la posible propuesta de sanción correspondiente. (art. 43)
- La paralización inspectora no se vincula a cualquier incumplimiento preventivo: el presupuesto expresamente formulado es un riesgo grave e inminente para seguridad y salud de trabajadores. (art. 44)
- La empresa responsable debe informar inmediatamente de la paralización a trabajadores afectados y órganos representativos indicados; no basta con recibir la medida sin realizar esa comunicación. (art. 44)
- Si persisten los hechos infractores tras incumplirse un requerimiento, el Inspector levantará acta de infracción por esos hechos cuando no la hubiera efectuado inicialmente. (art. 43)
- El empresario puede levantar la paralización cuando subsane sus causas, pero debe comunicarlo inmediatamente a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social; no es una actuación sin comunicación posterior. (art. 44)
Chuleta final
- Para memorizar el artículo 42, retén que las responsabilidades administrativas sancionadoras son compatibles tanto con indemnizaciones por daños como con recargos de prestaciones económicas de Seguridad Social. (art. 42)
- El requerimiento del artículo 43 se fija en tres datos: escrito dirigido al empresario, anomalías indicadas con plazo de subsanación y conocimiento para Delegados de Prevención. (art. 43)
- En la impugnación de una paralización, memoriza la secuencia temporal literal: tres días hábiles para impugnar ante la autoridad laboral y veinticuatro horas como plazo máximo de resolución. (art. 44)
- La paralización puede ser levantada por la Inspección que la decretó o por el empresario tras subsanar las causas; si actúa este último, existe comunicación inmediata obligatoria. (art. 44)
- Tras su actuación en el procedimiento administrativo estatal, la Inspección formula requerimiento sobre medidas y plazo, que se traslada a la unidad inspeccionada para formular alegaciones. (art. 45)
- Si los Ministros competentes discrepan por la aplicación del procedimiento, las actuaciones se elevan al Consejo de Ministros, que adopta la decisión final. (art. 45)
- El artículo 53 ordena la intensidad de las medidas: suspensión de actividades laborales por tiempo determinado y, solo en caso extremo, cierre del centro de trabajo. (art. 53)
- Para el artículo 54, identifica los dos orígenes de la limitación contractual: comisión de delitos o infracciones administrativas muy graves en seguridad y salud laboral. (art. 54)
Preguntas frecuentes
¿Qué debe contener el requerimiento inspector?
Debe comunicarse por escrito al empresario presuntamente responsable, expresar las anomalías o deficiencias apreciadas e indicar el plazo para subsanarlas; además llega a conocimiento de Delegados de Prevención. (art. 43)
¿Quién recibe la decisión de paralización?
La medida se comunica a la empresa responsable, que debe ponerla inmediatamente en conocimiento de trabajadores afectados, Comité de Seguridad y Salud, Delegado de Prevención o representantes del personal. (art. 44)
¿Qué ocurre con salario e indemnizaciones tras un cierre?
El cierre del centro acordado por excepcional gravedad se entiende sin perjuicio del pago salarial o de las indemnizaciones procedentes, así como de las medidas que puedan garantizar esos pagos. (art. 53)