Tema canónico · arts. 156-159
Subsección 2.ª Procedimiento abierto
Ficha de estudio para Subsección 2.ª Procedimiento abierto
Lo piden Bilbao aux. (tema 23) · Leioa (tema 21) · DFG / GFA (tema 22). La ficha y el test son los mismos para todos esos objetivos.
El mapa del tema
Los plazos principales se organizan según el supuesto: treinta y cinco o treinta días en contratos sujetos a regulación armonizada; quince o veintiséis días en contratos no armonizados; veinte días para abrir proposiciones; quince días o dos meses para adjudicar; y plazos específicos en el procedimiento simplificado y su modalidad de menor valor. (art. 156, art. 157, art. 158, art. 159)
Plazos armonizados de presentación
En los procedimientos abiertos sujetos a regulación armonizada, el plazo mínimo de presentación de proposiciones es de treinta y cinco días para obras, suministros y servicios, y de treinta días para concesiones de obras y servicios. El cómputo comienza desde el envío del anuncio de licitación a la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea. (art. 156)
En los contratos de las Administraciones Públicas no sujetos a regulación armonizada, el plazo mínimo general de presentación es de quince días desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el expediente y de la adj">perfil de contratante. Para obras, concesión de obras y concesión de servicios, el mínimo se eleva a veintiséis días. (art. 156)
Documentación y apertura de proposiciones
La Mesa de contratación califica la documentación del artículo 140, que debe presentarse en sobre o archivo electrónico distinto del que contiene la proposición. Después abre y examina las proposiciones y formula la propuesta de adjudicación al órgano de contratación, una vez ponderados los criterios de selección. (art. 157)
Cuando se utilicen varios criterios de adjudicación, la proposición se presenta en dos sobres o archivos electrónicos: uno para los criterios dependientes de juicio de valor y otro para los criterios cuantificables mediante fórmulas. La oferta económica se abre en acto público, salvo previsión de medios electrónicos. (art. 157)
Adjudicación según el criterio del precio
Cuando el precio sea el único criterio para seleccionar al adjudicatario, la adjudicación debe recaer en un plazo máximo de quince días. El cómputo comienza el día siguiente al de la apertura de las proposiciones, conforme a la regla específica establecida para este supuesto. (art. 158)
Cuando se utilice una pluralidad de criterios, o el único criterio sea el menor coste del ciclo de vida, el plazo máximo de adjudicación es de dos meses desde la apertura de las proposiciones, salvo que el pliego de cláusulas administrativas particulares haya establecido otro plazo. (art. 158)
Condiciones del procedimiento simplificado
El procedimiento abierto simplificado puede utilizarse en contratos de obras, suministro y servicios cuando se cumplan simultáneamente las condiciones relativas al valor estimado y a los criterios de adjudicación. La ponderación de los criterios dependientes de juicio de valor tiene límites específicos, incluidos los contratos de prestaciones intelectuales. (art. 159)
En el procedimiento abierto simplificado, la documentación necesaria debe estar disponible por medios electrónicos desde la publicación del anuncio en el perfil de contratante. El plazo mínimo de presentación es de quince días, o de veinte días en contratos de obras, contados desde el día siguiente a dicha publicación. (art. 159)
No confundir
- El procedimiento abierto simplificado mantiene las normas generales del procedimiento abierto en lo no previsto específicamente, pero añade especialidades sobre inscripción registral, garantías, sobres, valoración y requerimientos. Además, su anuncio únicamente precisa publicarse en el perfil de contratante y la documentación debe estar disponible electrónicamente. (art. 159)
Trampas de examen
- La regla general exige que la apertura de la oferta económica se realice en acto público, pero existe una excepción cuando en la licitación puedan emplearse medios electrónicos. Por tanto, no debe afirmarse de forma absoluta que toda oferta económica se abre públicamente. (art. 157)
- La propuesta de adjudicación formulada por la Mesa no crea por sí sola ningún derecho a favor del licitador propuesto frente a la Administración. Si el órgano de contratación se aparta de la propuesta, debe motivar esa decisión, pero la propuesta no vincula en los términos de un derecho adquirido. (art. 157)
- En el procedimiento abierto simplificado declarado de urgencia no se produce la reducción de plazos prevista en la letra b) del apartado 2 del artículo 119. La declaración de urgencia del expediente no activa automáticamente esa reducción dentro de esta modalidad procedimental. (art. 159)
- Los licitadores del procedimiento abierto simplificado no deben constituir garantía provisional. Esta regla pertenece a las especialidades de la tramitación simplificada y no debe confundirse con la garantía definitiva, cuyo régimen aparece regulado separadamente en distintos momentos del procedimiento. (art. 159)
- La apertura de las proposiciones debe efectuarse como máximo dentro de los veinte días siguientes a la finalización del plazo de presentación. Si existen varios sobres o archivos electrónicos, basta para cumplir ese plazo con abrir dentro de él el primero de los que integran la proposición. (art. 157)
Chuleta final
- Recuerda: treinta y cinco días para obras, suministros y servicios; treinta días para concesiones de obras y servicios, siempre en contratos sujetos a regulación armonizada y desde el envío del anuncio a la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea. (art. 156)
- La aceptación de ofertas por medios electrónicos permite reducir en cinco días el plazo general de presentación de proposiciones en contratos de obras, suministros y servicios. Esta reducción aparece expresamente prevista como una de las circunstancias habilitantes del artículo. (art. 156)
- Con pluralidad de criterios, separa la documentación valorable mediante juicio de valor de la documentación cuantificable mediante fórmulas. Esta división en dos sobres o archivos electrónicos permite ordenar la valoración según la naturaleza de cada criterio de adjudicación. (art. 157)
- Los plazos máximos de adjudicación se amplían quince días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites relativos a la justificación de ofertas anormalmente bajas previstos en el artículo 149. La ampliación opera sobre los plazos indicados en los apartados anteriores. (art. 158)
- Si la adjudicación no se produce dentro de los plazos señalados, los licitadores pueden retirar su proposición y obtener la devolución de la garantía provisional, si existiera. La consecuencia se vincula expresamente al vencimiento de los plazos de adjudicación. (art. 158)
- Como regla del procedimiento abierto simplificado, los licitadores deben estar inscritos en el registro oficial correspondiente en la fecha final de presentación de ofertas, siempre que no se limite la concurrencia. También puede admitirse la solicitud de inscripción presentada con anterioridad y acreditada conforme al artículo. (art. 159)
- En la tramitación simplificada para contratos de menor valor, la oferta se entrega en un único sobre o archivo electrónico y se evalúa exclusivamente mediante criterios cuantificables por fórmulas establecidas en los pliegos. No se contempla valoración dependiente de juicio de valor. (art. 159)
- La tramitación simplificada específica para determinados contratos de menor valor no exige constituir garantía definitiva. Esta dispensa se configura como una especialidad propia de esa tramitación y debe distinguirse de la regulación general del procedimiento abierto simplificado. (art. 159)
Preguntas frecuentes
¿Cuándo puede reducirse el plazo general?
En obras, suministros y servicios, el plazo general puede reducirse por anuncio previo de información, por urgencia en los términos del artículo 119 o por aceptación de ofertas electrónicas. En concesiones de obras y servicios solo puede reducirse cuando concurra la circunstancia relativa a la presentación electrónica. (art. 156)
¿Qué ocurre si no se adjudica dentro de plazo?
Si la adjudicación no se produce dentro del plazo correspondiente, los licitadores tienen derecho a retirar su proposición y a la devolución de la garantía provisional, cuando exista. La consecuencia se aplica tanto al supuesto de criterio único basado en el precio como al de pluralidad de criterios. (art. 158)
¿Qué exige la modalidad simplificada de menor valor?
En contratos de menor valor comprendidos en el artículo, el plazo mínimo es de diez días hábiles, salvo compras corrientes de bienes disponibles en el mercado, cuyo plazo es de cinco días hábiles. Además, se exime la acreditación de solvencia y no se requiere garantía definitiva. (art. 159)