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FICHA DE ESTUDIO PÚBLICA

Capítulo I — derechos y deberes de la ciudadanía

Decreto 91/2023, de atención integral y multicanal a la ciudadanía · arts. 7–14

Lee, relaciona las ideas y vuelve a los puntos que necesites repasar.

10 min de lectura
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El mapa del tema

Visión general

Según el artículo 7 del Decreto, los ciudadanos disfrutan del derecho a "A recibir la información y atención de forma clara y fácilmente comprensible, mediante la utilización de lenguaje claro en todas las modalidades, medios, canales y soportes", lo que garantiza que la administración vasca debe ofrecer información comprensible en todos sus canales. (art. 7)

Derecho a formularios sencillos según el artículo 7

El artículo 7 reconoce que la ciudadanía tiene derecho "k) A formularios, instancias y solicitudes sencillos, diseñados con criterios de lenguaje claro", facilitando la participación administrativa sin complejidades innecesarias. (art. 7)

El artículo 7 establece que la ciudadanía debe ser tratada sin discriminación por razón de "origen, religión, orientación sexual, opinión o cualquier otra circunstancia personal o social", asegurando igualdad en el trato administrativo. (art. 7)

Deber de respetar normas de oficinas de atención según el artículo 8

Según el artículo 8, la ciudadanía tiene el deber de "c) Respetar en todo momento las normas de las oficinas de atención a la ciudadanía y de asistencia en materia de registro", lo que implica seguir las reglas establecidas en los centros de atención pública. (art. 8)

Según el artículo 8, la ciudadanía tiene el deber de ser puntual y acudir el día y en la hora de la cita presencial y avisar en caso de no poder, tal como establece: “indicaciones del personal. b) Ser puntual y acudir el día y en la hora de la cita presencial y avisar en caso de no poder”. Este deber ayuda a organizar los servicios públicos y a respetar el tiempo de los funcionarios y otros usuarios. (art. 8)

Derecho a no aportar documentos y consulta de la administración según artículo 9

Según el artículo 9, cuando una persona ejerce su derecho de no aportar documentos, la administración está obligada a consultar o recabar y verificar los datos que requiera el procedimiento, tal como indica: “se consultarán o recabarán y verificarán los datos o documentos que requiera el procedimiento”. Esto garantiza que el interesado no tenga que presentar documentación ya existente en manos de la administración. (art. 9)

Según el artículo 9, el derecho de oposición al tratamiento obliga al interesado a alegar expresamente los motivos en que basa dicha oposición, los cuales serán ponderados por el responsable del tratamiento, como señala: “que les asiste. Este derecho de oposición, requerirá que el interesado alegue expresamente los”. Esta exigencia asegura que cualquier objeción esté fundamentada y evaluada adecuadamente. (art. 9)

Disponibilidad bilingüe de contenidos web según artículo 10

Según el artículo 10, los contenidos, servicios e información ofrecidos a través de los portales web y la sede electrónica estarán disponibles, al menos, en las dos lenguas oficiales de Euskadi, tal como establece: “través de los portales web y la sede electrónica estarán disponibles, al menos, en las dos lenguas”. Esto asegura que cualquier usuario pueda acceder en euskera o castellano según su preferencia. (art. 10)

Article 10 establishes that citizens may choose Basque or Spanish for administrative procedures, as shown by: “La persona interesada elegirá el idioma, euskera o castellano, para realizar trámites y recibir comunicaciones y notificaciones de la Administración.” (art. 10)

Uso obligatorio de lenguaje no sexista en documentos públicos según artículo 11

Article 11 mandates that every public sector document use non‑sexist language and present a balanced image of both sexes, as stated: “Toda información, contenido o documento del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en cualquier soporte y modalidad, hará un uso no sexista del lenguaje y mantendrá una presencia equilibrada y una imagen plural de ambos sexos, al margen de los estereotipos sexistas.” (art. 11)

Article 11 requires that all institutional communication maintain a balanced image of both sexes, avoiding sexist stereotypes, as expressed: “hará un uso no sexista del lenguaje y mantendrá una presencia equilibrada y una imagen plural de ambos sexos, al margen de los estereotipos sexistas.” (art. 11)

Derecho a información clara y fácil de encontrar según artículo 12

Article 12 requires that public information enable users to find quickly and easily what they need, as prescribed: “a) Encontrar rápida y fácilmente la información que necesita.” (art. 12)

El artículo 12 establece que el lenguaje utilizado en la información y atención a la ciudadanía debe permitir «a) Encontrar rápida y fácilmente la información que necesita», facilitando así la autonomía de los usuarios para acceder a los servicios sin ayuda externa. (art. 12)

Versiones de lectura fácil para colectivos con diversidad funcional según el artículo 13

Según el artículo 13, el sector público vasco velará especialmente por la utilización de versiones de lectura fácil en contenidos dirigidos a colectivos con diversidad funcional, como personas con dificultades cognitivas o de comprensión, personas mayores y personas inmigrantes, tal como establece: «4.– Se velará especialmente por la utilización de versiones de lectura fácil en aquellos contenidos o servicios particularmente dirigidos a los colectivos con diversidad funcional, como personas». (art. 13)

El artículo 13 obliga al sector público vasco a garantizar la accesibilidad a las instalaciones y espacios físicos de atención a la ciudadanía y a promover los sistemas de comunicación, en particular para las personas con especiales dificultades, según establece: «instalaciones y espacios físicos de atención a la ciudadanía, y promoverá los sistemas de comunicación y en particular a las personas con especiales dificultades en los términos que establece». (art. 13)

Función esencial de oficinas de registro y asistencia electrónica según el artículo 14

Según el artículo 14, incluso en situaciones extraordinarias se garantizará la función esencial de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro y la asistencia en el uso de los medios electrónicos, tal como establece: «En cualquier caso, se garantizará la función esencial de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro y la asistencia en el uso de los medios electrónicos.» (art. 14)

Article 14 requires that the competent organs adopt the decisions "necesarias para garantizar, en dichas circunstancias, el acceso a la información y la orientación" to ensure information access and orientation. (art. 14)

Trampas de examen

  • Según el artículo 8, la ciudadanía debe cumplir con el deber de "c) Respetar en todo momento las normas de las oficinas de atención a la ciudadanía y de asistencia en materia de registro", lo que implica seguir las reglas establecidas en los centros de atención pública para garantizar un orden adecuado. (art. 8)
  • Según el artículo 9, cuando una persona ejerce su derecho de no aportar documentos, la administración está obligada a "se consultarán o recabarán y verificarán los datos o documentos que requiera el procedimiento", garantizando que la información necesaria se obtenga sin cargar al interesado. (art. 9)
  • Según el artículo 10, "Los contenidos, servicios e información que se pongan a disposición de la ciudadanía a través de los portales web y la sede electrónica estarán disponibles, al menos, en las dos lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma de Euskadi", asegurando la presencia bilingüe en línea. (art. 10)
  • Según el artículo 7 del Decreto, los ciudadanos tienen derecho "g) A la accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles", lo que obliga al sector público vasco a garantizar que sus portales y apps sean utilizables por todos, incluyendo personas con discapacidad, mediante diseño adaptable y cumplimiento de normas de accesibilidad. (art. 7)
  • Según el artículo 8 del Decreto, la ciudadanía debe cumplir el deber de "b) Ser puntual y acudir el día y en la hora de la cita presencial y avisar en caso de no poder", asegurando que las administraciones puedan organizar sus servicios sin esperas innecesarias y respetando el tiempo de los funcionarios y otros usuarios. (art. 8)

Chuleta final

  • Según el artículo 9 del Decreto, la administración debe informar a los interesados "Asimismo, se informará a las personas interesadas, del derecho de oposición al tratamiento", de modo que los ciudadanos conozcan su posibilidad de oponerse al uso de sus datos y presentar alegaciones fundadas. (art. 9)
  • Según el artículo 12 del Decreto, el sector público debe asegurar que los textos permitan "a) Encontrar rápida y fácilmente la información que necesita", facilitando así la autonomía de los usuarios para acceder a servicios y trámites sin necesidad de asistencia adicional. (art. 12)
  • El artículo 13 ordena velar especialmente por versiones de lectura fácil en contenidos dirigidos a colectivos con diversidad funcional. La norma cita expresamente a "personas con dificultades cognitivas o de comprensión, personas mayores, y personas inmigrantes" como destinatarios prioritarios de esta adaptación de la información administrativa. (art. 13)
  • El artículo 11 impone a todo documento, en cualquier soporte, hacer "un uso no sexista del lenguaje y mantendrá una presencia equilibrada y una imagen plural de ambos sexos, al margen de los estereotipos sexistas", de modo que la igualdad de imagen se exige en cualquier modalidad comunicativa. (art. 11)
  • El artículo 14 establece que, incluso en emergencias, "se garantizará la función esencial de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro y la asistencia en el uso de los medios electrónicos", manteniendo en la medida de lo posible la atención presencial como servicio básico. (art. 14)
  • El artículo 7 reconoce que "la persona podrá ejercitar en cualquier momento sus derechos de información, acceso, rectificación" y cancelación "directamente a través del Sistema Integral de Atención a la Ciudadanía", incluyendo además "el derecho a la limitación del tratamiento" de sus datos personales. (art. 7)
  • Según el artículo 7, los ciudadanos tienen derecho a: j) A recibir la información y atención de forma clara y fácilmente comprensible, mediante la utilización de lenguaje claro en todas las modalidades, medios, canales y soportes, lo que garantiza comprensión universal. (art. 7)
  • El artículo 11 establece que Toda información, contenido o documento del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en cualquier soporte y modalidad, hará un uso no sexista del lenguaje y mantendrá una presencia equilibrada y una imagen plural de ambos sexos, al margen de los estereotipos sexistas, asegurando igualdad de representación. (art. 11)

Preguntas frecuentes

¿Cómo facilita el lenguaje claro la búsqueda de información según el artículo 12?

Según el artículo 12, el sector público debe asegurar que el lenguaje utilizado permita a) Encontrar rápida y fácilmente la información que necesita, de modo que los usuarios puedan localizar lo que buscan sin ayuda externa y reducir tiempos de gestión. (art. 12)

¿Qué función esencial se garantiza en situaciones extraordinarias según el artículo 14?

Según el artículo 14, incluso en situaciones de emergencia se garantizará la función esencial de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro y la asistencia en el uso de los medios electrónicos, manteniendo servicios básicos pese a la crisis. (art. 14)

¿Qué derechos y deberes establece el Decreto para la ciudadanía en sus relaciones con el sector público vasco?

Según el Decreto, la ciudadanía tiene derecho "j) A recibir la información y atención de forma clara y fácilmente comprensible, mediante la utilización de lenguaje claro en todas las modalidades, medios, canales y soportes", lo que garantiza comprensión universal en sus trámites. (art. 7)

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