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DFB Bomberos (tema 19). La ficha y el test se comparten entre estos objetivos.
El mapa del tema
La respuesta comienza bajo responsabilidad municipal y asciende a un plan territorial más amplio cuando la extensión del riesgo, la emergencia o los recursos exigidos superan la capacidad prevista en el plan actuante. (art. 1)
Aprobación del Plan Foral
El artículo único del Decreto aprueba el Plan Foral de Emergencias del Territorio Histórico de Bizkaia y remite al anexo del propio Decreto para identificar su contenido. (art. 1)
La disposición derogatoria única establece que, desde la entrada en vigor del Decreto Foral, queda derogado el Decreto Foral 130/2010, que regulaba anteriormente el Plan Foral de Emergencias de Bizkaia. (art. 1)
Trampas de examen
- Aunque pueda existir una emergencia, seguimiento, apoyo foral o activación de un plan municipal, la situación 0 no comporta la activación del Plan Foral y puede considerarse fase de alerta. (art. 1)
- La fase de emergencia no exige siempre que los daños ya se hayan materializado: también incluye previsiones suficientemente graves que requieran medidas extraordinarias, aunque todavía no se haya producido la emergencia. (art. 1)
- Si una emergencia afecta solamente a un municipio, la Dirección del PFETHB puede encomendar la coordinación sobre el terreno a la alcaldía, aunque conserva el mando de sus propios medios forales. (art. 1)
- Los distintos órganos intervinientes no están indistintamente autorizados para emitir información oficial: esa función corresponde al Gabinete de Información, que depende directamente de la Dirección del Plan. (art. 1)
- El Plan diferencia los medios, esencialmente móviles e incorporados a los grupos de acción, de los recursos, esencialmente estáticos, cuya disponibilidad facilita o mejora las actuaciones frente a emergencias. (art. 1)
Chuleta final
- La dirección de todas las operaciones del PFETHB corresponde a la persona titular del Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales, salvo que el Diputado General avoque esa función. (art. 1)
- La estructura funcional ordinaria del Plan reúne tres grupos de acción: intervención, logística y apoyo técnico, cuyos integrantes actúan bajo sus mandos naturales dentro de una estructura de mando unificado. (art. 1)
- El Grupo de Intervención combate directamente la causa de la emergencia y actúa sobre puntos críticos para eliminar, reducir o controlar sus efectos y evitar su evolución o propagación. (art. 1)
- El Grupo Logístico proporciona los equipamientos y suministros requeridos por los demás grupos de acción y atiende necesidades derivadas de la evolución del suceso, incluido abastecimiento, transporte y albergue. (art. 1)
- El Grupo de Apoyo Técnico asesora a la Dirección sobre medidas correctoras y reparadoras, control de las causas del riesgo, reducción de consecuencias y rehabilitación de servicios esenciales afectados. (art. 1)
- El CECOP constituye el puesto de mando de la Dirección del Plan y centraliza comunicaciones e información para evaluar la emergencia, coordinar operaciones, transmitir decisiones y mantener contacto con otros centros. (art. 1)
- El Puesto de Mando Avanzado dirige y coordina en el lugar de la emergencia los medios humanos y materiales intervinientes, siguiendo las instrucciones impartidas por la Dirección del Plan. (art. 1)
- La situación 2 exige activar el PFETHB cuando la respuesta municipal resulta insuficiente y se necesitan medios y recursos asignados al Plan, que entonces asume funciones de dirección y coordinación. (art. 1)
Preguntas frecuentes
¿Quién declara las situaciones 1 y 2?
La Dirección del Plan Foral declara tanto la situación 1 como la situación 2, ya sea por iniciativa propia o a petición de los ayuntamientos que estén implicados. (art. 1)
¿Qué debe comunicarse inmediatamente a SOS-Deiak 112?
Deben comunicarse inmediatamente la insuficiencia prevista o comprobada de la capacidad de respuesta, la necesidad urgente de recursos no disponibles y cualquier alcance de la emergencia más allá del Territorio Histórico. (art. 1)
¿Qué ocurre cuando se activa el LABI?
La activación del Plan Territorial de Protección Civil de Euskadi integra los planes municipales que estén activados y también el Plan Foral de Emergencias del Territorio Histórico de Bizkaia. (art. 1)