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FICHA DE ESTUDIO PÚBLICA

Código Deontológico del Trabajo Social (2012) · Capítulo III. Derechos y Deberes: C. Relación con las Instituciones (Artículos 34-47)

Ficha de estudio de Código Deontológico del Trabajo Social (2012) · Capítulo III. Derechos y Deberes: C. Relación con las Instituciones (Artículos 34-47). Recorte documental con fuentes y edición identificadas.

9 min de lecturaFuentes del apartadoActualizado
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El mapa del tema

Visión general

El artículo 34 establece que los profesionales del trabajo social deben implicarse profesionalmente en los derechos e intereses de la persona usuaria informando a la autoridad competente y a los organismos colegiales cuando sea necesario sobre violaciones de derechos humanos, malos tratos o actos crueles, incluso si la persona consiente la situación. (fragmento documental 1)

¿Qué debe hacer el profesional del trabajo social cuando los objetivos de su entidad entran en conflicto con los principios básicos de la profesión?

¿Qué debe hacer el profesional del trabajo social cuando los objetivos de su entidad entran en conflicto con los principios básicos de la profesión? En caso de conflicto entre la dependencia laboral y el respeto a los principios de la profesión que pudieran generar, el profesional podrá recabar el apoyo y, en su caso, el amparo del Colegio Profesional. (fragmento documental 1)

¿De qué manera el profesional del trabajo social contribuye a la mejora de la calidad de los servicios sociales según su deber de promoción? su actividad, apoyando responsablemente y de manera activa, en la medida de sus posibilidades, los procesos orientados a la mejora de la calidad de los servicios sociales. (fragmento documental 1)

¿Cómo ejerce el profesional del trabajo social su autonomía en la práctica y qué derecho tiene respecto a la formación?

¿Cómo ejerce el profesional del trabajo social su autonomía en la práctica y qué derecho tiene respecto a la formación? la elección y aplicación de las técnicas idóneas, medios y condiciones que favorezcan sus relaciones e intervenciones profesionales. Así mismo, tiene derecho a solicitar de la organización donde presta sus servicios la oportunidad de formarse y actualizarse en todas aquellas materias que repercutan en un mejor desempeño de su acción profesional. (fragmento documental 2)

Según el artículo 37, el profesional del trabajo social debe promover la participación en la mejora de las políticas sociales, en la planificación y organización, en los procedimientos y protocolos, en los estándares de calidad y el código deontológico de la institución u organismo donde presta sus servicios, contribuyendo así a la eficacia y eficiencia de los servicios sociales. (fragmento documental 2)

Confidencialidad y medidas de seguridad de la documentación profesional según el artículo 41

En cumplimiento del artículo 41, el profesional debe observar lo siguiente: «Artículo 41.- El/la profesional del trabajo social, en relación con la organización y el trabajo en equipo, tenga en cuenta que la documentación profesional está sujeta a criterios de confidencialidad, por lo que su uso queda limitado por y para el objetivo profesional de que se trate. Solicite las medidas de seguridad necesarias para garantizar dicha confidencialidad.» Esta obligación refuerza la ética profesional. (fragmento documental 3)

Conforme al artículo 42, el profesional del trabajo social debe tener una visión global del trabajo a realizar en la institución u organismo en los que presta sus servicios, y establecer prioridades Página 14 con criterios objetivos acordes con la misión de la entidad y en función de las necesidades detectadas en la realidad social, lo que guía una intervención adecuada y pertinente. (fragmento documental 3)

Procedimientos ante prácticas no éticas según el artículo 46

Según el artículo 46, cuando las acciones de la entidad limitan la responsabilidad del profesional y persisten lesiones graves de los derechos de la persona usuaria, y se agotan las vías de soluciones adecuadas, el profesional debe recurrir a instancias superiores o a la más amplia comunidad de intereses para buscar protección y reparación. (fragmento documental 4)

Según el artículo 46, el/la profesional del trabajo social, desde su responsabilidad principal hacia la persona usuaria proponga los necesarios cambios de política, procedimientos y actuaciones mediante los canales apropiados con los que cuentan las entidades y organizaciones. (fragmento documental 4)

Trampas de examen

  • El artículo 37 indica que el profesional del trabajo social debe promover la participación en la mejora de las políticas sociales, incluyendo la planificación, organización, procedimientos, protocolos, estándares de calidad y el código deontológico de la institución donde trabaja. (fragmento documental 2)
  • El artículo 41 establece que la documentación profesional está sujeta a criterios de confidencialidad, por lo que su uso queda limitado al objetivo profesional para el que se élaboró y se deben solicitar las medidas de seguridad necesarias para garantizarla. (fragmento documental 3)
  • El artículo 47 reconoce que, cuando la aplicación de una norma institucional conflicto con los principios éticos, religiosos o morales del profesional, éste puede invocar el derecho al acto individual de objeción de conciencia sin perder la responsabilidad posterior derivada de dicho acto. (fragmento documental 4)
  • Según el artículo 34, los profesionales del trabajo social deben implicarse profesionalmente en los derechos e intereses de la persona usuaria informando, cuando sea necesario, a la autoridad competente y a los organismos colegiales acerca de las violaciones de Derechos Humanos, malos tratos o cualquier actuación cruel, inhumana o degradante de que sea víctima cualquier persona de los que tuviere conocimiento en el ejercicio profesional, incluso cuando las personas consientan la situación en la que se encuentran. (fragmento documental 1)
  • Con el fin de aumentar la eficacia y eficiencia de las organizaciones y sus servicios, y en beneficio de las personas usuarias y de la comunidad, el profesional debe promover la participación en la mejora de las políticas sociales, en la planificación y organización, en los procedimientos y protocolos, en los estándares de calidad y el código deontológico de la institución u organismo donde presta sus services. (fragmento documental 2)

Chuleta final

  • El artículo 41 indica que la documentación profesional está sujeta a criterios de confidencialidad, por lo que su uso queda limitado por y para el objetivo profesional de que se trata y se deben solicitar las medidas de seguridad necesarias para garantizar dicha confidencialidad. (fragmento documental 3)
  • Ante prácticas no éticas de alguna organización o entidad que lesionen los derechos y/o la dignidad de la persona usuaria, el/la profesional del trabajo social comunicará la situación a la Comisión Deontológica de la respectiva organización colegial. (fragmento documental 4)
  • ¿Cómo deben actuar los profesionales ante una violación de derechos humanos incluso si la persona consiente? Según el código, los/las profesionales del trabajo social se han de implicar profesionalmente en los derechos e intereses de la persona usuaria informando, cuando ello sea necesario, a la autoridad competente y a los organismos colegiales acerca de las violaciones de Derechos Humanos, malos tratos o cualquier actuación cruel, inhumana o degradante de que sea víctima cualquier persona de los que tuviere conocimiento en el ejercicio profesional, incluso cuando las (fragmento documental 1)
  • ¿Qué implica la promoción de derechos y deberes sociales según el artículo 35? El/la profesional del trabajo social asumirá los principios de este Código y la promoción de derechos y deberes sociales en las organizaciones y entidades en las que ejerza su actividad, apoyando responsablemente y de manera activa, en la medida de sus posibilidades, los procesos orientados a la mejora de la calidad de los servicios sociales. (fragmento documental 1)
  • ¿Cómo debe actuar el profesional si los objetivos de la entidad contradicen los principios básicos de la profesión? En caso de que aquellos sean contrarios total o parcialmente a los principios básicos de la profesión, el/la profesional actúe en conformidad con lo establecido en el presente Código. (fragmento documental 1)
  • ¿Qué derecho tiene el profesional cuando una norma institucional conflictúa con sus principios éticos, religiosos o morales? Que la aplicación de la norma o mandato institucional suponga un conflicto con sus principios éticos, religiosos o morales, podrá invocar el derecho al acto individual de objeción de conciencia sin perjuicio de asumir posteriormente las responsabilidades derivadas de dicho acto. (fragmento documental 4)
  • Según el Código Deontológico, los profesionales del trabajo social deben implicarse profesionalmente en los derechos e intereses de la persona usuaria informando, cuando ello sea necesario, a la autoridad competente y a los organismos colegiales acerca de las violaciones de Derechos Humanos, malos tratos o cualquier actuación cruel, inhumana o degradante de que sea víctima cualquier persona de los que tuviere conocimiento en el ejercicio profesional, incluso cuando las personas consientan la situación en la que se encuentran. (fragmento documental 1)
  • El/la profesional del trabajo social asumirá los principios de este Código y la promoción de derechos y deberes sociales en las organizaciones y entidades en las que ejerza su actividad, apoyando responsablemente y de manera activa, en la medida de sus posibilidades, los procesos orientados a la mejora de la calidad de los servicios sociales, tal como establece el artículo 35 del Código Deontológico. (fragmento documental 1)

Preguntas frecuentes

¿Cómo se garantiza la confidencialidad de la documentación profesional?

En relación con la organización y el trabajo en equipo, el profesional debe tener en cuenta que la documentación profesional está sujeta a criterios de confidencialidad, por lo que su uso queda limitado por y para el objetivo profesional de que se trate, y debe solicitar las medidas de seguridad necesarias para garantizar dicha confidencialidad, conforme al artículo 41 del Código Deontológico. (fragmento documental 3)

¿Qué derecho tiene el profesional para actualizarse y formarse según el artículo 40?

El profesional dispone de autonomía para elegir y aplicar las técnicas idóneas, medios y condiciones que favorezcan sus relaciones e intervenciones profesionales, y tiene derecho a solicitar de la organización donde presta sus servicios la oportunidad de formarse y actualizarse en todas aquellas materias que repercutan en un mejor desempeño de su acción profesional, tal como establece el artículo 40 del Código Deontológico. (fragmento documental 2)

¿Cómo deben los profesionales del trabajo social actuar cuando conocen una violación de derechos humanos, incluso si la persona afectada consiente la situación?

¿Cómo deben los profesionales del trabajo social actuar cuando conocen una violación de derechos humanos, incluso si la persona afectada consiente la situación? Según el código, los/las profesionales del trabajo social se han de implicar profesionalmente en los derechos e intereses de la persona usuaria informando, cuando ello sea necesario, a la (fragmento documental 1)

VUELVE A LA FUENTE

El fundamento, a mano.

Código Deontológico del Trabajo Social (2012)
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