FICHA DE ESTUDIO PÚBLICA
III Acuerdo: principios rectores y protocolo de actuación coordinada · BECAS EDUCATIVAS: En caso de solitud de becas educativas, cuando el alumnado pertenezca a unidades
Ficha de estudio de III Acuerdo: principios rectores y protocolo de actuación coordinada · BECAS EDUCATIVAS: En caso de solitud de becas educativas, cuando el alumnado pertenezca a unidades. Recorte documental con fuentes y edición identificadas.
En esta ficha
El mapa del tema
El acceso a los sistemas descritos se organiza mediante puntos de entrada diferenciados: Lanbide para el sistema público de empleo y Etxebide para solicitar vivienda de alquiler social, con posibilidad de intervención de profesionales de otros sistemas. (fragmento documental 17, fragmento documental 7)
fragmento documental 1: medios de justificación para las becas
La circunstancia de violencia de género sufrida por algún miembro de la unidad convivencial del alumnado puede justificarse mediante orden judicial de alejamiento, sentencia judicial condenatoria o informe de los servicios sociales de base. (fragmento documental 1)
La concesión de la ayuda educativa se produce después de comprobar y validar la documentación presentada, dentro del supuesto de becas previsto para alumnado cuya unidad convivencial haya sufrido violencia de género. (fragmento documental 1)
fragmento documental 2: suspensión de cotización de trabajadoras autónomas
Para las trabajadoras por cuenta propia que cesen en su actividad para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, se contempla suspender la obligación de cotización durante seis meses. (fragmento documental 2)
El artículo recoge la inclusión de un programa de acción específico para víctimas de violencia de género inscritas como demandantes de empleo, dentro del marco del Plan de Empleo del Reino de España. (fragmento documental 2)
fragmento documental 3: preferencia en formación para el empleo
Las víctimas tienen trato preferente para acceder a cursos de formación para el empleo ajustados a su perfil y financiados total o parcialmente con fondos de las administraciones públicas vascas, mediante cupos u otras medidas. (fragmento documental 3)
Las administraciones públicas vascas deben promover la contratación laboral de las víctimas y su constitución como trabajadoras autónomas o socias cooperativistas, conforme a las condiciones que se determinen reglamentariamente. (fragmento documental 3)
fragmento documental 4: exención de la edad mínima para la RGI
El texto contempla que las víctimas de violencia machista contra las mujeres queden exentas del límite mínimo de edad previsto legalmente para percibir la renta de garantía de ingresos. (fragmento documental 4)
Quienes abandonen su domicilio por violencia machista y se integren en el de otras personas pueden percibir la RGI, tanto si las acogen familiares como si no, cumpliendo los restantes requisitos exigidos. (fragmento documental 4)
fragmento documental 5: finalidad del programa de inserción
El programa de inserción sociolaboral descrito facilita y promueve la inserción de mujeres víctimas inscritas como demandantes en los Servicios Públicos de Empleo, mediante empleo por cuenta ajena, trabajo autónomo o creación de empresas. (fragmento documental 5)
El programa prevé atención especializada y confidencial mediante puntos de atención integrados por personal de los Servicios Públicos de Empleo con formación específica en igualdad y violencia de género. (fragmento documental 5)
fragmento documental 6: competencia de Lanbide sobre la RGI
Lanbide, definido como Servicio Vasco de Empleo y organismo autónomo administrativo, tiene atribuidas las competencias relacionadas con la tramitación y resolución de la Renta de Garantía de Ingresos. (fragmento documental 6)
La red de oficinas locales y territoriales de Lanbide cubre todo el territorio de la CAE, y la asignación de una oficina a cada persona se determina según su código postal. (fragmento documental 6)
fragmento documental 7: entidades colaboradoras de Lanbide
Las entidades colaboradoras de Lanbide ofrecen servicios relacionados con la gestión de la demanda de empleo, la orientación o la formación, dentro de los operadores que intervienen en este ámbito. (fragmento documental 7)
Cuando las mujeres proceden de Servicios Públicos de Empleo de otras comunidades, los aplicativos compartidos permiten identificar los casos de violencia para prestar automáticamente el servicio que se precisa. (fragmento documental 7)
fragmento documental 8: condición de víctima desconocida inicialmente
Si inicialmente se desconoce la condición de víctima, cualquier persona trabajadora del centro puede atender y registrar a la mujer; cuando ella exponga esa condición, se añadirá al registro y se la derivará a la tutora especializada. (fragmento documental 8)
Si la condición de víctima ya se conoce al acceder al sistema, la primera cita se realiza directamente con la tutora especializada, que efectuará el registro en Lanbide cuando la mujer todavía no esté dada de alta. (fragmento documental 8)
fragmento documental 9: consentimiento para cesiones de datos
Si se prevé ceder datos a otros servicios, la persona debe recibir información y poder consentir o rechazar la cesión, dejando constancia por escrito o mediante otra forma que la acredite. (fragmento documental 9)
Si la mujer ya era perceptora de RGI pero el titular de la prestación era el supuesto agresor, debe iniciar nuevamente todos los trámites para solicitar la Renta de Garantía de Ingresos. (fragmento documental 9)
fragmento documental 10: notificación de oficio en casos de mujeres adultas
Aunque la víctima no haya denunciado, los profesionales deben notificar de oficio a Policía, Juzgado o Fiscalía las situaciones conocidas susceptibles de delito, riesgo grave o inminente, o lesiones graves para la víctima o terceras personas. (fragmento documental 10)
Cuando exista derecho a solicitar la RGI, se concertará una cita y se iniciará el proceso de solicitud, con revisión documental, comprobación de requisitos, adjudicación, gestión y revisión. (fragmento documental 10)
fragmento documental 11: intervención de la tutora ante suspensión o extinción
En las revisiones de la RGI que incluyan una propuesta de suspensión o extinción del derecho, el asunto debe trasladarse a la tutora especializada para que realice su valoración. (fragmento documental 11)
La intermediación sociolaboral incluye una valoración de la empleabilidad y un plan de trabajo personalizado, mediante un acuerdo personal de empleo que fija itinerarios según las necesidades de cada persona. (fragmento documental 11)
fragmento documental 12: intermediación en centros colaboradores
Lanbide puede decidir, de acuerdo con la mujer, que la intermediación sociolaboral se realice en centros colaboradores o programas especializados vinculados al Servicio Vasco de Empleo, mediante la correspondiente derivación. (fragmento documental 12)
El artículo recoge que las mujeres víctimas de violencia de género serán consideradas colectivos prioritarios en el acceso a viviendas protegidas, al describir la normativa reguladora del ámbito de vivienda. (fragmento documental 12)
fragmento documental 13: puntuación y cupo de adjudicación
La consideración de las víctimas de violencia de género entre los colectivos con especial necesidad de vivienda supone cuatro puntos adicionales en la baremación y un cupo prioritario de adjudicación. (fragmento documental 13)
Entre los beneficios de inscripción en Etxebide figuran la excepción de ingresos percibidos el año anterior para solicitar alquiler social y la reducción a 3.000 euros de los ingresos mínimos para comprar vivienda social. (fragmento documental 13)
fragmento documental 14: adaptación y accesibilidad de la vivienda
El desarrollo reglamentario de las medidas de prioridad en vivienda debe tener en cuenta las necesidades de accesibilidad de las víctimas con discapacidad y las de adaptación de vivienda para mujeres mayores de 65 años. (fragmento documental 14)
El área de Vivienda del Gobierno Vasco interviene en la vivienda de protección pública regulando el procedimiento de adjudicación, asegurando la imparcialidad de su ejecución y verificando el destino de las viviendas. (fragmento documental 14)
fragmento documental 15: estudio de adjudicaciones directas
El servicio jurídico administrativo de la Dirección de Planificación y Procesos Operativos de Vivienda estudia las posibles adjudicaciones directas a mujeres víctimas de violencia de género dentro de la Viceconsejería. (fragmento documental 15)
Etxebide gestiona la puntuación adicional del procedimiento de baremación correspondiente a víctimas de violencia de género que demandan Vivienda de Protección Pública en régimen de alquiler, según la distribución de funciones descrita. (fragmento documental 15)
fragmento documental 16: función social de Alokabide
Alokabide se define como una sociedad pública dependiente del Gobierno Vasco destinada a desarrollar la función social de la vivienda mediante la política de alquiler, atendiendo necesidades de vivienda a través del arrendamiento. (fragmento documental 16)
Alokabide gestiona las viviendas de alquiler social y su Área Social atiende las gestiones relacionadas con distintas incidencias que pueden presentarse en los casos de víctimas de violencia de género. (fragmento documental 16)
fragmento documental 17: solicitud extraordinaria mediante registro electrónico
La solicitud de adjudicación directa o extraordinaria corresponde a Alcaldía, Concejalía o Diputación, se dirige a la Viceconsejería de Vivienda, incorpora un informe técnico de servicios sociales y debe presentarse por el Registro electrónico general. (fragmento documental 17)
Para considerar la inscripción o renovación como expediente de violencia de género, debe acreditarse la condición de víctima, la finalización de la convivencia con la persona agresora y la carencia de vivienda. (fragmento documental 17)
fragmento documental 18: solicitud de excepción por vivienda en propiedad
La excepción del requisito de vivienda en propiedad debe solicitarla directamente la mujer, generalmente mediante servicios sociales, y requiere que el no uso de esa vivienda esté relacionado con la violencia de género. (fragmento documental 18)
Cuando no se cumplen los requisitos para los beneficios destinados a víctimas de violencia machista, tales beneficios no se aplican, aunque el expediente puede continuar su tramitación como expediente ordinario. (fragmento documental 18)
fragmento documental 19: búsqueda excepcional de vivienda
En los casos excepcionales, la búsqueda de vivienda atiende las necesidades específicas de cada caso, estudiadas en contraste con los servicios sociales de base o, cuando corresponda, con los especializados. (fragmento documental 19)
Ante una solicitud de reubicación, el Área Social de Alokabide contacta con la trabajadora social de referencia; si la necesidad se valora positivamente, se elabora un informe social justificativo y se busca otra vivienda. (fragmento documental 19)
fragmento documental 20: contraste de problemas que pueden generar desahucio
Si se identifican problemas de vecindad o impagos que puedan derivar en desahucio, se contrasta la situación con la trabajadora social de referencia para conocer su origen y ofrecer opciones de pago según el caso. (fragmento documental 20)
Alokabide pone en marcha un servicio de acompañamiento y apoyo socioeducativo cuando identifica problemas de convivencia o impagos, con la finalidad de desarrollar habilidades que ayuden a las personas a resolverlos. (fragmento documental 20)
fragmento documental 21: comunicación de indicios de violencia sobre menores
Los operadores que adviertan indicios de violencia sobre menores deben comunicarlo a Policía, Juzgado o Fiscalía y, si identifican posible desprotección, también a los Servicios Sociales especializados de atención a la infancia. (fragmento documental 21)
En todo caso, las víctimas deben conocer los procedimientos que se inicien de oficio, conforme a la pauta expresa de información incluida en el artículo sobre comunicaciones de situaciones de violencia. (fragmento documental 21)
fragmento documental 22: informe sobre agotamiento de estancia en acogida
En la adjudicación directa extraordinaria, servicios sociales debe emitir un informe técnico que describa la intervención y justifique que la víctima ha agotado el tiempo posible de estancia en los recursos de acogida indicados. (fragmento documental 22)
La Viceconsejería de Vivienda, mediante su servicio jurídico administrativo, comprueba los requisitos de la adjudicación directa; si se cumplen, adjudica la vivienda de alquiler social y solicita a Alokabide que inicie la búsqueda. (fragmento documental 22)
fragmento documental 23: naturaleza del Ararteko
El Ararteko es el Alto Comisionado del Parlamento Vasco encargado de defender los derechos de las personas frente a las actuaciones y políticas públicas de las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco. (fragmento documental 23)
La actuación del Ararteko se circunscribe fundamentalmente a formular recomendaciones y sugerencias y a exponer mediante informes los resultados de sus investigaciones, según la caracterización de su función recogida en el artículo. (fragmento documental 23)
fragmento documental 24: independencia del Ararteko
El Ararteko se configura como institución independiente surgida del Parlamento Vasco, ante el que responde, y su actuación queda sometida exclusivamente a la ley y a su propio criterio. (fragmento documental 24)
Las facultades del Ararteko tienen alcance no vinculante: carece de competencia para anular, revocar o modificar los actos de los organismos a los que puede extender su labor de investigación. (fragmento documental 24)
fragmento documental 25: mandato sobre mala administración y derechos
Los estándares descritos exigen que el mandato de las defensorías del pueblo abarque la prevención y corrección de la mala administración, junto con la protección y promoción de derechos humanos y libertades fundamentales. (fragmento documental 25)
Los estándares descritos incluyen la facultad de presentar públicamente recomendaciones al Parlamento o al Gobierno que propongan modificar legislación existente, aprobar nueva legislación o ratificar convenios internacionales conforme a los valores y normativa protegidos. (fragmento documental 25)
fragmento documental 26: quejas sobre recursos o servicios públicos
El Ararteko atiende y tramita quejas y consultas ciudadanas relativas a recursos o servicios públicos que atienden a víctimas, activando los procedimientos y actuaciones pertinentes ante las administraciones vascas afectadas. (fragmento documental 26)
Cuando las quejas o consultas versen sobre un posible incumplimiento del III Acuerdo, el Ararteko solicitará colaboración a las demás instituciones firmantes dentro del GTI y de la Comisión de Seguimiento. (fragmento documental 26)
fragmento documental 27: colaboración en quejas recibidas por la Comisión
Si la Comisión de Seguimiento recibe quejas sobre el cumplimiento del acuerdo, el Ararteko puede colaborar en su tramitación con procedimientos y recursos propios cuando valore que mejora la defensa de los derechos de las víctimas. (fragmento documental 27)
En su función de promoción y defensa, el Ararteko iniciará actuaciones de oficio y emitirá informes y recomendaciones dirigidos a defender derechos y mejorar la prevención de la violencia machista y la atención a las víctimas. (fragmento documental 27)
fragmento documental 28: intercambio de reflexiones y conclusiones
El Ararteko compartirá con las instituciones firmantes, dentro de los órganos del III Acuerdo, las principales reflexiones y conclusiones de sus iniciativas que puedan mejorar la situación de las víctimas en Euskadi. (fragmento documental 28)
El Ararteko informará anualmente sobre sus iniciativas de defensa y promoción de derechos de las víctimas y, en su caso, sus resultados, dentro del informe de seguimiento que debe presentar ante la Comisión de Seguimiento. (fragmento documental 28)
Trampas de examen
- No debe interpretarse que la condición de víctima elimina automáticamente el requisito relativo a vivienda en propiedad: la excepción debe solicitarse directamente por la mujer y el no uso debe relacionarse con la violencia de género. (fragmento documental 18)
- El texto reconoce la renta básica a víctimas acogidas en pisos o centros temporales aunque estos cubran su manutención básica, siempre que cumplan los restantes requisitos exigidos para obtenerla. (fragmento documental 4)
- La labor investigadora del Ararteko no implica poder para anular, revocar o modificar los actos de los organismos investigados, pues el artículo caracteriza sus facultades como no vinculantes. (fragmento documental 24)
- La solicitud de adjudicación directa o extraordinaria de alquiler social corresponde a Alcaldía, Concejalía o Diputación y se presenta ante la Viceconsejería de Vivienda, acompañada de un informe técnico de servicios sociales. (fragmento documental 17)
- La notificación profesional de oficio se establece sin perjuicio del derecho de la víctima a no emprender acciones legales para beneficiarse de las prestaciones públicas de atención y protección contra la violencia machista. (fragmento documental 10)
Chuleta final
- El plazo indicado para suspender la obligación de cotización de trabajadoras por cuenta propia que cesen para su protección o asistencia social integral es de seis meses, según el supuesto descrito. (fragmento documental 2)
- La inclusión de víctimas de violencia de género entre los colectivos con especial necesidad de vivienda se traduce en cuatro puntos adicionales en la baremación y un cupo prioritario de adjudicación. (fragmento documental 13)
- Entre los beneficios de inscripción en Etxebide para mujeres víctimas de violencia de género se recoge la reducción a 3.000 euros de los ingresos mínimos exigibles para comprar vivienda social. (fragmento documental 13)
- Para acceder a cualquiera de las prestaciones del ámbito de vivienda dirigidas a víctimas de violencia machista contra las mujeres, la víctima debe estar dada de alta en el Registro de Solicitantes de Vivienda en Etxebide. (fragmento documental 17)
- Una vez adjudicada la RGI, deben comunicarse los cambios que se produzcan en las circunstancias asociadas a la solicitud, entre los que el texto menciona el domicilio y la situación económica. (fragmento documental 11)
- La transmisión de información sobre las víctimas a profesionales de otros servicios, instituciones o sistemas requiere recabar consentimiento informado por escrito o mediante una forma que permita dejarlo acreditado. (fragmento documental 20)
- Cuando se sospeche que el agresor puede estar conviviendo con la víctima, debe comunicarse la situación a su trabajadora social de referencia para que active las medidas pertinentes. (fragmento documental 19)
- El Ararteko puede compartir asuntos relevantes derivados de quejas y solicitar colaboración a las instituciones firmantes en el GTI y la Comisión de Seguimiento para mejorar la eficacia de su resolución. (fragmento documental 26)
Preguntas frecuentes
¿Qué sucede si el agresor es atendido en la misma oficina de Lanbide?
Si el agresor está siendo atendido en la misma oficina de Lanbide y tiene orden de alejamiento, puede solicitarse su cambio de oficina, teniendo en cuenta que la mujer puede escoger la oficina que prefiera. (fragmento documental 9)
¿Debe terminar la tramitación de la RGI antes de iniciar la orientación laboral?
El proceso de orientación laboral puede iniciarse una vez tramitada la RGI o paralelamente a esa tramitación, para trabajar la inserción laboral de las víctimas de violencia mediante la intermediación sociolaboral. (fragmento documental 11)
¿Qué ocurre si la víctima no está inscrita en Etxebide sin el agresor?
Dentro del procedimiento extraordinario de adjudicación directa, cuando la víctima no esté inscrita en Etxebide sin el agresor, se activará su inscripción o reinscripción conforme al procedimiento establecido. (fragmento documental 22)
VUELVE A LA FUENTE
El fundamento, a mano.
III Acuerdo: principios rectores y protocolo de actuación coordinadaEsta materia aparece en 5 objetivos
- Donostia TS · tema 58
- Vitoria TS · tema 33
- DFG TS · tema 48
- Ertzaintza · tema 53
- Policía Local · tema 53
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