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Lectura de estudio basada en el documento de referencia. Los números de fragmento identifican unidades del corpus documental, no artículos de una ley.
Edición de referencia: 2010. Las denominaciones y menciones normativas se leen en el contexto de esa edición; no certifican su vigencia actual.
El mapa del tema
El esquema de protección vincula el reconocimiento general del derecho a la intimidad con una regla concreta de acceso: los documentos con datos íntimos quedan reservados a las personas afectadas. (fragmento documental 1)
Fragmento documental 1: rango fundamental de los derechos
La sección atribuye rango fundamental a los derechos al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, al repasar su reconocimiento en la Constitución. (fragmento documental 1)
La protección civil descrita comprende los derechos fundamentales al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen frente a todo género de injerencias o intromisiones ilegítimas. (fragmento documental 1)
Fragmento documental 2: divulgación de la vida privada
La divulgación de hechos de la vida privada de una persona o familia se incluye entre las intromisiones ilegítimas cuando esos hechos afectan a su reputación y buen nombre. (fragmento documental 2)
La utilización del nombre, de la voz o de la imagen de una persona para fines publicitarios, comerciales o de naturaleza análoga figura entre las intromisiones ilegítimas enumeradas. (fragmento documental 2)
Fragmento documental 3: imágenes de personas con proyección pública
El derecho a la propia imagen permite la captación, reproducción o publicación de imágenes de personas con cargo público o profesión de notoriedad cuando se captan durante actos públicos o en lugares abiertos al público. (fragmento documental 3)
La utilización de caricaturas de las personas públicas mencionadas se admite conforme al uso social, con la salvedad de quienes desempeñan funciones que requieren por su naturaleza el anonimato. (fragmento documental 3)
Trampas de examen
- La enumeración de intromisiones incluye la captación, reproducción o publicación de la imagen de una persona tanto en lugares o momentos de su vida privada como fuera de ellos. (fragmento documental 2)
- La intromisión por revelación de datos privados abarca los datos conocidos a través de la actividad profesional y también los conocidos mediante la actividad oficial de quien los revela. (fragmento documental 2)
- La lesión de la dignidad puede proceder de imputaciones de hechos o de manifestaciones de juicios de valor, realizadas mediante acciones o expresiones que menoscaben la fama o la propia estimación. (fragmento documental 2)
- La excepción relativa a la información gráfica sobre sucesos públicos exige que la imagen de la persona determinada aparezca como meramente accesoria dentro de esa información. (fragmento documental 3)
- La admisión de la caricatura conforme al uso social incorpora una salvedad expresa para las personas cuyas funciones necesitan, por su propia naturaleza, preservar su anonimato. (fragmento documental 3)
Chuleta final
- Para recordar el punto de partida del apartado, deben asociarse dos derechos expresamente protegidos por las leyes: el derecho a la privacidad y el derecho a la intimidad. (fragmento documental 1)
- La relación de derechos fundamentales del apartado reúne el honor, la intimidad personal y familiar y la propia imagen, todos ellos identificados con ese rango en el texto. (fragmento documental 1)
- La regla de acceso documental puede memorizarse vinculando el contenido íntimo del documento con la reserva de acceso a las personas a las que se refieren los datos. (fragmento documental 1)
- La revelación o publicación del contenido de cartas, memorias y otros escritos personales de carácter íntimo aparece expresamente recogida dentro de la enumeración de intromisiones ilegítimas. (fragmento documental 2)
- Para recordar la intromisión vinculada a fines publicitarios o comerciales, el texto agrupa tres atributos personales cuya utilización contempla: el nombre, la voz y la imagen. (fragmento documental 2)
- Entre las excepciones enumeradas se encuentra el supuesto en que predomina un interés relevante, identificado por el texto mediante tres posibles ámbitos: histórico, científico o cultural. (fragmento documental 2)
- La excepción para imágenes de personas con cargo público o profesión de notoriedad exige vincular la captación de la imagen con un acto público o un lugar abierto al público. (fragmento documental 3)
- La excepción sobre información gráfica se recuerda mediante dos elementos unidos en el texto: un suceso o acaecimiento público y la aparición meramente accesoria de la imagen personal. (fragmento documental 3)
Preguntas frecuentes
¿A quién se reserva el acceso a documentos con datos íntimos?
El acceso se reserva a las personas a las que se refieren los datos íntimos contenidos en los documentos, según la regla de acceso a archivos y registros recogida en el apartado. (fragmento documental 1)
¿Qué ocurre con los datos privados conocidos por la actividad profesional?
Su revelación se considera una intromisión ilegítima cuando son datos privados de una persona o familia conocidos mediante la actividad profesional u oficial de quien los revela. (fragmento documental 2)
¿Cuándo se admite la imagen personal como accesoria de un suceso público?
El derecho a la propia imagen no impide la información gráfica sobre un suceso o acaecimiento público cuando la imagen de la persona determinada tiene una presencia meramente accesoria. (fragmento documental 3)