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GV Ejecución Penal (tema 30). La ficha y el test se comparten entre estos objetivos.
El mapa del tema
La secuencia prevista comprende tres momentos: recepción en el Centro de la resolución judicial, remisión inmediata de su copia a la Comisaría Provincial de Policía para asegurar la salida efectiva y, para internos comunitarios que opten por otro Estado miembro, solicitud al Juzgado de Vigilancia para su transmisión. (art. 1)
Actuación tras recibir la resolución
El Centro, una vez recibida la resolución judicial, debe enviar inmediatamente una copia a la Comisaría Provincial de Policía. La comunicación se realiza cuando la resolución autoriza al interno a cumplir el periodo de libertad condicional en su país de origen, nacionalidad o residencia. (art. 1)
Los ciudadanos comunitarios que desean cumplir la libertad condicional en un Estado miembro distinto de España pueden solicitarlo al Juzgado de Vigilancia. La solicitud se formula para la transmisión, dentro del marco del reconocimiento mutuo de resoluciones de libertad vigilada y de las penas sustitutivas. (art. 1)
Trampas de examen
- La recepción de la resolución judicial en el Centro no agota la actuación prevista. El texto exige remitir de forma inmediata una copia a la Comisaría Provincial de Policía y solicitar medidas dirigidas a asegurar la salida efectiva del territorio nacional del interno. (art. 1)
- Para los ciudadanos comunitarios que pretenden disfrutar de la libertad condicional en otro Estado miembro, la fuente identifica al Juzgado de Vigilancia como destinatario de la solicitud. Su finalidad es la transmisión, no una solicitud formulada directamente ante el Estado extranjero. (art. 1)
- La autorización descrita se refiere al país de origen, nacionalidad o residencia del interno. En el supuesto de internos comunitarios, se contempla otro Estado miembro distinto de España. Por tanto, ambos pasajes delimitan expresamente los posibles destinos mencionados. (art. 1)
- Las medidas que se solicitan a la Comisaría Provincial de Policía no se presentan como una actuación genérica. El texto las vincula específicamente con asegurar la salida efectiva del territorio nacional del interno. (art. 1)
- El apartado vincula la libertad condicional con las penas sustitutivas al explicar el ámbito de la normativa europea sobre reconocimiento mutuo. La fuente indica expresamente que entre esas penas sustitutivas se encuentra la libertad condicional. (art. 1)
Chuleta final
- El acto inicial descrito es la recepción en el Centro de una resolución judicial autorizando el cumplimiento del periodo de libertad condicional en determinados países vinculados al interno. (art. 1)
- La copia de la resolución debe remitirse de forma inmediata. La expresión temporal aparece vinculada directamente a la remisión dirigida a la Comisaría Provincial de Policía. (art. 1)
- El destinatario de la copia de la resolución judicial es la Comisaría Provincial de Policía. El texto no identifica otro órgano policial en esta actuación concreta. (art. 1)
- La remisión incluye la solicitud de adopción de medidas necesarias. Esas medidas se orientan a garantizar que el interno abandone efectivamente el territorio nacional. (art. 1)
- El apartado se refiere a internos comunitarios que desean cumplir la libertad condicional en otro Estado miembro por parte de internos comunitarios. (art. 1)
- La base mencionada para esta posibilidad combina el derecho interno y la normativa europea relativas a la aplicación del principio de reconocimiento mutuo. (art. 1)
- El reconocimiento mutuo se proyecta sobre resoluciones de libertad vigilada y tiene como finalidad la vigilancia de medidas de libertad vigilada y penas sustitutivas. (art. 1)
- Los ciudadanos comunitarios que desean disfrutar de la libertad condicional en otro Estado miembro pueden solicitarlo al Juzgado de Vigilancia, que aparece como órgano de referencia para la transmisión. (art. 1)
Preguntas frecuentes
¿Qué debe hacer el Centro al recibir la resolución?
Debe remitir de forma inmediata una copia de la resolución judicial a la Comisaría Provincial de Policía, cuando dicha resolución autorice el cumplimiento del periodo de libertad condicional en el país de origen, nacionalidad o residencia del interno. (art. 1)
¿Para qué se solicitan medidas a la Policía?
Se solicitan para asegurar la salida efectiva del territorio nacional del interno. La fuente conecta expresamente la adopción de las medidas necesarias con esa finalidad concreta. (art. 1)
¿Dónde pueden solicitarlo los ciudadanos comunitarios?
Los ciudadanos comunitarios que quieran disfrutar de la libertad condicional en otro Estado miembro distinto de España pueden solicitarlo al Juzgado de Vigilancia para su transmisión. (art. 1)