FICHA DE ESTUDIO PÚBLICA
Manual de gestión penitenciaria de Euskadi (Instrucción 1/2021) · C. GESTIÓN DE LAS PENAS DE PRISIÓN
Ficha de estudio de Manual de gestión penitenciaria de Euskadi (Instrucción 1/2021) · C. GESTIÓN DE LAS PENAS DE PRISIÓN. Recorte documental con fuentes y edición identificadas.
En esta ficha
El mapa del tema
Según la Instrucción de la Dirección de Justicia nº 1/2021, los artículos 277 a 324; 328 a 332 y 334 a 343 del Reglamento Penitenciario de 1981 permanecen vigentes hasta nueva regulación, como señala: «20 Conforme a la Instrucción de la Dirección de Justicia nº 1/2021, de 1 de octubre de 2.021» (fragmento documental 1)
Reasignación del cauce normativo
El pasaje vincula los artículos citados con organización y funcionamiento de servicios de oficinas y funciones de Subdirectores; al perder rango reglamentario, esas materias pasan a Instrucciones, Circulares y Órdenes de Servicio del CDPE y del departamento citado. (fragmento documental 1)
La remisión transitoria se hace en relación con servicios, unidades y puestos de trabajo, y deja la futura resolución ordenando la organización de servicios y unidades junto con las funciones de cada puesto. (fragmento documental 1)
Actos centralizados de alto impacto
La Oficina de Gestión aparece como punto neurálgico administrativo: centraliza actos de singular trascendencia sobre ingresos, libertades y salidas autorizadas y alcanza otros aspectos de ejecución de la pena privativa de libertad y de tratamiento. (fragmento documental 2)
El Reglamento Penitenciario de 1996 planteó un nuevo modelo organizativo para los Centros Penitenciarios basado en la racionalización y desconcentración de las funciones de tratamiento, régimen, potestad disciplinaria y gestión económica, entre órganos colegiados especializados, con el fin de adecuar y dinamizar la gestión a la nueva realidad penitenciaria de los centros polivalentes, potenciando la participación (fragmento documental 2)
Asignación integral de asuntos a un mismo funcionario
La oficina única gestión prevé la asignación de la llevanza de todos los asuntos de una persona interna por el mismo funcionario especializado en estos procesos de gestión, de manera ordenada, informada y eficiente. (fragmento documental 3)
En cada oficina de Gestión habrá al menos, un Jefe de Oficina, con funciones de asignación y reparto de tareas y supervisión de las mismas, así como todas aquéllas que le sean encomendadas por el Subdirector. (fragmento documental 3)
Requisitos de cualificación y formación para los tramitadores
Así mismo, formarán parte de la oficina, los funcionarios de tramitación de la oficina, que deberán tener una cualificación profesional específica, recibirán formación obligatoria y adecuada para el desenvolvimiento en la tarea con criterios uniformes. (fragmento documental 4)
Según la Sección 4, se establece que existirá un único expediente por interno, integrado por el expediente y protocolo penitenciario, tal como indica: 1. Existirá un único expediente por interno, integrado por el expediente y protocolo (fragmento documental 4)
Reparto equitativo de expedientes por criterio alfabético
La Sección 5 establece que el reparto de los expedientes por cada funcionario se hará de forma equitativa siguiendo un criterio alfabético, tal como indica: 3. El reparto de los expedientes por cada funcionario, se hará de forma equitativa siguiendo un criterio alfabético, de acuerdo al número de funcionarios de la oficina, con independencia de la ubicación del interno en el centro penitenciario o de su situación procesal, penal o penitenciaria. (fragmento documental 5)
Según la Sección 5, para una mejor organización de la oficina, los centros podrán formar subgrupos de tres o cuatro funcionarios que se organizarán en el reparto de tareas ante ausencias, vacaciones o permisos, tal como establece: 4. Para una mejor organización de la oficina, aquéllos centros que lo consideren, podrán formar subgrupos dentro de la misma, integrados por tres o cuatro funcionarios, quienes se organizarán en el reparto de tareas, en los casos de ausencias, vacaciones, permisos, etc. (fragmento documental 5)
Dependencias únicas para la oficina de gestión
Conforme a la Sección 6, los profesionales de la oficina de gestión se encuentran ubicados en una misma dependencia, así como los expedientes y protocolos de los internos, según indica: o DEPENDENCIAS DE LA OFICINA. Los profesionales de esta oficina se encontrarán ubicados en una misma dependencia, así como los expedientes y protocolos de los internos. (fragmento documental 6)
Según la Instrucción de la Dirección de Justicia nº 1/2021, los profesionales de la oficina única de gestión estarán ubicados en una misma dependencia junto con los expedientes y protocolos de los internos, tal como indica: «Los profesionales de esta oficina se encontrarán ubicados en una misma dependencia, así como los expedientes y protocolos de los internos.» (fragmento documental 6)
Funciones del secretario de la Comisión Disciplinaria
Según la Instrucción de la Dirección de Justicia nº 1/2021, el secretario de la Comisión Disciplinaria se encarga de la confección de los acuerdos sancionadores y de recompensas, su grabación en el SIP y la notificación a los internos, como señala: «Confección de los acuerdos sancionadores y de recompensas, grabación en el SIP y notificación a los internos.» (fragmento documental 7)
Según la Instrucción de la Dirección de Justicia nº 1/2021, cuando se incoa un procedimiento disciplinario, el instructor debe enviar una copia de la orden al Jefe de la Oficina para su anotación y constancia en el expediente del interno, tal como establece: «En el caso de incoación de procedimiento disciplinario, el instructor pasará copia de la orden al Jefe de la Oficina, para su anotación y constancia en el expediente del interno.» (fragmento documental 7)
Asignación del NIS único a cada interno
Según la Instrucción de la Dirección de Justicia nº 1/2021, cada interno tiene un número asignado que le acompañará toda su vida penitenciaria, independientemente de la prisión en la que esté, si ha sido excarcelado o liberado definitivamente, o de si canceló sus antecedentes penales, tal como indica: «Cada interno tiene un nº asignado que le acompañará toda su vida penitenciaria, independientemente de la prisión en la que esté, si ha sido excarcelado o liberado definitivamente, o de si canceló sus antecedentes penales, etc…» (fragmento documental 8)
Según el fragmento documental 8, los expedientes personales y protocolos serán únicos y se organizarán en función del NIS único de cada interno, tal como establece la fuente: «Los expedientes personales y protocolos serán únicos y se organizarán en función del NIS único de cada interno. 25 Conforme a la Instrucción de la Dirección de Justicia nº 1/2021, de 1 de octubre de 2.021». (fragmento documental 8)
Registro de penas accesorias y órdenes judiciales
Según el fragmento documental 9, el expediente administrativo recogerá y tendrá en cuenta la existencia de penas accesorias y diferentes órdenes judiciales, dado el nuevo régimen del Código Penal de 1995, como indica: «El expediente recogerá y tendrá en cuenta la existencia de penas accesorias y diferentes órdenes judiciales. Dado el nuevo régimen conferido por el Código Penal de 1995 a las penas accesorias». (fragmento documental 9)
Según el fragmento documental 9, cualquier cuestión relativa a la ejecución penitenciaria será gestionada desde la oficina única de gestión, tal como establece: «Cualquier cuestión bien sea relativa a la ejecución penitenciaria de las penas, bien sea tratamental, regimental, disciplinaria, documental, referente a traslados, permisos, salidas, o cualquier otra, será gestionada para su ejecución desde la oficina única de gestión». (fragmento documental 9)
Grabación de penas accesorias en el expediente
Según el fragmento documental 10, la pena accesoria de privación del sufragio pasivo se indica en la portada del expediente y se revisa semestralmente, tal como dispone: «grabada en la portada del expediente, y en la revisión semestral de las hojas de vicisitudes penadas se refleje si el interno tiene tal pena accesoria». (fragmento documental 10)
La Sección 10 exige anotar, en el mismo lugar y forma, las órdenes que prohíben acercamiento o comunicación con víctimas. Su finalidad operativa es impedir quebrantamientos y activar avisos al juzgado o servicios de asistencia cuando una vicisitud penitenciaria o la ejecución pueda comprometer su seguridad. (fragmento documental 10)
Información ampliada sin acceso ilimitado
La Sección 11 delimita un supuesto de información ampliada: más allá de testimonios y liquidaciones, gestión y juristas pueden necesitar datos sobre causas pendientes o situación personal de preventivos, sin convertir esa necesidad en acceso ilimitado. (fragmento documental 11)
La Sección 11 fija dos ritmos de actualización: el SIP se mantiene al corriente conforme ocurren o se comunican vicisitudes, mientras el soporte físico se revisa en hojas e índices con tope semestral y siempre antes de una Junta que valore grado, modalidad o destino. (fragmento documental 11)
Comprensión como parte del tratamiento
La Sección 12 trata la comprensión como contenido del tratamiento: el interno debe entender alcance y consecuencias inmediatas o diferidas de resoluciones penales, incorporarlo a su itinerario personalizado y, si hace falta, recibir aclaración del jurista u otro profesional técnico. (fragmento documental 12)
Según el fragmento documental 12, el interno ha de poder comprender el alcance de las resoluciones que afecten a su situación penal, sus consecuencias inmediatas y medio-largo plazo, lo que constituye una parte fundamental del tratamiento y del diseño de su itinerario personalizado de cumplimiento. (fragmento documental 12)
Trampas de examen
- El Reglamento Penitenciario de 1996 introdujo un modelo que promueve la operatividad, el reparto equitativo de tareas y la mejora de la satisfacción del personal, tal como indica: «operatividad, reparto equitativo de tareas y mejora de la satisfacción de las personas» (fragmento documental 2)
- Los funcionarios asignados a la oficina de gestión deben poseer una cualificación profesional específica y recibir formación obligatoria, según establece: «que deberán tener una cualificación profesional específica, recibirán formación» (fragmento documental 4)
- En la Junta de Tratamiento, un funcionario de la oficina de gestión actúa como secretario, encargado de convocar, asistir y gestionar el acta, tal como indica: «o FUNCIONES PARA LA JUNTA DE TRATAMIENTO. Un funcionario de la oficina, como mínimo, realizará las funciones de Secretario de las» (fragmento documental 6)
- Según el documento, la oficina única gestión prevé la asignación de la llevanza de todos los asuntos de una persona interna por el mismo funcionario especializado en estos procesos de gestión, de manera ordenada, informada y eficiente, lo que garantiza un control unificado del expediente desde el ingreso hasta la excarcelación. (fragmento documental 3)
- Según el texto, existirá un único expediente por interno, integrado por el expediente y protocolo penitenciario, lo que permite una visión consolidada de la trayectoria procesal y evita la fragmentación de la información. (fragmento documental 4)
Chuleta final
- La instrucción señala que los funcionarios de la oficina de gestión deben poseer una cualificación profesional específica y recibir formación obligatoria y adecuada para el desenvolvimiento en la tarea con criterios uniformes. (fragmento documental 4)
- El documento indica que, para una mejor organización, los centros podrán formar subgrupos de tres o cuatro funcionarios que se organizarán en el reparto de tareas durante ausencias, vacaciones o permisos. (fragmento documental 5)
- La norma establece que la Oficina única de gestión implica la unificación de las oficinas de régimen y tratamiento, tal como se expresa: «Oficina única de gestión: unificación de las oficinas de régimen y». Esta unificación busca coordinar los servicios de régimen y tratamiento bajo una estructura administrativa única. (fragmento documental 1)
- El Reglamento Penitenciario de 1996 introdujo un modelo organizativo que enfatiza la operatividad, el reparto equitativo de tareas y la mejora de la satisfacción de las personas profesionales, según señala: «operatividad, reparto equitativo de tareas y mejora de la satisfacción de las personas». Este enfoque busca equilibrar carga laboral y bienestar del personal. (fragmento documental 2)
- La norma dispone que un mismo funcionario especializado se encargue de la gestión integral de todos los asuntos de una persona interna, tal como indica: «La oficina única gestión prevé la asignación de la llevanza de todos los asuntos de una». Esta asignación garantiza seguimiento continuo desde el ingreso hasta la excarcelación. (fragmento documental 3)
- Se establece que cada interno dispondrá de un único expediente que combine el expediente y el protocolo penitenciario, conforme a lo dispuesto: «1. Existirá un único expediente por interno, integrado por el expediente y protocolo». Esto permite una visión consolidada de la trayectoria penitenciaria del interno. (fragmento documental 4)
- La norma establece que la oficina de gestión debe ordenar físicamente las carpetas de expedientes y protocolos por orden alfabético, tal como indica: «La oficina organizará las carpetas de expedientes y protocolos en papel de manera alfabética, siguiendo este criterio.» Esta disposición facilita la localización rápida de los documentos y garantiza un archivo uniforme en todos los centros. (fragmento documental 8)
- El reglamento dispone que el sistema SIP será el repositorio único de todos los procesos de gestión y comunicación, según establece: «Será el sistema SIP quien aloje todos estos procesos de gestión y comunicación.» Esto asegura centralización y accesibilidad de la información penitenciaria. (fragmento documental 8)
Preguntas frecuentes
¿Cómo se garantiza la identidad única de cada interno durante toda su estancia penitenciaria?
¿Cómo se garantiza la identidad única de cada interno durante toda su estancia penitenciaria? La norma indica que: «Cada interno tiene un nº asignado que le acompañará toda su vida penitenciaria,» y que este número se graba junto con los datos de filiación al generarse un nuevo NIS. (fragmento documental 8)
¿Qué función tiene el secretario de la Junta de Tratamiento en relación con el PIT?
¿Qué función tiene el secretario de la Junta de Tratamiento en relación con el Programa Individualizado de Tratamiento (PIT)? Según la norma: «una vez aprobado en Junta, el secretario lo introducirá en el SIP y, una vez impreso, hará entrega del mismo a la oficina de gestión para su diligencia, así como al Educador para que proceda a comunicarlo e informar del contenido del mismo al interno.» Este procedimiento garantiza la trazabilidad del PIT. (fragmento documental 6)
¿Qué señales deben constar para anticipar comportamientos de riesgo?
El expediente debe incorporar señales útiles para anticipar comportamientos: la fuente menciona fugas, participación en motines, agresiones a funcionarios, intentos de suicidio, inclusión en prevención de autolisis y autolesiones, porque ese conocimiento alimenta decisiones tratamentales y regimentales. (fragmento documental 10)
VUELVE A LA FUENTE
El fundamento, a mano.
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