FICHA DE ESTUDIO PÚBLICA
Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales · Título I. Disposiciones Comunes, Naturaleza y Principios de Gestión
Ficha de estudio de Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales · Título I. Disposiciones Comunes, Naturaleza y Principios de Gestión. Recorte documental con fuentes y edición identificadas.
En esta ficha
El mapa del tema
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 3, epígrafe «Clasificación de las prestaciones») distingue necesidades básicas, prestaciones de vivienda, prestaciones sociosanitarias, ayudas para la inserción, gastos personales y gastos funerarios. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 3)
Origen complementario del programa
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 1, exposición de motivos) explica que el programa nació para atender a personas sin recursos económicos y sin cobertura de otros sistemas de protección social, fundamento de su complementariedad. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 1)
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 1, exposición de motivos) describe un modelo de intervención personalizado y de proximidad, ajustado al enfoque comunitario de atención. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 1)
Valoración profesional del programa
Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 2, epígrafe «Definición»), el programa se basa siempre en la valoración profesional de su personal técnico, expresamente diferenciada de una valoración política. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 2)
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 2, epígrafe «Objetivos») establece como objetivo favorecer la integración de las personas y familias en su entorno comunitario. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 2)
Subsidiariedad y complementariedad
Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 3, epígrafe «Condiciones Generales»), las prestaciones son subsidiarias y, cuando corresponda, complementarias de las prestaciones y recursos sociales previstos en la legislación. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 3)
Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 3, epígrafe «Condiciones Generales»), las prestaciones se conceden por un periodo establecido y pueden renovarse si permanecen las condiciones de concesión y se cumplen las obligaciones y el Plan de Intervención Familiar. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 3)
Concesiones sin valor de precedente
Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 4, continuación de «Condiciones Generales»), las prestaciones sociales municipales ya concedidas no pueden invocarse como precedente. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 4)
Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 4, epígrafe «Requisitos»), se exige empadronamiento y residencia efectiva ininterrumpida durante al menos seis meses anteriores a la solicitud, salvo urgente necesidad; ese requisito no es obligatorio para el Comedor Social. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 4)
Independización de miembros de la unidad de convivencia
Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 5, continuación de «Requisitos»), el apoyo del programa a la independización de miembros de una unidad de convivencia exige una situación psicosociosanitaria que lo justifique mediante diagnóstico, plan de intervención e informe profesional. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 5)
Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 5, continuación de «Requisitos»), los profesionales pueden proponer excepciones cuando no se cumplen los requisitos de acceso o cuando la necesidad detectada no está contemplada, mediante informes de excepcionalidad. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 5)
Alquiler sin contrato
Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 6, excepciones de vivienda), puede concederse alquiler durante tres meses sin contrato si se comprueban residencia y pago, constan en el informe de excepción y el Plan de Intervención Familiar prevé regularizar la situación o buscar otro domicilio. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 6)
Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 6, epígrafe «Obligaciones de los/as destinatarios/as»), los hechos sobrevenidos relacionados con los requisitos deben comunicarse en quince días naturales, especialmente los cambios de composición, ingresos, recursos económicos y patrimonio de la unidad de convivencia. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 6)
Baremos y estímulos al empleo
Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 7, epígrafe «Baremos»), los baremos remiten a los de garantía de ingresos por el carácter complementario del programa, pero no se aplica la normativa referente a estímulos al empleo. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 7)
Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 7, epígrafe «Importe máximo»), las cuantías tramitadas por RGI, PCV, AES y prestaciones municipales no pueden superar conjuntamente el 175 % de la cuantía máxima de RGI que habría correspondido. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 7)
Cobertura básica mediante tarjeta
Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 8, epígrafe «Prestación Cobertura Básica»), esta modalidad es no dineraria y permite acceder a comercios mediante una tarjeta no financiera para cubrir alimentación e higiene. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 8)
Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 8, epígrafe «Prestaciones de Vivienda»), pueden acceder como máximo dos unidades de convivencia en una vivienda; para alquiler o amortización, si existe parentesco entre sus miembros, únicamente una tendría derecho. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 8)
Límites del alquiler de vivienda
Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 9, epígrafe «Alquiler»), el máximo mensual para vivienda es de 250 euros y el límite sobre el coste real es del 70 %, ampliable al 100 % en casos excepcionales de especial vulnerabilidad. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 9)
Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 9, epígrafe «Gasto energético»), esta prestación tiene un máximo mensual de 92,50 euros y cubre alcantarillado, basuras, IBI, energía y agua. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 9)
Obras de primerísima necesidad
Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 10, adaptación y reparación de vivienda), únicamente se consideran obras de primerísima necesidad, no repetitivas y que no sustituyan un elemento que estaba funcionando normalmente. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 10)
Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 10, instalaciones, mobiliario y electrodomésticos), se requieren dos presupuestos y visita domiciliaria; para electrodomésticos, puede omitirse la visita si existe un escrito técnico que haga constar su necesidad. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 10)
Prestaciones oculares
Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 11, epígrafe «Prótesis Oculares»), el máximo anual es de 230 euros por persona, distribuido en hasta 180 euros para lentes y hasta 50 euros para montura. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 11)
Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 11, epígrafe «Prótesis y arreglos dentales»), se contemplan tratamientos primarios de base funcional, no estética, respaldados por informe de Osakidetza sobre su repercusión grave en la salud y dos presupuestos detallados con materiales básicos. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 11)
Gastos personales y extrema necesidad
Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 12, epígrafe «Prestaciones Gastos Personales»), esta modalidad se dirige a personas sin apoyo familiar y con limitaciones económicas severas, y exige que el profesional social considere los conceptos como extrema necesidad. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 12)
Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 12, epígrafe «Ayudas para la inserción»), las actividades deben figurar en el Plan de Intervención Familiar, y las personas a cargo deben pertenecer a la unidad de convivencia sin otra persona que pueda atenderlas. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 12)
Documentación que ya posee la Administración
Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 13, epígrafe «Instrucción del procedimiento»), las personas solicitantes únicamente deben presentar la documentación que no obre en poder de la Administración. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 13)
Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 13, comprobación de recursos), puede eximirse de hacer valer derechos económicos cuando los Servicios Sociales Municipales o una resolución judicial aprecien circunstancias extraordinarias que afecten a la integridad y seguridad personal y aconsejen retrasar ese proceso. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 13)
Audiencia por otros hechos o pruebas
Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 14, epígrafe «Trámite de audiencia»), el Ayuntamiento debe habilitar audiencia si pudiera considerar hechos o pruebas distintos de los presentados con la solicitud, permitiendo formular alegaciones. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 14)
Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 14, epígrafe «Resolución»), completado el expediente, resuelve el Alcalde o el Concejal delegado y se notifica en un máximo de tres meses desde la entrada de la solicitud en el Ayuntamiento. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 14)
Resolución tras la suspensión cautelar
Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 15, epígrafe «Suspensión cautelar de la prestación»), debe resolverse sobre mantenimiento, suspensión o extinción en un máximo de tres meses desde la adopción de la suspensión cautelar. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 15)
Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 15, epígrafe «Procedimiento de urgencia»), una urgencia justificada y valorada profesionalmente permite proporcionar ayuda con la mayor inmediatez posible, garantizando su finalidad y su aprobación posterior por el órgano competente. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 15)
Periodicidad ordinaria de las resoluciones
Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 16, epígrafe «Normas de gestión»), los pagos se hacen efectivos a mediados o finales del mes de la resolución y, ordinariamente, se dictan dos resoluciones mensuales. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 16)
Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 16, epígrafe «Pago»), el importe puede abonarse directamente a quienes prestan el bien o servicio para el que se concede la ayuda, previa autorización de la persona interesada. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 16)
Supuesto que origina el reintegro
Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 17, epígrafe «Procedimiento de reintegro de prestaciones»), procede devolver las cantidades cuando la persona beneficiaria haya percibido la prestación indebidamente o en cuantía indebida. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 17)
Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 17, epígrafe «Procedimiento de reintegro de prestaciones»), el procedimiento de reintegro se inicia de oficio y remite a las disposiciones generales sobre procedimientos administrativos indicadas en el documento. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 17)
Identificación de la unidad de convivencia en la solicitud
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 18, anexo de solicitud) incluye un apartado para identificar a otros miembros de la unidad de convivencia mediante nombre y apellidos, DNI y parentesco con la persona solicitante. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 18)
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 18, anexo de solicitud) incorpora una declaración jurada de ingresos y patrimonio actuales de la unidad familiar, con un apartado de rendimientos del trabajo, actividades, pensiones y desempleo. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 18)
Veracidad y comunicación de variaciones en la solicitud
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 19, anexo de solicitud) contiene una declaración de veracidad de los datos y el compromiso de informar de variaciones que puedan afectar a la concesión de la prestación. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 19)
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 19, anexo de solicitud) indica que la documentación solicitada debe presentarse en diez días, contados desde el día siguiente al de entrada de la solicitud. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 19)
Documentación acreditativa de identidad
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 20, anexo de documentación) incluye fotocopia del documento de identidad de la persona solicitante y de los restantes miembros de la unidad de convivencia de dieciséis años o más. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 20)
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 20, anexo de documentación) incluye una declaración jurada, según modelo normalizado, de los ingresos y del patrimonio de todos los miembros de la unidad de convivencia. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 20)
Documentación de transmisiones patrimoniales
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 21, anexo de documentación) incluye escrituras o documentos privados que acrediten transmisiones, ventas o donaciones efectuadas durante los últimos cinco años. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 21)
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 21, anexo de documentación) incluye una notificación de titular de cuenta sellada por la entidad bancaria como documento relativo a la tramitación de la prestación. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 21)
Trampas de examen
- Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 8), el Comedor Social puede tramitarse excepcionalmente para dos miembros de una misma unidad sin menores a cargo, si el alojamiento impide elaborar comida adecuadamente y existe informe de excepción. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 8)
- Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 14, epígrafe «Resolución»), la falta de resolución expresa en plazo produce silencio administrativo positivo; subsiste la obligación de resolver expresamente y la resolución debe confirmar ese efecto. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 14)
- Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 14, epígrafe «Suspensión de la prestación»), la suspensión se mantiene mientras persistan sus causas, con un máximo continuado de dieciocho meses, tras el cual procede extinguir el derecho. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 14)
- Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 9, epígrafe «Alquiler»), el coarrendamiento o subarriendo tiene un máximo mensual de 125 euros y no puede superar en ningún caso el 80 % del coste real. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 9)
- Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 8, epígrafe «Fianzas para alquiler»), la fianza concedida debe reintegrarse al Ayuntamiento cuando finalice el contrato de alquiler. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 8)
Chuleta final
- Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 4, epígrafe «Requisitos»), la mayoría de edad figura entre los requisitos para ser titular del programa, previa valoración profesional. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 4)
- Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 6, epígrafe «Obligaciones de los/as destinatarios/as»), cualquier cambio del domicilio habitual de la persona titular debe comunicarse en quince días naturales. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 6)
- Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 7, epígrafe «Necesidad básica»), la prestación dineraria incluye alimentación, higiene, vestido, calzado y gastos de farmacia que no superen sesenta euros mensuales. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 7)
- Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 9, epígrafe «Amortización»), la prestación tiene un máximo mensual de 250 euros y no puede superar en ningún caso el 70 % del coste real. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 9)
- Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 11, epígrafe «Prótesis Oculares»), antes de tramitar esta prestación se exige presentar dos presupuestos y un informe médico. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 11)
- Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 12, epígrafe «Gastos farmacéuticos»), la tramitación de esta modalidad requiere previamente la presentación de un informe médico y una receta impresa. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 12)
- Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 13, epígrafe «Instrucción del procedimiento»), las solicitudes deben formularse por escrito y utilizando el modelo oficial establecido. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 13)
- Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 15, epígrafe «Modificación de la prestación»), la prestación puede modificarse por cambios en el número de miembros de la unidad económica de convivencia independiente o en los recursos utilizados para calcularla. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 15)
Preguntas frecuentes
¿Qué vinculación existe entre la concesión y el Plan de Intervención Familiar?
Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 2, epígrafe «Definición»), tras el diagnóstico social, la concesión se vincula a un Plan de Intervención Familiar dirigido a subsanar los factores causantes de la necesidad y evitar la dependencia de las prestaciones. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 2)
¿Quién informa periódicamente sobre la adecuación de la prestación?
Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 16, epígrafe «Normas de gestión»), los Servicios Sociales Municipales realizan el seguimiento e informan periódicamente sobre la consecución de los objetivos programados y la adecuación de la prestación. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 16)
¿Cómo puede desistirse de la solicitud o renunciar a la prestación?
Según la Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales (página PDF 15, epígrafe «Desistimiento y renuncia»), la persona solicitante puede desistir de su solicitud o renunciar al derecho reconocido mediante un escrito dirigido al Ayuntamiento. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 15)
Fuentes del recorte
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 1
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 2
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 3
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 4
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 5
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 6
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 7
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 8
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 9
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 10
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 11
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 12
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 13
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 14
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 15
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 16
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 17
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 18
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 19
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 20
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 21
Lectura de estudio de las fuentes y ediciones indicadas. El recorte no acredita cobertura íntegra ni vigencia jurídica universal.
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El fundamento, a mano.
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