FICHA DE ESTUDIO PÚBLICA
Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales · Título II. Programa de Prestaciones Económicas Municipales (PEM) y Conceptos Subvencionables
Ficha de estudio de Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales · Título II. Programa de Prestaciones Económicas Municipales (PEM) y Conceptos Subvencionables. Recorte documental con fuentes y edición identificadas.
En esta ficha
El mapa del tema
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 3, clasifica las PEM en necesidades básicas, prestaciones de vivienda, prestaciones sociosanitarias, ayudas para la inserción, gastos personales y gastos funerarios. Este mapa corresponde a la clasificación del recorte documental aportado. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 3)
Origen complementario del programa
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 1, explica que el programa nació para responder a personas sin recursos económicos y sin cobertura de otros sistemas de protección social, circunstancia que fundamenta su carácter complementario. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 1)
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 1, describe un modelo de intervención personalizado y de proximidad, ajustado al enfoque comunitario de atención, como rasgo del programa municipal presentado en la exposición de motivos. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 1)
Valoración profesional de las prestaciones
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 2, sitúa la valoración técnica profesional como base del programa de prestaciones, precisando expresamente que esa valoración no es política. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 2)
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 2, vincula la concesión al desarrollo de un Plan de Intervención Familiar posterior al diagnóstico social, dirigido a subsanar los factores que originaron la necesidad y evitar la dependencia de las prestaciones. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 2)
Destino finalista de la prestación
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 3, atribuye carácter finalista a las prestaciones: su importe debe destinarse exclusivamente al objeto concreto para el que se haya concedido. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 3)
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 3, permite renovar las prestaciones temporales cuando se mantienen las condiciones de concesión y la persona perceptora cumple sus obligaciones y el Plan de Intervención Familiar. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 3)
Empadronamiento y residencia efectiva
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 4, exige como regla seis meses ininterrumpidos de empadronamiento y residencia efectiva en Vitoria-Gasteiz antes de solicitar la prestación, con excepción por urgente necesidad y exclusión del requisito para Comedor Social. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 4)
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 4, incluye como unidad económica de convivencia independiente a personas sin los vínculos familiares descritos que comparten vivienda o alojamiento debido a situaciones constatables de extrema necesidad. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 4)
Propuestas profesionales de excepcionalidad
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 5, permite proponer situaciones excepcionales tanto por incumplimiento de requisitos de acceso como por necesidades no contempladas, mediante informes sujetos a criterios de valoración profesional. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 5)
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 5, contempla determinados marcos de residencia colectiva como vivienda o alojamiento independiente, incluyendo establecimientos turísticos y centros de acogida temporal con las condiciones descritas en la fuente. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 5)
Alquiler excepcional sin contrato
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 6, permite conceder alquiler durante tres meses sin contrato si se comprueban residencia y pago y se documentan en el informe de excepción; el PIF debe abordar la regularización o un nuevo domicilio. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 6)
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 6, obliga a comunicar en quince días naturales los hechos sobrevenidos relativos a requisitos, composición de la unidad de convivencia, ingresos, recursos económicos y bienes patrimoniales. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 6)
Referencia económica de los baremos
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 7, remite sus baremos económicos a los establecidos para la Ley de Garantía de Ingresos, pero excluye expresamente la aplicación de la normativa referente a Estímulos al Empleo. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 7)
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 7, fija para las cuantías tramitadas por RGI, PCV, AES y prestaciones municipales un máximo conjunto del 175 % de la cuantía máxima de RGI que hubiera correspondido. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 7)
Cobertura Básica mediante tarjeta
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 8, presenta la Prestación Cobertura Básica como una prestación no dineraria que permite acceder a comercios mediante tarjeta no financiera para cubrir alimentación e higiene. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 8)
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 8, establece para las fianzas de alquiler el coste real hasta 1.200 euros y exige reintegrar la fianza al Ayuntamiento cuando finaliza el contrato. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 8)
Límites del alquiler de vivienda
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 9, recoge un máximo mensual de 250 euros para alquiler de vivienda y un límite del 70 % del coste real, ampliable al 100 % en casos excepcionales de especial vulnerabilidad. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 9)
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 9, establece una cuantía máxima mensual de 92,50 euros para gasto energético e incluye en esta modalidad alcantarillado, basuras, IBI, energía y agua. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 9)
Adaptación y reparación de vivienda
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 10, limita la adaptación o reparación a obras de primerísima necesidad, no repetitivas y que no sustituyan elementos en funcionamiento normal; menciona actuaciones eléctricas, de gas y del cuarto de baño. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 10)
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 10, exige dos presupuestos y visita domiciliaria para instalaciones, mobiliario y electrodomésticos, permitiendo omitir la visita en electrodomésticos cuando exista escrito técnico que acredite su necesidad. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 10)
Prótesis oculares y desglose del máximo
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 11, establece para prótesis oculares un máximo anual de 230 euros por persona, desglosado en hasta 180 euros para lentes y 50 para montura, con dos presupuestos e informe médico. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 11)
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 11, contempla tratamientos dentales primarios de base funcional y no estética, avalados por informe de Osakidetza sobre su repercusión grave en la salud y dos presupuestos detallados con materiales básicos. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 11)
Gastos personales por extrema necesidad
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 12, destina la prestación de gastos personales a personas sin apoyo familiar y con limitaciones económicas severas, con conceptos valorados como extrema necesidad y máximo anual de 900 euros por unidad de convivencia. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 12)
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 12, define como objetivo de las ayudas para la inserción facilitar la conciliación de la vida familiar con la actividad laboral o formativa. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 12)
Derechos económicos en el orden social
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 13, considera hechos valer íntegramente los derechos del orden jurisdiccional social cuando existe resolución o, en su defecto, solicitud, requerimiento o denuncia formal presentada al menos tres meses antes. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 13)
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 13, permite eximir de hacer valer derechos económicos cuando circunstancias extraordinarias apreciadas por los Servicios Sociales Municipales o mediante resolución judicial afectan a la integridad y seguridad personal y aconsejan retrasar ese proceso. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 13)
Resolución y silencio administrativo
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 14, prevé resolución del Alcalde o Concejal delegado y notificación en un máximo de tres meses desde la entrada de la solicitud, con silencio administrativo positivo si no recae resolución expresa. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 14)
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 14, mantiene la suspensión mientras persisten sus causas, con un máximo continuado de dieciocho meses, transcurrido el cual dispone la extinción del derecho a la prestación. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 14)
Suspensión cautelar y plazo de decisión
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 15, permite suspender cautelarmente el pago ante indicios de pérdida de requisitos y exige resolver el mantenimiento, suspensión o extinción en tres meses desde la adopción de esa medida. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 15)
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 15, contempla proporcionar la ayuda con la mayor inmediatez posible ante urgencia justificada y valorada profesionalmente, garantizando su finalidad y la aprobación posterior por el órgano competente. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 15)
Responsabilidad técnica de gestión
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 16, atribuye al Departamento de Políticas Sociales y Salud Pública la responsabilidad técnica de gestionar, supervisar y evaluar con carácter general el programa municipal. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 16)
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 16, permite pagar directamente a las personas o entidades que prestan el bien o servicio objeto de la ayuda, previa autorización de la persona interesada. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 16)
Supuesto de reintegro
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 17, establece la obligación de reintegrar las cantidades cuando la persona beneficiaria ha percibido indebidamente la prestación municipal o la ha recibido en cuantía indebida. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 17)
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 17, dispone que el procedimiento de reintegro se inicia de oficio y remite su tramitación a las disposiciones generales sobre procedimientos administrativos que identifica el propio documento. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 17)
Declaración de ingresos y patrimonio
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 18, incorpora en el formulario de solicitud una declaración jurada de los ingresos y del patrimonio actuales de la unidad familiar. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 18)
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 18, incluye en el apartado de ingresos de la unidad de convivencia rendimientos del trabajo o actividades, pensiones y desempleo como categorías del formulario. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 18)
Veracidad y comunicación de variaciones
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 19, recoge en la solicitud la declaración de veracidad de los datos y el compromiso de informar de variaciones que puedan afectar a la concesión de la prestación. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 19)
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 19, incluye una autorización para consultar o solicitar información necesaria para reconocer, seguir y controlar el derecho a la prestación, cuyo consentimiento puede revocarse cuando exista causa justificada. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 19)
Documentación identificativa de la unidad
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 20, enumera en el anexo documental la fotocopia del documento de identidad de la persona solicitante y de los demás miembros de la unidad de convivencia de dieciséis años o más. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 20)
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 20, enumera contratos de alquiler y otras modalidades de alojamiento, facturas turísticas y certificados de centros de acogida, acompañados de sus recibos, entre los documentos sobre el marco físico de residencia. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 20)
Transmisiones patrimoniales anteriores
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 21, incluye en su relación documental las escrituras o documentos privados de transmisiones, ventas o donaciones realizadas durante los últimos cinco años. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 21)
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 21, enumera certificados sobre productos bancarios y financieros, incluyendo plazos fijos, fondos de inversión, bonos y préstamos personales, en el listado documental aportado. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 21)
Trampas de examen
- La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 4, impide invocar como precedente las prestaciones sociales municipales ya concedidas. Una concesión anterior no puede fundamentar por sí misma una nueva concesión mediante ese argumento. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 4)
- La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 8, admite excepcionalmente Comedor Social para dos miembros de una misma unidad sin menores a cargo cuando el alojamiento no permite elaborar comida adecuadamente, con informe de excepción. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 8)
- La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 9, limita el coarrendamiento o subarriendo a 125 euros mensuales y prohíbe superar en cualquier caso el 80 % del coste real en esta modalidad. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 9)
- La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 11, excluye de los conceptos dentales contemplados las extracciones, los implantes y materiales como la porcelana u otros más sofisticados. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 11)
- La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 12, exige un resultado estrictamente positivo en la fórmula de inserción. Si el resultado es cero, la propia regla indica que no corresponde la prestación. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 12)
Chuleta final
- La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 7, agrupa en Necesidad básica alimentación, higiene, vestido y calzado, junto con farmacia cuando estos últimos gastos no superen sesenta euros mensuales. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 7)
- La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 8, fija para la repetición de ayudas de fianza por idéntico concepto y solicitante un periodo mínimo de cinco años, salvo propuesta excepcional profesional. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 8)
- La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 9, establece para amortización un máximo de 250 euros mensuales y, simultáneamente, un límite del 70 % del coste real que no puede superarse. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 9)
- La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 9, contempla para endeudamiento por gasto energético el coste real hasta quinientos euros, incluyendo alcantarillado, basuras, IBI, energía y agua. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 9)
- La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 10, recoge para instalaciones, mobiliario y electrodomésticos la condición de no haber solicitado el mismo concepto al menos con diez años de antelación, salvo propuesta excepcional profesional. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 10)
- La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 11, establece para audífonos una cuantía máxima anual de quinientos euros por persona y requiere dos presupuestos e informe médico antes de la tramitación. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 11)
- La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 12, contempla el abono de gastos farmacéuticos cuando el gasto mensual supera sesenta euros y no está cubierto por el sistema sanitario público. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 12)
- La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 12, vincula la tramitación de gastos funerarios a que la unidad de convivencia carezca de recursos económicos para afrontar los gastos derivados del enterramiento. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 12)
Preguntas frecuentes
¿Quién realiza el seguimiento de las ayudas?
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 16, encarga el seguimiento de las situaciones de necesidad a los profesionales que informaron la ayuda, quienes observan el destino dado a las prestaciones. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 16)
¿Cuándo se habilita el trámite de audiencia?
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 14, prevé audiencia cuando el Ayuntamiento pueda considerar hechos o pruebas distintos de los presentados en la solicitud, para permitir las alegaciones de la persona solicitante. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 14)
¿Cómo se formalizan el desistimiento y la renuncia?
La Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales, página PDF 15, permite desistir de la solicitud o renunciar a una prestación reconocida mediante escrito dirigido al Ayuntamiento, que debe dictar resolución expresando la circunstancia, los hechos y las normas aplicables. (Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 15)
Fuentes del recorte
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 1
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 2
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 3
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 4
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 5
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 6
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 7
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 8
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 9
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 10
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 11
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 12
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 13
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 14
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 15
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 16
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 17
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 18
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 19
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 20
- Ordenanza Reguladora del Programa de Prestaciones Económicas Municipales — página PDF 21
Lectura de estudio de las fuentes y ediciones indicadas. El recorte no acredita cobertura íntegra ni vigencia jurídica universal.
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El fundamento, a mano.
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