Esta materia aparece en 1 objetivo
Una ficha relacionada puede desarrollar solo parte del tema oficial. Comprueba el alcance en las bases de tu convocatoria.
Lectura de estudio basada en el documento de referencia. Los números de fragmento identifican unidades del corpus documental, no artículos de una ley.
El mapa del tema
La clasificación agrupa los programas en cinco modalidades: problemáticas psicoterapéuticas o psicoterapéutico-educativas, intervención educativa o psicoeducativa, biopsicosociales, organizativos o contextuales y orientados a colectivos vulnerables. (fragmento documental 8)
Base constitucional y legal del tratamiento
El fundamento presentado vincula la misión institucional con la rehabilitación y reinserción de personas privadas de libertad, citando expresamente el artículo 25.2 de la Constitución y los artículos 1.1 y 2c de la LOGP. (fragmento documental 1)
Los equipos técnicos multidisciplinares son identificados como responsables de ejecutar y supervisar los programas de tratamiento para las personas internas. Por ello, el trabajo técnico adquiere una dimensión especializada, profesional y multidisciplinar. (fragmento documental 1)
Catálogo de actividades del centro
Los programas específicos de tratamiento se integran en el catálogo de actividades de cada centro penitenciario. El Consejo de Dirección establece dicho catálogo y su autorización posterior corresponde al CDPV. (fragmento documental 2)
El Coordinador de Intervención Tratamental, con apoyo de la Dirección del centro, diseña y programa las actuaciones de intervención. También asume la supervisión de su desarrollo y de su evaluación. (fragmento documental 2)
Rol activo técnico y facultativo
La función diferencial del personal técnico y facultativo consiste en diseñar, implementar y supervisar programas que modifiquen conductas asociadas a variables criminógenas y promuevan competencias personales y sociales. (fragmento documental 3)
Cada programa debe estar liderado por un profesional cuya disciplina resulte acorde con su carácter general. Este liderazgo no elimina el abordaje multidisciplinar e integral exigido para las intervenciones. (fragmento documental 3)
Enfoque en factores criminógenos
La acción técnica y facultativa debe identificar los factores que contribuyeron a la conducta delictiva y trabajar sobre ellos. La finalidad indicada es promover cambios sostenibles en la población interna y favorecer su reinserción social. (fragmento documental 4)
Los programas organizativos o contextuales consisten en estructuraciones específicas de departamentos según objetivos de intervención. El texto incluye módulos de convivencia y participación, departamentos ordinarios, régimen cerrado, enfermería y posibles unidades terapéuticas. (fragmento documental 4)
Responsabilidad educativa contextual
El impulso, desarrollo y evaluación de las intervenciones ambientales concierne prioritariamente al personal de educación social. El resto del personal técnico y facultativo presta apoyo y participa al menos en uno de estos programas. (fragmento documental 5)
La intervención en adicciones, violencia de género y delitos contra la libertad sexual se presenta como prioritaria y comprometida por mandato legal. La consecuencia indicada es la obligación de implementación, desarrollo y supervisión administrativa. (fragmento documental 5)
Otros programas prioritarios del CDPV
El CDPV considera prioritarios programas de seguridad vial, conductas violentas, salud mental, radicalización, régimen cerrado, preparación de permisos y vida en semilibertad, además de otros que puedan priorizarse posteriormente. (fragmento documental 6)
Cuando sea posible, cada programa debe ser desarrollado por dos profesionales con roles diferentes. Esta previsión busca favorecer la práctica de quienes tienen menos experiencia y asegurar continuidad durante vacaciones o ausencias. (fragmento documental 6)
Orientación del régimen abierto
Los centros o unidades cuya labor se desarrolle fundamentalmente en régimen abierto deben orientarse prioritariamente a desarrollar intervenciones en ese medio específico. (fragmento documental 7)
En régimen abierto son prioritarias las intervenciones de prevención de recaídas en distintas problemáticas, especialmente adicciones. También tienen prioridad las acciones de apoyo psicosocial para personas que cumplen condena en semilibertad. (fragmento documental 7)
Programas psicoterapéuticos específicos
La modalidad de programas para problemáticas específicas psicoterapéuticas o psicoterapéutico-educativas incluye programas para delitos contra la libertad sexual, violencia de género e intervención en conductas violentas. (fragmento documental 8)
Los programas orientados a colectivos vulnerables incluyen desarrollo personal para mujeres internas, programas socioeducativos para extranjeros e intervención específica para personas con diversidad funcional intelectual y personas mayores. (fragmento documental 8)
Formación continuada
La administración favorece actuaciones formativas destinadas a formar y actualizar a los distintos profesionales en los diferentes programas. Las necesidades formativas se establecen desde el CDPV. (fragmento documental 9)
Los Consejos de Dirección de cada centro deben remitir al CDPV los programas que incorporarán al catálogo de actividades. La remisión debe indicar profesionales responsables y previsión temporal de desarrollo. (fragmento documental 9)
Trampas de examen
- No debe confundirse la función de establecer el catálogo de actividades con la de autorizarlo. El Consejo de Dirección lo establece, mientras que la autorización posterior corresponde al CDPV. (fragmento documental 2)
- El desarrollo de programas específicos se atribuye preferentemente a técnicos y facultativos de la administración penitenciaria. Esa formulación no afirma que otros apoyos o colaboraciones queden excluidos en todos los casos. (fragmento documental 2)
- La participación de dos profesionales por programa se formula como objetivo condicionado por la posibilidad práctica. No se expresa como una exigencia absoluta e incondicionada para todos los programas. (fragmento documental 6)
- En los programas contextuales, la responsabilidad prioritaria corresponde al personal de educación social, pero el texto exige apoyo del resto del personal técnico y facultativo y participación de todas las disciplinas. (fragmento documental 5)
- Que un programa esté liderado por una disciplina acorde con su carácter general no elimina el enfoque multidisciplinar. El propio texto preserva expresamente el abordaje multidisciplinar e integral. (fragmento documental 3)
Chuleta final
- Para memorizar la organización: el Consejo de Dirección establece el catálogo, el CDPV lo autoriza, y el Coordinador de Intervención Tratamental coordina los programas conforme a las líneas de la Dirección. (fragmento documental 2)
- La intervención integral debe recordar cuatro planos de conducta delictiva: cognitivo, emocional, social y contextual. Esta enumeración concreta resume el alcance exigido al abordaje multidisciplinar. (fragmento documental 3)
- Para retener los programas prioritarios comprometidos por mandato legal, agrupa tres materias: adicciones, violencia de género y delitos contra la libertad sexual. (fragmento documental 5)
- La fórmula de dos profesionales permite recordar dos finalidades prácticas: aprendizaje de personas con menor experiencia y continuidad de la intervención durante vacaciones o ausencias. (fragmento documental 6)
- En régimen abierto, la intervención técnica y facultativa se coordina con profesionales del tercer sector y se orienta a prevenir fracasos en el medio, especialmente la reincidencia delictiva. (fragmento documental 7)
- La clasificación puede memorizarse en cinco bloques: psicoterapéutico, educativo, biopsicosocial, contextual y vulnerable. Son las cinco letras principales de la relación contenida en la clasificación de modalidades. (fragmento documental 8)
- La remisión de cada centro al CDPV exige recordar tres elementos: programas que se incorporarán al catálogo, profesionales que los realizarán y previsión temporal de desarrollo. (fragmento documental 9)
- El rol técnico y facultativo no se reduce a evaluar: su función diferencial consiste en diseñar, implementar y supervisar programas orientados a modificar conductas criminógenas. (fragmento documental 3)
Preguntas frecuentes
¿Quién coordina los programas específicos?
Los programas específicos son coordinados por el Coordinador de Intervención Tratamental. Esta coordinación sigue las líneas establecidas por la Dirección del centro y se encuadra en el marco estratégico general diseñado desde el CDPV. (fragmento documental 2)
¿Qué persiguen las intervenciones en régimen abierto?
Las intervenciones en régimen abierto se dirigen a prevenir de forma primaria, secundaria y terciaria las conductas asociadas con fracasos en ese medio, con atención especial a la reincidencia delictiva. (fragmento documental 7)
¿Qué debe incluir cada centro en su remisión?
Cada centro debe remitir los programas de intervención que incorporará a su catálogo de actividades. Debe identificar a los profesionales que los realizarán e incluir la previsión temporal de desarrollo. (fragmento documental 9)