FICHA DE ESTUDIO PÚBLICA
D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · fragmentos 31-36
Ficha de estudio de D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · fragmentos 31-36. Recorte documental con fuentes y edición identificadas.
En esta ficha
El mapa del tema
La ficha de tutela se distribuye entre dos páginas: la página PDF 60 describe las funciones del servicio y la página PDF 61 recoge condiciones de acceso, incluida la documentación para ejercer tutela y curatela. (D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 60 · fragmento 1, D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 61 · fragmento 1)
Valoración provisional en urgencias · D 185/2015, Anexo I, página PDF 57, ficha 2.6
La primera atención de urgencia de responsabilidad foral incluye una valoración provisional de necesidades. La propia ficha indica que esa valoración queda sujeta a una valoración posterior. (D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 57 · fragmento 1)
La ficha de coordinación a urgencias sociales establece que no se exigirá ningún requisito administrativo y atribuye al servicio la consideración de servicio de acceso directo. (D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 57 · fragmento 1)
Destinatarios del programa de vida independiente · D 185/2015, Anexo I, página PDF 58, ficha 2.7.2.1
El programa de vida independiente se dirige a personas con discapacidad que no pueden gestionar directamente su Plan de Vida Independiente por limitaciones derivadas de discapacidad intelectual y/o enfermedad mental. (D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 58 · fragmento 1)
Entre los requisitos de necesidad del apoyo a la vida independiente figura disponer de una vivienda adecuada para utilización personal al concederse la ayuda y durante su disfrute, bajo cualquier título salvo el precario. (D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 58 · fragmento 1)
Productos de apoyo recuperables · D 185/2015, Anexo I, página PDF 59, ficha 2.7.2.2
La ficha caracteriza como recuperables los productos de apoyo que pueden utilizar sucesivamente varias personas beneficiarias y trasladarse de lugar sin costes superiores a los del transporte. (D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 59 · fragmento 1)
La adaptación del medio físico comprende el diseño y la ejecución de obras para eliminar barreras arquitectónicas y realizar adaptaciones en el lugar habitual de residencia de la persona usuaria. (D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 59 · fragmento 1)
Intervención subsidiaria del servicio de tutela · D 185/2015, Anexo I, página PDF 60, ficha 2.7.2.3
La ficha atribuye carácter subsidiario a la intervención del servicio de tutela: interviene cuando la persona carece, en su red sociofamiliar de apoyo, de alguien que pueda asumir las funciones tutelares. (D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 60 · fragmento 1)
Según la ficha, el servicio debe ejercer sus funciones en beneficio de las personas incapacitadas y dentro de los límites definidos por la resolución judicial que dicte la incapacitación. (D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 60 · fragmento 1)
Documentación para tutela y curatela · D 185/2015, Anexo I, página PDF 61, ficha 2.7.2.3
Para ejercer funciones de tutela y curatela, la ficha exige como requisitos administrativos una sentencia de incapacitación y documentación acreditativa de que no existen familiares susceptibles de asumir dichas funciones. (D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 61 · fragmento 1)
La ficha de tutela para personas adultas incapacitadas califica el servicio como sujeto a copago y precisa expresamente que este atiende a la situación patrimonial de la persona. (D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 61 · fragmento 1)
Dependencia y movilidad en transporte adaptado · D 185/2015, Anexo I, página PDF 62, ficha 2.7.2.4
La población destinataria del transporte adaptado está formada por personas con limitaciones severas de movilidad que se encuentran en situación de dependencia de Grado II o de Grado III. (D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 62 · fragmento 1)
La ficha de transporte adaptado exige permanecer empadronada en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma del País Vasco durante los doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud. (D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 62 · fragmento 1)
Trampas de examen
- El requisito de doce meses de empadronamiento de la ficha de apoyo a la vida independiente se formula para las personas sin reconocimiento de dependencia; ese condicionamiento debe conservarse al estudiar el requisito. (D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 58 · fragmento 1)
- La ausencia general de límites de edad en ayudas técnicas contiene excepciones: se requieren tres años o más para plataformas elevadoras de vehículos a motor y dieciséis años o más para prótesis auditivas. (D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 59 · fragmento 1)
- En la ficha de transporte adaptado, el ocio y tiempo libre realizado en fin de semana se incluye entre las actividades habituales, aunque no corresponda a un desplazamiento cotidiano en días laborables. (D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 62 · fragmento 1)
- La curatela descrita en esta ficha consiste en asistir en actos de administración de bienes cuando la sentencia únicamente incapacita a la persona en esa esfera de su vida. (D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 60 · fragmento 1)
- La ficha admite una excepción al requisito de no haber accedido antes a la adaptación del medio cuando las dificultades de movilidad se agravan sustancialmente y la nueva situación requiere nuevas adaptaciones. (D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 59 · fragmento 1)
Chuleta final
- Para memorizar la organización mínima de la coordinación a urgencias sociales, la ficha contempla un servicio telefónico de alerta y un dispositivo que, en su caso, se desplace al lugar de la urgencia. (D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 57 · fragmento 1)
- Una función de la primera atención de urgencia es acompañar a las personas afectadas a centros sanitarios, dependencias policiales o judiciales u otras instancias, siempre que resulte necesario. (D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 57 · fragmento 1)
- Entre los objetivos del apoyo a la vida independiente figura evitar el ingreso en alojamiento o residencia de personas capaces de llevar una vida independiente en su domicilio con los apoyos necesarios. (D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 58 · fragmento 1)
- La ficha de apoyo a la vida independiente incluye como objetivo facilitar el desenvolvimiento de las personas usuarias en el domicilio mediante aprendizajes útiles para esa finalidad. (D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 58 · fragmento 1)
- La ficha de ayudas técnicas contempla que el acceso a productos de apoyo no recuperables pueda garantizarse mediante ayudas económicas destinadas a su adquisición por las personas beneficiarias. (D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 59 · fragmento 1)
- Entre las funciones previas a la declaración de incapacitación, la ficha incluye informar y asesorar sobre el procedimiento y las funciones tutelares a familiares que puedan iniciar dicho procedimiento conforme al Código Civil. (D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 60 · fragmento 1)
- Para ejercer funciones de valoración, información y asesoramiento, la ficha establece como requisito administrativo que exista un procedimiento de incapacitación en curso o que sea previsible su iniciación. (D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 61 · fragmento 1)
- Entre los requisitos de necesidad del transporte adaptado figura residir en el propio domicilio o en un servicio de alojamiento de atención primaria, según la formulación de la ficha. (D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 62 · fragmento 1)
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se deriva la atención de una urgencia social?
En el D 185/2015, Anexo I, página PDF 57, la ficha de coordinación a urgencias sociales contempla derivar la atención del caso a los servicios correspondientes cuando resulte necesario y tan pronto como sea posible. (D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 57 · fragmento 1)
¿Qué finalidad tiene la adaptación de la vivienda habitual?
En el D 185/2015, Anexo I, página PDF 59, las propuestas de adaptación de la vivienda habitual se orientan a mejorar su accesibilidad y el grado de autonomía de la persona dentro de ella. (D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 59 · fragmento 1)
¿Se favorece la participación de la persona tutelada en sus decisiones?
En el D 185/2015, Anexo I, página PDF 60, la ficha de tutela incluye procurar el máximo desarrollo personal y facilitar, en todo lo posible, la participación activa en decisiones que afectan a la propia vida. (D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 60 · fragmento 1)
Fuentes del recorte
- D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 57 · fragmento 1
- D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 58 · fragmento 1
- D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 59 · fragmento 1
- D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 60 · fragmento 1
- D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 61 · fragmento 1
- D 185/2015 · Anexo I · fichas de servicios y prestaciones · página PDF 62 · fragmento 1
Lectura de estudio de las fuentes y ediciones indicadas. El recorte no acredita cobertura íntegra ni vigencia jurídica universal.
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