Esta materia aparece en 1 objetivo
Una ficha relacionada puede desarrollar solo parte del tema oficial. Comprueba el alcance en las bases de tu convocatoria.
Material pendiente de reparación de fuentes o corpus. No está publicado ni habilitado como test.
Lectura de estudio basada en el documento de referencia. Los números de fragmento identifican unidades del corpus documental, no artículos de una ley.
El mapa del tema
El contenido enlaza cuatro bloques: tipificación y reincidencia, sanciones, criterios para graduarlas y medidas destinadas a restablecer el orden, incluida la eventual prohibición cautelar de acceso dentro del expediente sancionador. (fragmento documental 2, fragmento documental 5)
Artículo fuente 1: infracciones muy graves
Agredir físicamente o infligir malos tratos y sustraer bienes del Centro o de las personas comprendidas en la norma son conductas incluidas en la enumeración de infracciones muy graves. (fragmento documental 1)
Existe reincidencia cuando, dentro de dos años, se comete más de una infracción de la misma naturaleza y esa circunstancia ha sido declarada mediante resolución firme en vía administrativa. (fragmento documental 1)
Artículo fuente 2: suspensión adicional
En las infracciones muy graves, la suspensión del acceso puede acumularse a la amonestación verbal y escrita, pero su duración nunca puede superar el periodo máximo de seis meses. (fragmento documental 2)
Si una persona utiliza simultáneamente la atención diurna y la acogida nocturna, la suspensión de acceso puede afectar únicamente a uno de esos servicios o extenderse a los dos. (fragmento documental 2)
Artículo fuente 3: riesgo y culpabilidad
Entre los criterios de graduación figuran tanto la situación de riesgo creada o mantenida para personas y bienes como el grado de negligencia o intencionalidad presente al cometer la infracción. (fragmento documental 3)
En infracciones relacionadas con falta de respeto o violencia, la graduación considera la vulnerabilidad de la víctima y presta atención especial cuando se trata de mujeres, niñas o niños. (fragmento documental 3)
Artículo fuente 4: expulsión inmediata
El personal puede acordar la expulsión inmediata cuando considere que el comportamiento de una persona usuaria pone en riesgo la integridad física o emocional de las personas protegidas por la disposición. (fragmento documental 4)
La expulsión debe decidirse aplicando criterios de prevención de riesgos y, considerada aisladamente, no acredita que exista una falta ni implica necesariamente que deba imponerse una sanción. (fragmento documental 4)
Artículo fuente 5: medida cautelar
Cuando se mantenga la prohibición de acceso después de la expulsión, dicha prohibición adopta la condición de medida provisional o cautelar dentro del correspondiente expediente sancionador. (fragmento documental 5)
El mantenimiento de la prohibición de acceso exige incoar un expediente sancionador, pues el texto configura expresamente la apertura del expediente como actuación necesaria en ese supuesto. (fragmento documental 5)
No confundir
- La infracción leve se sanciona únicamente con amonestación escrita; en cambio, la muy grave lleva amonestación verbal y escrita y puede incorporar además la suspensión temporal del derecho de acceso. (fragmento documental 1, fragmento documental 2)
Trampas de examen
- No basta con cometer nuevamente cualquier infracción: deben existir más de una infracción de la misma naturaleza dentro de dos años y una declaración mediante resolución firme en vía administrativa. (fragmento documental 1)
- Aunque se trate de una infracción muy grave, la suspensión no puede imponerse si pudiera producir desprotección o determinar la desatención de una persona que se encuentre en situación de dependencia. (fragmento documental 2)
- Los seis meses constituyen el límite máximo de la suspensión y no una duración fija, pues la concreción de la sanción y, en su caso, de su duración depende de criterios de graduación. (fragmento documental 2)
- La expulsión inmediata responde a criterios preventivos frente al riesgo; por sí sola no permite concluir que se haya cometido una falta ni que exista una sanción disciplinaria. (fragmento documental 4)
- La expulsión no conlleva automáticamente una prohibición de acceso: esta puede añadirse mientras persistan las circunstancias que motivaron la medida inicial, con la posterior decisión técnica prevista. (fragmento documental 4)
Chuleta final
- Memoriza cuatro grupos de conductas: agresión o malos tratos, sustracción de bienes, daños o perjuicios muy graves y reincidencia en infracciones graves conforme al artículo 25. (fragmento documental 1)
- La fórmula de la reincidencia reúne tres elementos esenciales: infracciones de la misma naturaleza, comisión de más de una dentro del término de dos años y declaración administrativa firme. (fragmento documental 1)
- La escala básica distingue la infracción leve, sancionada con amonestación escrita, de las infracciones graves y muy graves, para las que se establece amonestación verbal y escrita. (fragmento documental 2)
- Para recordar la suspensión por infracción muy grave, asocia dos reglas: máximo de seis meses y prohibición de imponerla cuando pueda generar desprotección o desatención de una persona dependiente. (fragmento documental 2)
- Los primeros criterios de graduación se centran en las consecuencias: se valoran los perjuicios físicos, morales y materiales causados y la situación de riesgo creada o mantenida para personas y bienes. (fragmento documental 2, fragmento documental 3)
- La graduación también atiende al componente subjetivo y a la repercusión: grado de negligencia o intencionalidad, reincidencia o reiteración, y trascendencia económica y social de la infracción. (fragmento documental 3)
- Tras una expulsión, el primer día hábil siguiente el personal técnico debe escoger entre readmitir a la persona usuaria o mantener la prohibición de acceso al Centro. (fragmento documental 4)
- Si el personal técnico mantiene la prohibición de acceso, debe incoarse el expediente sancionador y la propia prohibición pasa a integrarse en él como medida provisional o cautelar. (fragmento documental 5)
Preguntas frecuentes
¿Cómo se sancionan las infracciones graves?
Las infracciones graves se sancionan mediante amonestación verbal y escrita, sin que el pasaje atribuya a esta categoría la suspensión adicional prevista específicamente para las infracciones muy graves. (fragmento documental 2)
¿Quién puede acordar una expulsión inmediata?
Puede acordarla el personal del Centro cuando, según su juicio, el comportamiento de una persona usuaria ponga en riesgo la integridad física o emocional de las personas mencionadas en la disposición. (fragmento documental 4)
¿Qué ocurre si se mantiene la prohibición de acceso?
Debe incoarse un expediente sancionador y la prohibición de acceso al Centro se adopta dentro de ese expediente con carácter de medida provisional o cautelar. (fragmento documental 5)